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Etiqueta: servicios públicos

Privatización de electricidad y Estado Social de Derecho

Luis Fernando Astorga Gatjens

Han pasado 135 años. Eran las seis y cuarto del 9 de agosto de 1884, cuando muchos habitantes de San José y de poblados aledaños, se concentraron en algunas calles de la metrópoli costarricense, para ser testigos de un acontecimiento histórico: La inauguración del alumbrado público.

La luz llegó e iluminó a algunas calzadas para regocijo de quienes presenciaron el acontecimiento y, en general, para los habitantes del país. Y por supuesto, se trató de un acontecimiento histórico ya que San José fue la tercera ciudad del planeta en contar con ese primigenio servicio, codeándose con Nueva York y París, y convirtiéndose en la primera ciudad latinoamericana en contar con ese tipo de alumbrado.

Pero las cosas no se quedaron ahí: Unas décadas después, el país siguió marcando la historia al crear en 1941 la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) y ocho años después, con la nacionalización del servicio de electricidad y, luego, con la fundación del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) mediante la Ley N° 449. En el artículo uno de la ley de creación del ICE se indica que “la responsabilidad fundamental del Instituto, ante los costarricenses será encauzar el aprovechamiento de la energía hidroeléctrica con el fin de fortalecer la economía nacional y promover el mayor bienestar del pueblo de Costa Rica.”

Esta impronta progresista, que buscó que el país contara con energía eléctrica propia para impulsar el desarrollo económico y social, se enmarcó dentro del vigoroso impulso de un Estado Social de Derecho (ESD), que tuvo en la década de los cuarenta del siglo pasado, un periodo estelar.

Desde su fundación, hemos sido testigos de que el ICE, ha buscado avanzar en un derrotero de matriz diversa y sostenible que tiene como fuentes de la producción de energía eléctrica, la hídrica, la geotérmica, la eólica, la solar y la biomásica, a la par de una parte pequeña de generación térmica. Se trata de una matriz muy exitosa que ha permitido una cobertura eléctrica de 99,4% de los hogares costarricenses. Es, asimismo, un modelo único en el mundo; el cual en los último años, ha tenido un significativo reconocimiento internacional.

Sin embargo, lo que ha sido exitoso para Costa Rica y la mayoría de sus habitantes, ha sido visto con mucha avaricia e incomodidad por quienes en el país y fuera de él, ven a los servicios prestado por el Estado como un obstáculo y desafío para sus intereses privados y sus negocios.

A estos grupos, representantes del gran capital transnacional o de aquí, les ha incomodado el ICE y por eso, desde siempre, han buscado desprestigiarlo de mil maneras, para apoderarse de la producción eléctrica y convertirla en otro de sus rentables negocios. Así las cosas, en el año 1990 la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 7200 mediante la cual se autoriza la generación eléctrica autónoma o paralela. Este va a constituirse en el primer ñangazo al pastel de la venta de electricidad, por parte del sector privado.

Estos avariciosos grupos privados –fuertemente ligados a las cúpulas políticas que han controlado al Estado costarricense–, han impulsado leyes como éstas (la 7200) en su sueño de privatizar el campo de la producción y venta de la electricidad. Lo han logrado hasta el presente, en forma limitada, gracias a la lucha y la resistencia social pero nunca han cejado en sus afanes privatizadores.

El “combo” del ICE, impulsado por el Gobierno de Miguel Ángel Rodríguez, formó parte del plan privatizador, pero fue derrotado por un pueblo con ADN progresista, en las calles y otros escenarios de la lucha social y política, en el año 2000. No obstante la derrota infligida, esos grupos plutocráticos han seguido sus antidemocráticos empeños y a través de diputados de distintos períodos legislativos, han buscado ampliar su dominio privado en la electricidad, al mismo tiempo reducir el tamaño y alcance del ICE.

En el presente, con un gobierno de corte neoliberal como el de Carlos Alvarado y una Asamblea Legislativa con muchos diputados y diputadas, que convirtieron esa doctrina en catecismo, el esfuerzo privatizador da un gran salto a través del impulso de una reforma a la citada Ley 7200, en su artículo 3, que aparece en el expediente legislativo N° 22.601.

Esta mala iniciativa forma parte del proyecto neoliberal de destruir lo que queda, en instituciones y servicios públicos que emergieron con el desarrollo del Estado de Bienestar, que el pueblo y algunos líderes impulsaron desde la década de los cuarenta del siglo anterior y que los agoreros con su consigna: “Más mercado y menos Estado”, quieren borrar de la faz de la sociedad costarricense.

Forman parte sustancial de ese genuino Estado Social de Derecho, la salud pública universal prestada a través de la Caja, la educación pública impulsora de movilidad social, algunos avances en materia laboral, los planes de vivienda, algunos programas de seguridad social que han beneficiado a grupos sociales específicos (entre otros), así como los servicios de electricidad que ofrece el ICE, a partir de principios de solidaridad y subsidiariedad.

Se trata de derechos sociales y económicos que están presentes en la Constitución Política, y en normas nacionales e internacionales (tratados de derechos humanos ratificados por el país), que hoy, con esta voraz arremetida, la administración Alvarado Quesada y algunos diputados, pretenden socavar. Desde la década de los ochenta del siglo anterior, el Estado Social de Derecho ha venido siendo atacado en distintos flancos, con el fin de beneficiar a grupos económicos poderosos del país y a transnacionales, a quienes no les importa en absoluto el bienestar del pueblo sino sus negocios y las ganancias que puedan obtener a partir de ellos.

Este gobierno y muchos de los diputados que apoyan estas nefastas propuestas, no se han percatado de lo que ha venido sucediendo con el neoliberalismo en América Latina, que al fracasar –estrepitosamente– como doctrina económica y social, está retrocediendo paso a paso en distintos países de la región.

Un ejemplo concreto del fracaso de la propuesta de reformas energéticas fracasadas, que se han dado a la luz de esta doctrina, destructora de la justicia social, se ha dado en México. En el Gobierno anterior, presidido por Enrique Peña Nieto fue aprobada una reforma completamente entreguista para el sector privado (mexicano y transnacional), que alcanzó una votación mayoritaria, con sobornos a legisladores de la empresa brasileña Odebrecht. El entreguismo y la corrupción le ganó, en esa ocasión, la partida a la soberanía energética de la nación azteca.

Sin embargo, esta negativa reforma centrada en un recurso fundamental para su propio desarrollo económico y social, como es la electricidad, el actual gobierno que preside, Andrés Manuel López Obrador la ha empezado a desmontar con el amplio apoyo del pueblo mexicano que lo que vio con la citada reforma, es corrupción transnacional y en algunos miembros de sus élites, y, por supuesto, aumento del costo de la electricidad.

Ya algunos de los impulsores de esta reforma energética que jamás traería beneficios para las mayorías de Costa Rica, se amparan en que siendo ahora miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), tal es camino que debemos seguir como país. Falso, completamente falso. México que es un connotado miembro de OCDE está siguiendo el camino contrario, marcado por la dignidad y la independencia.

De la misma manera, que al pueblo costarricense le costó mucho construir su Estado Social de Derecho también le costó avanzar en su proceso de soberanía energética; entendiendo a ésta como la capacidad que tiene un país de gestionar la producción de la energía que consume.

En este presente pandémico, ambos procesos –arraigados en las mejores tradiciones progresistas del pueblo costarricense–, están seriamente amenazados. La responsabilidad histórica de quienes queremos a este hermoso país nos dicta que debemos luchar por frenar la arremetida.

