José Manuel Arroyo Gutiérrez
La nueva Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa ha decidido, en la metodología a seguir para el nombramiento de un magistrado (a) de la Sala Penal de la Corte Suprema, asignar un 45% a los atestados del candidato (a) y un 55% a la entrevista que harán a cada aspirante.
Las entrevistas en los procesos de nombramientos a cargo de los parlamentarios ha sido, históricamente, uno de los temas más cuestionados por arbitrarias, subjetivas, abusivas y hasta corruptas. Se ha asignado un valor a la entrevista sin ningún criterio técnico; se ha calificado a las personas con la mejor o la peor nota, sin dar ninguna explicación justificada; y se ha utilizado este mecanismo para “sacar del juego” a quienes por su excelencia curricular, obtienen los mejores resultados, pero por razones que sólo los políticos conocen, son relegados o excluidos.
Todos estos vicios han sido cubiertos por el velo del secretismo (nadie sabe quién vota por quién), y en medio de la más absoluta arbitrariedad (no se dan las justificaciones o razones del caso).
Un 55% de nota en la entrevista va a convertirse en el parámetro decisivo. Para quienes conocemos lo que ha sucedido en el pasado, lo único que pretenden los diputados y diputadas electores es eludir la obligación de dar cuenta de por qué se escoge a postulantes que no obtienen las mejores calificaciones en los rubros objetivos, y por qué todo el proceso se convierte en una burla para quienes participan de buena fe, siendo que desde un inicio lo único que cuenta es la cercanía político-partidaria y no los méritos del aspirante.
El “razonamiento” es realmente lamentable: “como los atestados, títulos, capacitación, experiencia académica, publicaciones y dominio de idiomas no garantiza la idoneidad de una persona, entonces… nosotros, que somos personas serias, podemos asegurar la mejor elección.” En primer lugar, la inclusión de parámetros objetivos se hizo precisamente para neutralizar un poco el subjetivismo de las entrevistas, cuestión que ha puesto en evidencia el uso abusivo del poder cuando los méritos han sido echados a la basura ante otros intereses no confesables. En segundo lugar, si una persona con atestados no garantiza idoneidad, ¿qué nos garantiza que un aspirante sin un buen currículum la tiene?. En tercer lugar, qué nos asegura que más allá de la idoneidad percibida por los miembros de la comisión, no es sólo la apreciación subjetiva de que este candidato resolverá los asuntos “como a mí me parece” que deberían resolverse? En otras palabras, un valor tan desproporcionado como el 55% para uno solo de los aspectos a ponderar, dará como resultado claro que será escogido el candidato o candidata que tenga la habilidad de decir lo que la mayoría de los diputados quieran oír. Sobre la mesa están, por ejemplo, fundamentalismos religiosos que ahora ven “pecado” en las luchas por los derechos fundamentales de algunas personas; o ven “canalladas” en las denuncias penales interpuestas para investigar si se han cometido graves delitos por parte de políticos relevantes; o ven como idóneo sentar en la Corte a algún litigante, de bufete reconocido, que hasta el día de ayer tenía asuntos suyos y de sus colegas pendientes de resolución en una Sala de este alto tribunal.
Está por verse, además, la efectiva realización de entrevistas con profesionalidad, responsables, razonables y profundas. Eso no es lo que ha habido en el pasado, ni hay seguridad de que lo haya en el presente. Los valores morales de valentía, integridad, compromiso, honestidad, independencia y pensamiento crítico, son meras abstracciones si no se revisan los antecedentes de una persona, en qué universidades obtuvo sus grados y posgrados (¿Universidades de verdad o de garaje?), con qué calidad de tesis, con qué promedio de notas, quiénes fueron sus profesores tutores, cuán actualizado, es decir, cuánta capacitación ha recibido después de graduado, cuánta reflexión especializada ha realizado en libros y artículos, cuáles han sido sus mejores escritos o sentencias, en fin, a cuántos tribunales de idoneidad se ha sometido antes de presentarse ante una Comisión de Nombramientos. A esto es lo que se denomina “hoja de vida” o currículum vitae y no puede rebajarse a menos de la mitad del porcentaje de calificación general para decidir una designación que afectará, para bien o para mal, a todos los costarricenses.
Lo cierto es que la clase política de este país sigue exhibiendo una miopía proverbial. No hay mejor garantía de objetividad e independencia que una judicatura preparada y competente, respetuosa de los derechos y libertades constitucionales, conocedora del derecho internacional de derechos humanos y el deber sagrado de respetarlo. Pero se nota una especie de fobia entre los políticos a la excelencia académica y los méritos acumulados en una carrera profesional ejemplar; también, de forma inaudita, se percibe como una amenaza el perfil de candidatas y candidatos íntegros e independientes.
Al fin de cuentas, este 55% para la entrevista le quita la máscara de objetividad a procesos de nombramiento que nunca han podido explicar la enorme contradicción que existe entre descartar a los mejor calificados para designar al décimo de la lista. La República está enferma cuando sacrifica a los mejores ciudadanos del ejercicio de los cargos públicos de mayor responsabilidad.