Comunicado UCR: Sistema de Administración de Salarios

Desde inicios del año 2013, la UCR analiza de manera minuciosa la estructura y comportamiento de los egresos por concepto de masa salarial. En ese año, se integró un grupo de trabajo que rindió un informe sobre el estado del Sistema de Administración de Salarios.

A partir de ese informe, se desarrollaron dos estudios que llegaron a importantes conclusiones sobre la necesidad de tomar acciones para disminuir las tasas de crecimiento de la masa salarial (entendida como todos los diferentes componentes de pagos y compensación a los funcionarios más sus respectivos aportes a la seguridad social), de manera que el sistema sea sostenible financieramente y sobre todo que no atente contra el desarrollo adecuado de la actividad sustantiva institucional.

En noviembre del 2014, la Rectoría anunció medidas de contención del gasto que la administración universitaria, a esa fecha, había puesto en marcha y otras que se determinaron como necesarias para hacer un uso racional del presupuesto. Entre las medidas señaladas se encuentran: la aplicación irrestricta del reglamento que regula los llamados cuartos de tiempo adicional, la revisión de los criterios para otorgar el incentivo salarial por mérito académico, la valoración de la pertinencia de remuneraciones extraordinarias, la restricción de dedicaciones exclusivas a casos en que prive la conveniencia institucional y el envío de una propuesta al Consejo Universitario para disminuir el porcentaje de anualidad.

En ese momento, al anunciar la Rectoría de la UCR las medidas que se tomarían para garantizar el equilibrio presupuestario, La Nación publicó un reportaje informativo sobre este tema. Véase: http://www.nacion.com/nacional/educacion/UCR-recorta-beneficios-profesores-evitar_0_1459254070.html

No deja de provocar extrañeza que el mismo medio informativo comunique ahora lo contrario. Ver: http://www.nacion.com/m/nacional/educacion/UCR-revisar-millonarios-exclusivos-docentes_0_1602439752.html

El pasado 14 de noviembre, la Rectoría anunció la renegociación de una parte sustancial de la Convención Colectiva de Trabajo vigente, con el fin de adaptarla a los tiempos actuales; un esfuerzo que pasa por pensar, de manera socialmente inclusiva y presupuestariamente responsable, en el futuro de la institución.

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Anualidades. Los diferentes estudios sobre el comportamiento de la masa salarial determinan que el principal componente que genera un incremento sostenido y atípico es el porcentaje de anualidad, producto de dos acuerdos del 2009 del Consejo Universitario. De un lado, el incremento del porcentaje de anualidad del 3% al 5,5% y, de otro lado, el rompimiento del tope de pago de 30 años que se mantenía vigente hasta ese momento. Es así como las anualidades pasan de representar el 29,5% de la globalidad del gasto por masa salarial en 2009, al 35,7% en 2015.

El porcentaje de anualidad se paga a todas las personas que laboran para la institución, al cumplir años de servicio, es decir, se trata de un incentivo automático que no está asociado a méritos.

Régimen académico y servicio docente. El personal académico está amparado al Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente. Esta normativa estipula que existen básicamente cinco categorias para el personal académico: los profesores interinos, instructores, adjuntos, asociados y catedráticos. Para ascender de una categoría a otra es necesario el cumplimiento de méritos académicos, entre los cuales destacan: publicaciones en revistas científicas o libros, conocimiento de idiomas, obtención de titulaciones académicas en posgrado, experiencia en investigación y acción social o la evaluación de su desempeño docente. Se trata de un régimen en el que se asciende por méritos, los cuales son valorados en estricto apego a la normativa institucional por la Comisión de Régimen Académico.

A diferencia del comportamiento mostrado por las anualidades, en la globalidad de componentes de la masa salarial, el gasto por concepto de régimen académico ha mostrado una tendencia a la baja, pasando de representar el 8,8% en 2009 al 8,3% en 2015.

La dedicación exclusiva. El personal de tiempo completo que se incorpora, mediante la firma de un contrato, al Régimen de Dedicación Exclusiva, recibe un pago equivalente al 30% de su base salarial. Nótese que en el resto del sector público este régimen alcanza porcentajes más altos, incluso del 55%, como es el caso del Servicio Civil. La incorporación al Régimen de Dedicación Exclusiva se da a solicitud del funcionario docente o administrativo y posterior a un análisis de la conveniencia institucional.

No se trata entonces de «pasar tijera», como La Nación le atribuye decir al SINDEU, en perfecta sintonía con quienes adversan el empleo público, sino de tomar medidas que garanticen la sostenibilidad financiera de la UCR, sin afectar la actividad sustantiva institucional y privilegiando el mérito sobre el crecimiento vegetativo en materia salarial.

La administración universitaria viene tomando medidas de contención del gasto desde mucho antes de que se diera la discusión pública sobre sus finanzas, pero lo hace con base a análisis rigurosos y sistemáticos, no como ocurrencias ni inspirada por rumores.

Las medidas tomadas han sido exitosas y la ciudadanía puede estar segura de que la administración universitaria no dejará de practicar un auto-examen guiado por principios, pero sereno y responsable, con el fin de resguardar la integridad de nuestra Benemérita Institución.

 

Firma: Dr. Carlos Araya Leandro, vicerrector de Administración UCR.

 

Enviado a SURCOS Digital por Lic. Otto Salas Murillo, Periodista Oficina de Divulgación e Información, UCR.

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