Cuando rindamos cuentas a nuestros hijos y a nuestros nietos, y a las futuras generaciones, debemos decir que, en el Bicentenario de la Patria, hicimos lo que nos correspondía y no permitimos que el país se vendiera al mejor postor, para el beneficio exclusivo de unos pocos mercaderes que debemos echar del templo de la inclusión y la justicia social.

Conectando movimientos por los servicios públicos y los derechos humanos

La Internacional de Servicios Públicos (ISP), SID, Latindadd, Equidad de Género, y la Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación (CLADE), realizan la invitación a participar en el Conversatorio Latinoamericano: «Conectando Movimientos por los Servicios Públicos y los Derechos Humanos», que se realizará el 31 de agosto del 2021 en el siguiente horario:

8:00 am | CR, GT, HN, NCA, SV
9:00 am | CO, ECU, MX, PA, PE
10:00 am | BO, CL, DO, HAI, PY, VE
11:00 am | AR, BR, URU
Hora local aqui: https://bit.ly/3xXgJrL

Es una de las reuniones regionales se están realizando en distintas partes del mundo para empezar a discutir la elaboración de un manifiesto y una campaña global en defensa de los servicios públicos. El objetivo es reunir a representantes de movimientos sociales, activistas, defensores de derechos humanos, investigadores, líderes sindicales, movimientos feministas, organizaciones que trabajan con los derechos humanos, los derechos a la educación, a la salud, al agua, a la vivienda, energía, economía del cuidado, justicia económica, entre otros, para pensar juntos en cómo fortalecer los servicios públicos de calidad y con perspectiva de género. Será una reunión de trabajo inspiradora. Un encuentro dinámica y participativa.

A través de esta reunión, se espera contribuir para construir una narrativa colectiva que favorezca la incidencia política en defensa de los servicios públicos desde los niveles local, regional y global. Para obtener información más detallada sobre la iniciativa, consulte la nota conceptual adjunta, y por favor, confirme su participación a través de este enlace: https://world-psi.zoom.us/meeting/register/tZEucu6rrz4iHNE_mKQ1ICTUzBH93E5vbO2s.

Adjunto se comparte un documento con mayor información.

 

Imagen de cabecera tomada de https://consultorestema.com/direccion-de-servicios-publicos/

Compartido con SURCOS por Euan Gibb.

Grupos de poder buscan desarticular Estado Social de Derecho y de servicios públicos

Por Mainier Barboza

Lo que ha estado en el tapete legislativo, como ente de poder, que comandan los grupos de poder nacional con sus socios transnacionales, en lo político y económico, es desarticular el Estado Social de Derecho y de Servicios Públicos, que hace rato tiene escisiones con gran profundidad en su «cuerpo como Estado», veamos:

1-Presidencias Ejecutivas, Juntas Directivas, Superintendencias.

¿Se respeta la autonomía de las instituciones con la figura de un presidente ejecutivo y de las Juntas Directivas?

Salvo la CCSS, que tiene representación laboral, (sindicatos, cooperativas, solidaristas), tenemos un fuerte sector de la empresa privada al frente de las principales autónomas, que parecen como el complemento de los Partidos Políticos tradicionales, que se han arrecostado para «absorber “ingreso Público mediante dietas, y desde ahí dirigir la política Pública-autónoma, recordemos el 4-3) Las Superintendencias que generan además de gastos, creadas por y para quién.

2-Constitución Política. Está en la mira, porque genera gran confianza en el pueblo, como Corpus Jurídico, además, las fortalezas del articulado respecto a una Justa distribución de la riqueza, (se aplica o lo exigimos? Art 50, CP).

Democracia participativa, art 9 CP, carácter inclusivo de las culturas y las personas, art 1 CP, lo referido a las autonomías de Instituciones Autónomas).

3- Sobre las Garantías Sociales, justo salario, jornada Justa, trabajo estable, seguridad social, incluye aguinaldo, vacaciones, salario escolar, pensión en línea IVM).

4- Derecho a la libre organización y sindicalización, a convenir y suscribir con patronos y gobierno, según sea el caso Convenciones Colectivas, arreglos conciliatorios, en fin, una CP para la sana convivencia y una correcta distribución del poder entre los factores principales de la producción: capital y trabajo; (deberíamos releer algunas Encíclicas Papales).

Las organizaciones laborables en este momento cuentan con organización de trabajadores-as, en el sector público; en lo privado o no existe o está el solidarismo, que no da el salto hacia su lugar que es factor trabajo.

Por tanto, los sindicatos actualmente representa el reducto consciente y claro por la defensa del Estado Social de Derecho y con él la clase trabajadora pública.

Esto representa un obstáculo a las aviesas intenciones de los grupos de poder y para los vasallos que nos gobiernan…

Concentración contra el Proyecto de Empleo Público y FMI

SURCOS comparte la siguiente invitación:

Para este próximo viernes 05 de marzo cerca de 40 organizaciones convocan a una concentración contra el Proyecto de Ley de Empleo Público y FMI. Esta inicia a las 5:00pm en el Parque Central de San José y se movilizará hasta el Ministerio de Hacienda.

La consigna de la manifestación es: ¡La lucha es hoy!

  • Por la estabilidad laboral del sector público
  • Por servicios públicos de calidad
  • Por nuestro Estado Social de Derecho
  • Por la calidad de vida de mi familia

Adjunta encuentra la invitación formal del evento:

La ley de Empleo Público en el marco político y social actual. ¿Hacia la estructuración fascista del Estado costarricense?

Vladimir de la Cruz

La discusión que se ha venido dando con la llamada Ley de Empleo Público en realidad es sobre toda la institucionalidad del Estado costarricense, sobre el número de sus instituciones y órganos estatales, sobre sus sistemas de funcionamiento, sobre sus formas de contratación y de pago de salarios, e indirectamente sobre la calidad de vida y de trabajo de los costarricenses.

El meollo de este asunto ha sido llevar la discusión, de manera solapada, para valorar el tamaño del Estado costarricense, con todas sus instituciones, y de manera especial, la parte de ese Estado que se concentra en la Administración Central, y las instituciones descentralizadas, incluso a las que la Constitución Política les confiere “independencia” y “autonomía” en el amplio y estricto sentido de estos términos, tanto en sus valores políticos como jurídicos, para acabar con algunas o muchas de estas, las que sea posible, y para ejercer mayor y mejor control político desde el Gobierno, sobre ellas, los trabajadores y la ciudadanía.

Meten en esa discusión a las Universidades públicas, que a todos los efectos por sus alcances constitucionales, gozan de la condición de “independencia” concepto que las iguala per se en rango a los Poderes Públicos.

Así, el objetivo político es disminuir el tamaño institucional de la estructura estatal e institucional del país, ejercer mayor control político, desde el Gobierno, del manejo general de esas instituciones, y tener la capacidad de nombrar y de ejercer control de todos los nombramientos de funcionarios públicos, desde su selección. El objetivo político derivado es trasladar al sector privado de la economía y la política nacional el manejo amplio de los servicios públicos que se disminuyen, y encarecerlos como parte de la tasa de ganancia a favor del sector privado.

En algunos casos hasta se pretende, muy finamente, actuar al interior de esas instituciones hasta en sus objetivos específicos de funcionamiento, como se ha dicho sobre el trabajo de las universidades, en sus nombramientos y el pago de sus funcionarios.

En mi opinión, es una modalidad finamente elaborada de un Estado fascista, en su estructura y organización, que se está tratando de instaurar en Costa Rica con esta Ley y este modelo de control público. El carácter fascista está en el Super Poder centralizado, con capacidad regulatoria, y absoluta de su propia cobertura, que cubre prácticamente toda la vida estatal e institucional del país, bajo la rectoría de la Dirección General del Servicio Civil, que en la Ley se dice “debe establecer, dirigir y coordinar la emisión de políticas públicas, programas y lineamientos generales que tiendan a la estandarización, simplificación y coherencia en el empleo público y que gozará de independencia en el ejercicio de su cargo y será dirigida por un Director General.”

Me parece que el papel de las competencias que se le asigna en la Ley a la Dirección General del Servicio Civil es lo más tenebroso, lo “fascista”, lo “autoritario” y lo “dictatorial” de este Proyecto de Ley, dándole la potestad prácticamente de definir qué es empleo público y qué no lo es.

El Capítulo de Garantías Sociales, especialmente, aprobado e incorporado a la Constitución de 1871, en la Administración Calderón Guardia, al amparo del Pacto realizado por esa Administración, la Iglesia Católica y el Partido Comunista, que resultado de ese Pacto cambio de nombre a Vanguardia Popular, fue incorporado, con una ligera ampliación, a la Constitución de 1949, en la gestación y discusión de este Texto Constitucional, que está vigente.

Este Capítulo de Garantías Sociales es el que fundamenta política e institucionalmente el desarrollo del Estado Social de Derecho que tenemos, que se acompañó con el desarrollo institucional que impulsaron los Gobiernos que siguieron a la Junta Fundadora de la Segunda República, especialmente hasta 1978, con algunas leyes que posteriormente se aprobaron, especialmente en las Administraciones Figueres Olsen, Rodríguez Echeverría, Chinchilla Miranda y Solís Rivera.

Este Estado Social de Derecho exigió la formación del personal capacitado, de alto nivel, para atender, en calidad y especialidad las distintas funciones, en todo el país, al pueblo costarricense y a los trabajadores en especial.

En el Proyecto de Ley se definen 8 categorías de puestos en toda la Administración Pública, con lo cual se fortalece ese Estado Fascista que pareciera querer construirse, por lo demás autoritario y altamente tecno burocrático. Uso el concepto de burocracia para señalar a aquellos que en la función pública tienen capacidad de tomar decisiones. Burócrata así no es cualquier empleado del Estado, ni lo son todos, solo aquellos que pueden tomar decisiones administrativas o de gestión.

La crisis fiscal, el déficit fiscal, el gasto público, la reducción del Estado, y los altos salarios que se añaden en la discusión del Proyecto de Ley de Empleo Público son solo las hojas del tamal. El tamal es el conjunto de instituciones, valores y alcances del Estado Social de Derecho que se ha estado atacando en todas dimensiones y direcciones, que se quiere acabar, sobre lo que ya se han venido aprobando leyes disminuyendo, debilitando y limitando Derechos constitucionales, especialmente en el campo laboral y social, establecidos por los Diputados Constituyentes originales, con lo cual violan la Constitución, puesto que no pueden ser modificados negativamente.

Del mismo modo, el ataque a las Universidades públicas, para ver cómo las controlan políticamente, desde el control de sus fondos públicos, que por mandato constitucional, tienen que asignárseles, para que las Universidades, en ejercicio de su autonomía e independencia dispongan de conformidad a sus planes, proyectos y objetivos académicos.

El ataque y el debilitamiento del Estado Social de Derecho es a la vez un ataque, un quebranto al régimen institucional, sus instituciones y entes, y al sistema democrático nacional.

El golpe está dirigido a todas las autonomías existentes constitucionalmente, en los distintos servicios públicos, como el Derecho, que por el principio de Autonomía Universitaria, tienen las Universidades para autogobernarse, para darse las normas por sí mismas, principio que está señalado por los Art. 84, 88 y 188, de la Constitución Política, con lo que se enfatiza en la independencia en materia de gobierno y administración y en la independencia para el desempeño de sus funciones, y de plena capacidad jurídica, para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para “darse su organización y su gobierno propio”.

A diferencia de las otras instituciones autónomas del Estado, la Universidad es una institución sui generis, sin que el Poder Político tenga ningún derecho. La Autonomía Universitaria por su origen, su naturaleza, su historia y su función política e institucional es diferente a las otras autonomías establecidas en la Constitución Política.

La Declaración de Quezaltenango, del CSUCA claramente establece como misión de los centros universitarios la lucha de velar por su inviolabilidad, que consiste en defender que no se produzcan actos de fuerza contra la voluntad de la Universidad.

Socialmente el ataque a la institucionalidad del Estado Social de Derecho, y de todos los problemas del Estado y la institucionalidad, se han hecho caer en los empleados públicos. Empresarios, políticos y algunos medios de comunicación se han alineado en este ataque. La discusión del tamaño del Estado, que necesitamos, no se ha hecho, está pendiente. Debe hacerse.

Los servicios públicos estratégicos, principalmente, como salud, educación, electricidad, seguridad ciudadana, asistencia social, de regulación de actividades, entre otros, deben permanecer en manos de Estado.

No se puede avanzar en el desarrollo nacional liquidando el Estado, disminuyéndolo, fortaleciendo los negocios privados y empobreciendo a los trabajadores. La pobreza no la hacen lo pobres. La pobreza es resultado de la riqueza. Ni se puede avanzar en el desarrollo nacional disminuyendo ingresos, salarios y pensiones de los trabajadores. Ni se puede avanzar en el desarrollo nacional desprestigiando instituciones, trabajadores, sistemas sociales de protección. Ni se puede activar el proceso económico reduciendo salarios y capacidad de consumo.

La democracia política impone un sistema de pesos y contrapesos políticos, pero también sociales. Cámaras empresariales y Sindicatos en general son esenciales en esta discusión, y en este equilibrio de pesos y contrapesos, en igualdad de condiciones, sin estigmatizaciones de ellas, sin parcializar a favor de una de ellas.

El Proyecto de Ley sobre Empleo Público por sí no resuelve el problema del déficit ni de la crisis fiscal, porque el déficit y la crisis no descansa en los salarios ni en las pensiones.

Son las instituciones del Estado, las que desde 1950, han ayudado a resolver el desempleo y el trabajo informal, y con sus políticas de salarios han contribuido a distribuir la riqueza social, son las que han permitido la movilidad social como colchón de la estabilidad social y política que ha tenido el país.

El modelo de Estado fascista, a la tica, es lo que se impulsa con esta Ley de Empleo Público, que intenta igualar a la baja a todos los trabajadores públicos, reducirles sus salarios, pensiones e ingresos, empobrecerlos más, acabar con la clase media, aumentar la pobreza extrema y la pobreza en general como parte de un gran negocio económico. Institucionalmente es privatizar hasta donde se pueda todas las instituciones de servicios públicos, incluso las estratégicas.

En el caso de la Autonomía Universitaria que se quiere debilitar es porque la Autonomía surgió históricamente como un grito de Libertad y Democracia, como un retén contra el golpismo político, que culmina cuando se toman las Universidades, no los cuarteles o las instituciones militares. Para avanzar hacia un Estado de características fascistas hay que limitar y si es posible eliminar la Autonomía Universitaria.

La Autonomía Universitaria es una defensa moral y política contra todo abuso del Poder Político, por ello la campaña negativa y de desprestigio que hay contra las Universidades públicas, sus profesores, su personal, sus salarios e ingresos.

Los impactos sociales de la Ley de Empleo Público los veo en esto:

-empobrecimiento del nivel y condiciones de vida y de trabajo de los costarricenses,
-desempleo creciente, afectando las mujeres cabeza de familia,
-subempleo y trabajo informal creciente,
-congelación de salarios, ingresos y pensiones de los trabajadores por los próximos dos o tres años, como se ha propuesto,
-disminución de estudiantes en el sector público y privado de la educación,
-aumento de la deserción escolar en todos sus niveles,
-encarecimiento de los servicios públicos básicos, agua, electricidad, transporte,
-encarecimiento de los alimentos básicos,
-disminución importante de la clase media,
-imposibilidad real de ascenso social para los sectores que han estado en condición de pobreza extrema y pobreza,
-fuerte empobrecimiento de la clase media, especialmente la media media y la media baja,
-disminución y desaparición de programas de asistencia social,
-encarecimiento del nivel de vida en alimentos, medicinas, y recreación,
-disminución de la calidad de servicios públicos esenciales, como la educación,
-privatización de servicios públicos básicos, su encarecimiento,
-debilitamiento de las instituciones públicas educativas y de salud,
-debilitamiento de las organizaciones sociales, sindicatos, asociaciones solidaristas y cooperativas,
-se aumentarán las brechas e inequidades sociales, así como la desigualdad social,
-se concentrará más autoritariamente el Poder Político,
-se ejercerá un mayor control social, institucional y político de los ciudadanos y trabajadores. Probablemente la UPAD estaba en la lógica de la estructuración fascista que se quiere hacer del Estado costarricense,
-se tenderá a mayor penalización de las relaciones laborales,
-aumentarán las protestas sociales en diversas formas, espontáneas y organizadas, al amparo de la legislación o al margen de ella. La lucha social se mantendrá mientras haya condiciones e injusticias sociales que la fomenten y activen.

En este año electoral veo peligrosamente las posibilidades de que surjan tendencias populistas de diverso signo político.

Urge, me parece, cada vez más, un nuevo Acuerdo Nacional Social y Político, quizá una Nueva Asamblea Constituyente, que redefina de mejor forma el futuro de Costa Rica y de los costarricenses.

(Intervención de Vladimir de la Cruz, en el Foro sobre Autonomía Universitaria, organizado por el Consejo Nacional de Rectores, el lunes 1 de marzo del 2021. Participantes: Dra. Sandra León Coto, ex rectora de la UNA, Dra. Yamileth González García, ex rectora de la UCR, Lic. Gastón Baudrit Ruiz, asesor legal de CONARE, Dr. Luis Baudrit Carrillo, catedrático y ex director de la Oficina Jurídica de la UCR, Lic. Vladimir de la Cruz Lemos, historiador. Moderador: Med. Francisco González Alvarado, presidente de CONARE y Rector de la UNA).

Encuentro multisectorial contra el Proyecto de Empleo Público. Declaración final

Las instituciones participantes, organizaciones sociales, sindicales, comunidades universitarias, municipales, considerando:

Que los efectos de la pandemia del COVID han profundizado asimetrías sociales y económicas que el país venía presentando como mayor concentración de la riqueza, menor capacidad redistributiva del ingreso nacional, incremento acelerado de la pobreza y de la desigualdad social, incremento desmedido del desempleo afectando principalmente a mujeres y jóvenes, mayor precarización de la inserción laboral, entre otros.

Que, en lugar de ampliar la inversión social y el papel del Estado, para hacer frente a esa realidad, las élites económicas y políticas han venido proponiendo una acción fiscalista y de austeridad presupuestaria, que no sólo pone en riesgo la acción misma del Estado, sino que deja en la indefensión a miles de habitantes.

Que los medios de comunicación privados en forma homogénea han lanzado una fuertísima campaña orientada a culpar al sector público y principalmente a la clase trabajadora como los responsables de los problemas en las finanzas públicas, actuación que se realiza de manera infundada, tergiversando datos o manipulándolos al presentar solo una parte de ellos, para generalizar conclusiones falaces.

Que el gobierno actual y las fuerzas políticas representadas en la Asamblea Legislativa PLN, PUSC, PAC, Restauración Nacional y Nueva República, vienen desarrollando una agenda legislativa absolutamente regresiva que descarga los costos de la crisis en los sectores medios y la clase trabajadora.

Que la crisis de las Finanzas Públicas no es responsabilidad de los salarios de la clase trabajadora del sector público y mucho menos del Gasto Público, es responsabilidad del fraude fiscal corporativo que sustenta su accionar en la evasión y la elusión continuada. Se deben gravar las grandes rentas de capital, al sector financiero, al patrimonio y principalmente a las grandes riquezas.

Que la estrategia de recorte y austeridad presupuestaria a la institucionalidad pública pone en peligro no sólo el desarrollo de políticas públicas y de servicios públicos, sino la existencia misma del Estado Social que ha garantizado que Costa Rica posea indicadores de desarrollo humano por encima de la media de la región.

Que el Proyecto sobre Empleo Público que actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa es una iniciativa sin un proceso real de consulta a las organizaciones sindicales y autoridades de instituciones públicas, que además es un proyecto que atenta contra las autonomías institucionales y autonomías constitucionales, pues tiene un carácter claramente autoritario y antidemocrático que representa el desmantelamiento del Estado Social Costarricense.

Acordamos:

  • Crear un Frente Nacional de Defensa del Estado Social Costarricense que involucre a comunidades universitarias, a organizaciones sindicales tanto del sector público como privado, a organizaciones comunales y de vecinos, al movimiento estudiantil universitario, a organizaciones feministas y de mujeres, a organizaciones de pequeños y medianos productores agrícolas, sector campesino a autoridades municipales, a juntas comunales de salud, y otras.
  • Desarrollar diversas actividades de sensibilización a la opinión pública a fin de evidenciar y demostrar que el proyecto de Empleo Público no busca mejorar la eficacia, ni ordenar al sector público, sino desmantelar el Estado y precarizar condiciones laborales y salariales de la clase trabajadora.
  • Enfrentar en forma conjunta toda la agenda legislativa que en el marco del Acuerdo con el FMI pretende cargar sobre los hombros de los sectores medios y laborales el costo de la crisis económica, por medio de un aumento de la carga impositiva.
  • Desarrollar actividades de sensibilización para el mejoramiento del trabajo dentro de las instituciones a fin de garantizar la defensa del Estado Social Costarricense.

POR LA DEFENSA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

POR LA DEFENSA DEL ESTADO SOCIAL COSTARRICENSE

Organizaciones Sindicales

Asociación Nacional de Educadores ANDE
Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza APSE
Sindicato de Educadores Costarricenses SEC
Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense BUSSCO
Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social UNDECA
Central General de Trabajadores CGT
Central del Movimiento de Trabajadores Costarricenses CMTC
Confederación de Trabajadores Rerum Novarum CTRN
Sindicato Patriótico de la Educación SINPAE 7 de Agosto
Sindicato Nacional de Profesionales de la Orientación SINAPRO
Sindicato Industrial de Trabajadores Eléctricos y de Telecomunicaciones SITET
Asociación Nacional de Técnicos y Trabajadores de la Energía y las Comunicaciones ANTTEC
Asociación de Abogados y Profesionales del Grupo ICE ABOGAPROICE
Federación Unión Sindical de Trabajadores del Grupo ICE FUS/ICE
Sindicato de Trabajadores de la UNA SITUN
Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica SINDEU
Asociación de funcionarios del TEC AFITEC
Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Universidad Técnica Nacional UTRA-UTN
Asociación de Profesionales de la UNED UNED-PRO
Alianza Sindical del Poder Judicial
Asociación Nacional de Empleados Judiciales ANEJUD
Sindicato del Poder Judicial SINDIJUD
Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras UNT
Sindicato Nacional de Administradores de Servicios de Salud y Afines del Seguro Social SINASSASS
Sindicato de Trabajadores del INA SITRAINA
Sindicato Independiente de Trabajadores Estatales Costarricenses SITECO
Sindicato de Trabajadores de Acueductos y Alcantarillados SITRAA AyA
Federación Nacional de Trabajadores Agrícolas y de Plantaciones FENTRAP
Sindicato de Empleados del Ministerio de Hacienda SINDHAC

Organizaciones Sociales

Frente Nacional por la Defensa de la Caja y la Seguridad Social FRENASS
Comisión Nacional de Enlace CNE
Coordinadora Popular de Occidente
Diego Miranda Méndez Regidor Municipalidad de San José
Asociación Nicaragüense inmigrantes en Costa Rica-ANICR

Comunidad Universitaria

Rectoría y Consejo Universitario de la Universidad Nacional
Rectoría y Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica
Rectoría y Consejo Universitario de la Universidad Estatal a Distancia
Consejo Universitario del Instituto Tecnológico de Costa Rica
Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica FEUCR
Rectoría y Consejo Universitario, Universidad Técnica Nacional

El leviatán en el proyecto de Ley de Empleo Público

Gerardo Hernández

Son muchas las dimensiones problemáticas de un proyecto que llegó a la Asamblea con fallas de origen y que ha sido todavía más enredado durante su trámite legislativo.

Más allá de la discusión sobre salarios y la problemática fiscal que han concentrado el debate, están en riesgo elementos fundamentales de nuestro Estado Social de Derecho, de la institucionalidad democrática y del buen funcionamientos de los servicios públicos. Les comparto por ahora 4 dimensiones que considero alarmantes, sobre las que invito a reflexionar y debatir:

1.

En contra del diseño institucional de nuestro Estado Social de Derecho, incluyendo la división de poderes, las autonomías municipales, la autonomía universitaria, la autonomía de la CCSS y las de otras entidades públicas, así como a la desconcentración y descentralización con que actúan otras tantas; la mal llamada “ley marco” de empleo público crearía un SUPER PODER regulador, centralizado y absolutista en la materia, que alcanzaría hasta a las empresas municipales:

“ARTÍCULO 2- Ámbito de cobertura

Esta ley es aplicable a las personas servidoras públicas de las siguientes entidades y órganos (…):

  1. a) Los Poderes de la República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sus órganos auxiliares y adscritos y el Tribunal Supremo de Elecciones.
  2. b) El sector público descentralizado institucional conformado por: Instituciones autónomas y sus órganos adscritos, incluyendo universidades estatales, la Caja Costarricense de Seguro Social; instituciones semiautónomas y sus órganos adscritos y empresas públicas estatales.
  3. c) El sector público descentralizado territorial conformado por las municipalidades, los concejos municipales de distrito y sus empresas.”

2.

En contra incluso del discurso neo-liberal de algunos de sus impulsores, favorables a languidecer al Estado, fortalecer el mercado, eliminar regulaciones y flexibilizar las relaciones laborales, la mal llamada “ley marco” de empleo público generaría un SUPER PODER rector, burocrático y tecnocrático:

ARTICULO 6, inciso 1): “Rectoría: Toda materia de empleo del sector público estará bajo la rectoría de la Dirección General Servicio Civil, quién debe establecer, dirigir y coordinar la emisión de políticas públicas, programas y lineamientos generales que tiendan a la estandarización, simplificación y coherencia en el empleo público y que gozará de independencia en el ejercicio de su cargo y será dirigida por un Director General.”

3.

Por las nuevas funciones que le asignan, el ente rector necesitaría una reorganización, incremento de personal e inversión de grandes recursos para poder cumplirlas. Veamos solo algunos ejemplos:

ARTÍCULO 7 Competencias de la Dirección General Servicio Civil

“d) Asesorar a las entidades y órganos incluidos, bajo el ámbito de cobertura de la presente ley, para la correcta implementación de las políticas públicas, las disposiciones de alcance general, directrices, reglamentos, circulares, manuales, y resoluciones que se emitan en el marco de la rectoría en empleo público y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978”.

“k) Preparar una estrategia coherente e integral para el aprendizaje y el desarrollo en todo el servicio público, estableciendo cómo se desarrollará la capacidad a largo plazo para estándares de dirección y competencia profesional más altos y proporcionando orientación a las instituciones públicas sobre cómo planificar y aplicar las actividades dentro de la estrategia”.

“m) Realizar diagnósticos en materia de recursos humanos de las entidades y órganos incluidos para lograr un adecuado redimensionamiento de las planillas existentes, y la elaboración de criterios generales que delimiten los sectores cuya actividad, por su valor estratégico institucional, así como la vinculación con la actividad sustantiva, se debería reservar para que sean realizadas exclusivamente por personas servidoras públicas. Además, analizar los que sirvan de orientación para delimitar la prestación de los que podrían ser externalizados y las condiciones de prestación de estos”.

“n) Prospectar las tendencias globales del futuro del empleo público, con el propósito de informar la planificación de este.”

O sea, desde realizar diagnósticos en cada organismo público para establecer cuáles trabajos serían empleo público y cuáles podrían ser externalizados; hasta sacar la bola de cristal para “prospectar las tendencias globales del futuro”, entre otras complejas pero cantinflescamente “definidas” atribuciones, la ley de empleo público podrían generar resultados muy distantes de la “eficiencia, eficacia, economía, simplicidad y calidad” que pregonan como principios para la evaluación (Artículo 7, inciso p).

4.

En contra del desarrollo histórico de nuestro Estado Social de Derecho, que ha resultado en la creación de una gran diversidad de entes públicos; que realizan funciones y servicios muy relevantes para el desarrollo y bienestar de nuestra población; para lo cual requieren personal con muy diferentes calificaciones y especializaciones; que trabajan además en condiciones muy diferentes en todo el territorio nacional aún cuando desempeñen la misma función (ej. una maestra en una escuela rural uni-docente y otra en una urbana multi-docente); el proyecto de ley de empleo público plantea reiteradamente que se busca la “estandarización, simplificación y coherencia del empleo público” (Artículo 6, inciso 1 y 1d; Artículo 7 inciso c;).

Además propone una clasificación en solo a 8 familias de puestos para todas las personas que trabajen en la Administración Pública y establece que solo mediante una nueva ley se podrán crear otras familias, con la debida justificación “por criterios técnicos y jurídicos coherentes con una eficiente y eficaz gestión pública” (Artículo 13).

¿Serán la estandarización, la clasificación cerrada en 8 familias y los amarres de ley para crear nuevas, pasos efectivos hacia un Estado y servicios públicos más ágiles, eficientes y eficaces? A mi me parece que son todo lo contrario y pueden terminar afectando no solo la gestión de la relaciones y necesidades laborales de cada entidad pública sino también los servicios que prestan.

Y por cierto, ¿cuáles fueron los “criterios técnicos y jurídicos coherentes con una eficiente y eficaz gestión pública” que se utilizaron para crear las 8 familias de puestos?; ¿dónde está formulados?; ¿quién los formuló? ; ¿dónde y con quién se debatieron?.

En fin: concentración de poder, burocratización, funciones tan difusas en su formulación como peligrosas en sus consecuencias, estandarizar y amarrar aún más a las entidades públicas…

Me parece que no estaríamos avanzando hacia el necesario fortalecimiento de una gobernanza democrática y participativa, sino dando un paso más hacia una gobernanza tecnocrática, elitista y autoritaria.

 

Compartido con SURCOS por el autor, publicado en su página de Facebook.

Movimientos impulsan la lucha: ¡No a la Ley de Empleo Público!

Denisse López Sánchez

Antes de exponer la posición del movimiento sindical sobre el tema, es importante que conozcamos aspectos generales que se plantean dentro de la formulación de la Ley de Empleo Público. Lo primero, es que es un proyecto de 28 páginas, que aborda aspectos en materia laboral, se trata según Alfaro (2019) de “una nueva conceptualización de las redes laborales con el Estado desde la etapa de contratación hasta la de despido” (párr.2). Lo segundo, es que desde la institucionalidad y el Ministerio de Planificación se argumenta que la propuesta es necesaria para modernizar el Estado actual. Por último, específicamente se dice que lo que se quiere con este proyecto de ley es la aplicación de un sistema de salario único para todos los empleados públicos, poner un tope a los incentivos y bajar la curva de crecimiento por el pago de las remuneraciones.

Los cambios estructurales que se planean ejecutar están íntimamente relacionados con las siguientes áreas: reclutamiento y selección del personal, según se indica para garantizar idoneidad comprobada para los puestos que se asumen; alta dirección pública que va aunada al área anterior pues lo que se requiere es que cada unidad y departamento esté liderado por personas aptas y capacitadas; cambios en la movilidad pública; la desvinculación de los funcionarios del sistema por bajo rendimiento; modificaciones en materia de salarios con el fin de lograr una igualdad entre los altos jerarcas y los profesionales de menor rango; vacaciones; permisos de cuido; licencias de maternidad; otros incentivos laborales; condiciones de aplicación y de contratación temporal (Alfaro, 2019. párr.1-33).

Ahora bien, con respecto a esta ley han surgido diferentes posicionamientos tales como el de los movimientos sociales y el movimiento sindical de Costa Rica, que refiere su disconformidad con el proyecto debido a una posible recarga de la crisis fiscal sobre el sector laboral y que terminará afectando la calidad que ofrecen los servicios públicos y la estabilidad del Estado Social de Derecho.

Parte de las acciones que se han tomado desde estas entidades sindicales y sociales son las manifestaciones que se han llevado a cabo en las afueras de la Asamblea Legislativa, donde han participado algunas figuras que están inmersas dentro de la institucionalidad como lo es el actual rector de la Universidad de Costa Rica Gustavo Gutiérrez Espeleta, el SINDEU, la APSE, UNDECA, ANDE, SEC, CTRN, SINAE, sindicatos del AyA, entre otros. Estas manifestaciones tienen como objetivo preservar el empleo público, el Estado Social de Derecho y la calidad de vida de las personas ciudadanas y funcionarias del Estado y sus familias.

En el video publicado por Marcela Zamora-Cruz en su página de Facebook hace un llamado a las federaciones estudiantiles a sumarse a la causa, ya que estos proyectos como la Ley de Empleo Público y las negociaciones con el FMI, afectan no solo a la clase trabajadora, también a la educación pública, específicamente a las universidades públicas.

Referencias Bibliográficas:

Alfaro, J. (9 de abril de 2019). ¿Qué dice el nuevo proyecto de reforma al empleo público? Semanario Universidad. Recuperado de https://semanariouniversidad.com/pais/que-dice-el-nuevo-proyecto-de-reforma-al-empleo-publico/

Despidos colectivos a la carta y al por mayor

Manuel Hernández

El Proyecto de Ley Marco de Empleo Público tiene cuatro objetivos: el primero, de carácter político, otro fiscalista, el tercero, de corte antisindical.

Pero, además, sobresale el cuarto objetivo, cuyo propósito es acelerar el desmantelamiento del Estado y la privatización de los servicios públicos.

Una de las herramientas diseñadas para alcanzar este espurio objetivo es la desregulación y flexibilización de los procesos de reorganización y reestructuración de las instituciones públicas.

Esta flexibilización se consolida aún más con la exorbitante moción que aprobó la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, el día de hoy, que relajó el correspondiente requisito, bastando que la reorganización afecte por lo menos el 50% de los servidores de la respectiva dependencia pública, en lugar del 60% que exigió el anterior texto dictaminado.

De esta forma, por una parte, se facilitan, como en feria al por mayor, los despidos colectivos, que será suficiente, y nada más, cualquier remedo de estudio “técnico”, para justificar la pretendida reorganización institucional, con el consecuente sacrificio masivo de los empleos.

Por otra parte, a expensas de la reestructuración, se desmantelan los servicios que presta la institución o entidad a la comunidad.

Además, las indemnizaciones tendrán un costo muy barato, porque la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, derogó varias normas del Estatuto de Servicio Civil, que dispusieron que a los cesados por los anteriores motivos, les correspondía una indemnización tasada, a razón de un mes por cada año de servicio prestado. En lugar de estas normas derogadas, se ha interpretado que la regla que ahora aplica es la contenida en el artículo 29 del Código de Trabajo, que preceptúa un tope de 8 años, norma a la que expresamente remite la Ley N° 9635.

Por último, es importante recordar que el Memorando Técnico de OIT, rendido a solicitud de la misma Comisión Legislativa, advirtió los alcances de esta lesiva propuesta legislativa y recomendó la inclusión de un mecanismo de consulta previa con las organizaciones representativas de las y los trabajadores, cuando la Administración pretende cesar personal por motivos económicos o estructurales.

Esta recomendación de la prestigiosa OIT fue totalmente despreciada por la comisión legislativa -como la gran mayoría de las observaciones y recomendaciones de ese memorando, que tuvieron la misma desafortunada suerte-, dejándose a las y los servidores en una situación totalmente vulnerable y sin ninguna clase de protección legal.

En conclusión, con esta regulación se expulsa de nuestro ordenamiento la estabilidad laboral de los y las funcionarias públicas, cuyo derecho subjetivo se elimina y sustituye por un régimen abusivo de despido colectivo, a la carta, unilateralista, a libre discreción de la Administración, sin garantías de protección para el servidor, devaluado, excluyéndose toda instancia de consulta a los sindicatos que representan los intereses colectivos de las personas trabajadoras afectadas.

Así, se consuma el derrumbe de la institucionalidad pública y la afectación del sistema democrático, porque los servicios públicos constituyen la infraestructura de la democracia.

De esta manera, avanza incontenible, en clave cada vez más regresiva, la consolidación del Derecho de la Función Pública del Enemigo, fundado en la construcción ideológica de una cultura de odio y violencia institucional contra la clase trabajadora del sector público.

27/01/2021

Peores escenarios se avecinan para el agua

Osvaldo Durán-Castro/Sociólogo-ITCR

Hoy, 15 de diciembre 2020, el proyecto “Ley para la gestión integrada del recurso hídrico”, Expediente 20.212, podría ser archivado. Se discute en un momento crucial de ataque a la humanidad y a los ecosistemas por parte del sistema corporativo mundial, ya que están consumando sus aspiraciones de mercantilizar el agua en la Bolsa de New York/Wall Street. Llegamos al momento aciago que el poeta Silvio Rodríguez cantara hace años: “Me pregunto qué negocio es este, en el que hasta el deseo es un consumo, qué me haré cuando facturen el sol”. En ese pantanoso escenario, es más que indispensable y de primerísimo orden que Costa Rica asegure las más estrictas medidas de protección del agua y evite su explotación comercial sobrepasando los ya perniciosos márgenes que tenemos hoy día.

Son muchísimos los aspectos por analizar pero ahora hago un resumen sobre lo público-privado y ausencia de participación. El texto como tal no reza que se vaya a privatizar el agua, pero sí contempla mecanismos que consolidan prácticas de explotación privada y crea otras que la propician. Las experiencias de control y manejo del agua con participación y privilegio del sector privado nunca han generado resultados positivos para lo pueblos. En 2003 analizamos los caminos diversos del agua privada y aunque no nos ocuparemos de este gran tema ahora, si debemos reiterar que lo público y lo privado no se dibujan en blanco y negro, ni como opuestos dado que la privatización es un ejercicio normado desde los Estados neoliberales como parte de las estrategias corporativas para trasladar servicios públicos al sector privado (ver Agua: Lucha mundial entre capital privado y justicia https://doi.org/10.15359/rca.25-1.5 y otros textos del autor relacionados). Privatizar no consiste únicamente en entregar la operación de sistemas de distribución de agua a empresas privadas de manera directa, como ocurrió en Bolivia, Argentina, Chile, México, Canadá, etc. Las alianzas público-privadas y las concesiones, que ocupan un lugar del privilegio en esta propuesta de ley, son una de las vías principales usadas en todo el mundo para estimular la competencia entre lo público y lo privado, en detrimento de lo social, colectivo y solidario.

El proyecto 20.212 no se acerca a la aspiración de regular en favor de lo público, justo y solidario. La sola y contundente propuesta de convertir a las ASADAs en concesionarias y colocarlas como competidoras por el agua, es suficiente para advertir el sesgo anti-público del proyecto. La propuesta crea todo un abanico de riesgos mediante múltiples propuestas como las concesiones (ver Capítulo III. Concesiones), las “sociedades de usuarios” (artículos 102-104), el “Uso colectivo de las aguas en condominio” (artículo 105), la posible consolidación del negocio privado de exportación de agua (artículo 57) y la reconcentración de poder en la DINA para la toma de desiciones técnicas y políticas sobre el agua (múltiples artículos).

El Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo, en su “Informe de desarrollo humano 2006. Más allá de la escazes: Poder, pobreza y la crisis mundial del agua”, fue contundente al advertir sobre los riesgos de crear espacios de control del agua por parte del sector privado: “La característica distintiva del agua reside en su rol fundamental en los medios de sustento de los individuos y el medio ambiente de un país. Esta propiedad excepcional señala la necesidad de implementar sistemas de normas e instituciones altamente desarrollados que permitan garantizar que los objetivos de política pública fundamentales como la justicia social y la sostenibilidad ecológica no estén subordinados a la búsqueda de beneficios privados”.

Lo público debe primar en una legislación que a futuro procure blindar el agua ante los riesgos que desde hace años advirtió el PNUD, y repetimos, sobre todo ahora que llegamos al extremo previsible y ansiado del mundo privado de tranzar el agua en Wall Street. Sobre este particular podemos adelantar que Costa Rica debería contar una política pública que prohiba elevar los niveles actuales de lucro con el agua y, de manera absoluta, evitar la exportación de agua incluso a nivel de rango constitucional. Si el agua sale del país debería ser únicamente por fines humanitarios y nunca para negocios públicos ni mucho menos privados. La realidad actual de Costa Rica enseña que el agua ya es un elemento sujeto a la explotación y lucro privados. Ante eso lo que se esperaría de una nueva ley es que estableciera regulaciones que limiten, inhiban y prohíban los usos y explotación privada del agua y aseguraran una visión o nuevo paradigma orientado sin ambigüedades al bien común. Pero esa no es la visión del proyecto.

Si reconocemos, como debe ser, que la privatización no es sólo transferir directamente a entes privados la operación de un servicio o empresa, si no entregarlo por concesión o mediante la creación nuevos entes operadores, aunque sea para segmentos reducidos que los aprovechan en beneficio privado, este proyecto apunta a fortalecer los espacios de control no públicos del agua. Ese debate sobre las vías para disminuir lo público, entendido como el control demanial, social, colectivo, solidario y justo en precio y acceso del agua, que se ejerce desde el Estado y desde lo social-comunitario a través de organizaciones de base, como las ASADAS, seguirá pendiente más allá de lo que ocurra con este proyecto.

Más exclusión y menos participación social-comunitaria

Si hubiera que evaluar este proyecto de ley con un criterio básico y fundamental como la participación efectiva y la garantía de inclusión real de las personas a través de sus organizaciones de base comunitaria en la gestión del agua; habría que rechazarlo.

Desde que el 31 de marzo del 2014 a media noche y con extraño sigilo fue aprobado en primer debate este proyecto, sabíamos que se había liquidado cualquier vestigio de participación incluida en la iniciativa popular, contenida en el Expediente legislativo 17.742. Un segundo debate y aprobación sellaría el ataúd con el cadáver de la participación efectiva de la ciudadanía en el manejo democrático del agua (el proceso del proyecto de iniciativa popular del agua puede consultarse en trabajo de Barquero Mata, Sofía. (s.f.). Leyes de Aguas: análisis completo. Sobre el procedimiento de la iniciativa popular).

En el texto del proyecto que circulaba antes del 3 de diciembre 2020 ni siquiera se mencionaba a las ASADAS, y posiblemente por tan desmesurado error, fue que en la versión que empezó a circular ese día ahora fueron incorporadas en el artículo 5 indicando que el “sector hídrico del Estado…está constituido por la Administración Pública centralizada, descentralizada, autónoma, semiautónoma, las municipalidades, las empresas públicas y del Estado y las asociaciones administradoras de acueductos comunales (ASADAS), que tengan dentro de sus competencias la gestión sectorial y multisectorial del agua”.

Los mecanismos mediante los cuales se podría hacer efectiva la participación de las comunidades, no son claros y más bien podemos decir que no existen como tal en el proyecto. El artículo 2 “Principios generales” indica “l) Participación: el sector hídrico del Estado promoverá la participación de todos los sectores vinculados en la gestión integrada del recurso hídrico, en el ámbito nacional”. Esa es una generalidad que puede interpretarse como sea, y es claro que por vía reglamentaria no se asegurará esa participación. “Todos los sectores” es un postulado que coloca en igualdad de condiciones a todos los potenciales concesionarios que pretendan usar el agua para cualquier uso. No se podría augurar nada positivo si retomamos la competencia desproporcionada a la que someten, por ejemplo, los agronegocios y las hidroeléctricas a las comunidades, y las dificultades extremas de estas últimas para tener al menos acceso al diálogo con instituciones como el MINAE y particularmente con la Dirección de aguas y SETENA, que sistemáticamente las ignoran o anulan. De ninguna manera resulta suficiente la promesa contenida en ese artículo 2. Una legislación que verdaderamente busque garantizar el agua como derecho humano, de consumo humano y resguardada por el Estado en cualquier circunstancia o amenaza, debe establecerlo con claridad.

Lo más cercano a participación que el proyecto propone es el artículo 22 “Información y consulta pública”. Según el texto “Las propuestas del Plan Hídrico Nacional, el balance hídrico nacional y los planes hídricos de unidad hidrológica se someterán a consulta pública, a fin de que la población pueda formular observaciones, aclarar dudas y presentar modificaciones a dichas propuestas”. Esa limitadísima participación es contradictoria con el optimismo que desde el 2017 había expresado la Directora de AyA Yamilet Astorga, quien “asegura que ley de aguas mantiene la esencia de la Iniciativa Popular”. La funcionaria se contenta con que la población “pueda formular observaciones, aclarar dudas o presentar modificaciones a dichas propuestas”. Para ella es suficiente que “podemos llegar a crear los Consejos de Unidades Hidrológicas, mediante decreto ejecutivo, como una forma de operacionalizar esta ley”, https://www.informa-tico.com/8-11-2017/presidenta-aya-asegura-ley-aguas-mantiene-esencia-iniciativa-popular) lo cual no pasa de ser una laxa promesa que no asegura, de ninguna manera la participación efectiva de las organizaciones sociales de base, como las ASADAS.

Es evidente que las decisiones técnicas, financieras y políticas seguirán siendo un ejercicio centralizado y controlado desde la nueva DINA, si se aprobara el proyecto. Limitar la participación a “Información y consulta pública”, es una debilidad absoluta e insalvable que desde la aprobación del proyecto en 2014 habíamos señalado como gravísima y suficiente por sí misma para rechazar el proyecto en su totalidad. Esa exclusión revela que el “lobby” local del agua que promueve el proyecto concilió con las presiones e intereses del sector empresarial, además de resellar un desprecio total por la participación democrática y efectiva de la gente en los procesos de diálogo, generación de consensos, negociación y decisiones colegiadas sobre el agua.

En el proyecto no hay una sola frase que busque fortalecer a las ASADAS como entidades que aseguren el manejo comunitario y democrático del agua. Tampoco nada que procure que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones. Ese aspecto está directamente asociado con principios como que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público y que genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares y privados.

La exclusión de las ASADAS y los riesgos asociados con la reducción de su perfil en el manejo del agua, valga decir en contraposición con la creación de espacios para entidades privadas, fue expuesta con claridad por el Colegio de Geólogos de Costa Rica (2020) que en su oficio 2020 CGCR 267-2020 dirigido a los y las diputadas, expresan: “Acerca de las ASADAS. Lejos de regular y fortalecer la situación actual de las ASADAS el proyecto de ley las excluye, les obliga a solicitar concesiones y pagar por ellas a pesar de ser entes que prestan el servicio mediante un Convenio de Delegación de Administración con el AyA (Art. 5 y Art. 58). Las ASADAS deben ser consideradas en cualquier legislación sobre el recurso hídrico debido a la importancia de la labor que realizan, ya que cubren un 33% de la población del país”.

Otro aspecto que no se puede dejar de lado es que el consumo humano es una prioridad cuestionable e incierta en el proyecto. Las definiciones son tan generales que abren la puerta para que cualquiera, sea público o privado, proponga, compita y obtenga concesiones. En el artículo 61, que como en muchos otros se norma el otorgamiento de concesiones, se indica: “Requisitos y procedimiento para otorgar concesiones. Toda solicitud de concesión para el aprovechamiento del recurso hídrico deberá cumplir los requisitos generales y específicos propios para cada tipo de aprovechamiento que se establecerán en el reglamento de esta ley; además, cumplir con el procedimiento aplicable para el otorgamiento”. Ni en este ni en otros artículos se enfatiza ni especifica el uso público, solidario y equitativo del agua, del tal manera que los concesionarios, de cualquier tipo, tendrán que “pujar” de acuerdo a sus intereses. Además, los requisitos quedan sujetos a nuevos reglamentos en cuya creación no está prevista ninguna forma de participación ciudadana. Como dijo una impulsora del proyecto, la Diputada Paola Vega, “se necesita una concesión independientemente de quien la pida”.

El único artículo del proyecto de ley que establece con claridad cuáles son los usos prioritarios del agua, es el 95 referido a la “Declaratoria de déficit temporal del recurso hídrico”. Esa condición se declarará “cuando (la Dirección de aguas) haya constatado técnicamente la disminución atípica de la disponibilidad del recurso; valorará, entre otras, las condiciones meteorológicas, hidrológicas, hidrogeológicas, hidrobiológicas, agrícolas, geográficas, sociales, ambientales, económicas y de calidad del recurso”. La realidad es que hasta hoy día muchísimas comunidades se han quedado sin agua y las autoridades no han hecho, por la razón que sea, los estudios pertinentes, ni mucho menos han declarado emergencia como corresponde. Esto ha sido así porque se han protegido los intereses privados sobre lo público y comunitario, y obviamente sobre los derechos de los ecosistemas, que más bien quedan desprotegidos con las definiciones y usos de los “caudal ambiental”.

Una legislación verdaderamente orientada a la protección integral y ecosistémica del agua, lo mismo que a usos justos y solidarios desde lo público y comunitario, debe icluir algunos principios que este proyecto no contiene. Algunos de los principios son:

  • que el Estado, como garante de los derechos colectivos del pueblo, ejerza soberanía total para asegurar el control del agua para su uso en favor del bien común,
  • que la población tenga seguridad de que el agua será considerada efectivamente y sin manipulaciones, controles políticos ni económicos, en las decisiones sobre los usos prioritarios y su protección ecosistémica,
  • que el Estado asegure espacios oficialmente reconocidos y vinculantes en la definición de políticas públicas y mecanismos de control del agua, con inclusión efectiva de las comunidades por medio de sus organizaciones,
  • que se tenga garantía de que por ser un derecho humano no esté sujeta de ninguna manera a la competencia comercial; mucho menos cuando se comprometan la salud de los ecosistemas y el acceso de la población,
  • que sea distribuida con equidad, solidaridad y hasta entregada de gratis a la gente más pobre que no pueda pagarla,
  • que haya seguridad absoluta de que será protegida frente a cualquier forma de explotación lucrativa y privada (esto sabiendo que en Costa Rica operan múltiples mecanismos de lucro con el agua),
  • que los usos prioritarios estén explícitamente estipulados y que no existan opciones, como las concesiones, sociedades de usuarios, etc, para que los usos públicos y colectivos tengan que competir con los negocios privados de cualquier tipo, como sucede ahora mismo en Costa Rica,
  • que la institucionalidad involucrada con el agua esté comprometida y obligada a respetar su condición de bien demanial y público, y en ese tanto no facilite su explotación privada,
  • que la institucionalidad genere confianza y seguridad de que los intereses colectivos primen frente a los particulares, y que respete y escuche a los actores sociales comunitarios,
  • que el Estado garantice los recursos económicos necesarios para que el sistema jurídico y operativo, la investigación científica y el seguimiento, permitan la efectiva protección ecosistémica del agua y su distribución equitativa.

¿Se cumplen esos atributos fundamentales en el proyecto de ley de agua número 20.212? Definitivamente no.

Imagen: Juan Pablo Ugalde