Reforma fiscal para fortalecer la actuación de quienes trabajan cobrando los impuestos

Exposición de motivos

Costa Rica, sufre año a año el flagelo de la evasión fraude, elusión y hasta el contrabando mismo, situaciones o hechos que se estima rondan hasta en no más del 8 puntos del PIB, a 2024, cada punto significa en promedio 356 mil millones de colones, un hospital geriátrico acondicionado o contratado llave en mano, podría costar no más de 100 mil millones, es decir, cada año estaríamos de dejar de suplir un promedio de no menos de tres hospitales por provincia , y este dinero alguien se lo está embolsando, no queremos pecar de ingenuos pero si muy prudentes en señalar potenciales delincuentes, porque ciertamente, estos potenciales delincuentes, están siendo sujetos activos de una pena de carácter penal, con un delito tipificado como de Lesa humanidad.

El cercenar las finanzas del Estado mismo, y restarle posibilidad de una actuación social digna, le resta vida a miles de costarricenses, que hoy tienen padecimientos crónicos, les cuesta en salarios y medicinas a los costarricenses, atender la patología quizás de un irradiado, por haber comprado un instrumento de deficiente calidad, al proponer en su compra que el factor precio sea el más preponderante, cuando en finanzas, la regla o premisa es eso, entre mas barato, más malo, mayor riesgo y hacemos alusión al estado de salud , debido a que estas prácticas causan cáncer en la economía del país. Y nos corresponde como buenos costarricenses, hacer un alto en el camino, y ver hacia donde vamos, y rectificar quizás la dirección de hacia dónde queremos ir.

Podremos quizás tener la ruta de un sueño democrático y solvente de nuestras finanzas del Estado, oh decidir continuar, sin mayor protagonismo, por temor a romper paradigmas.

Es por eso, en pocas palabras, la posibilidad histórica de cambiar hacia un mejor rumbo, de igualdad de condiciones, de un mundo territorio de competencia perfecta, donde todos los actores de le economía misma, saben cómo enfrentar a su competencia, no como hoy percibimos, que el litigante temerario, figura del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se instauro, se establecen penas privativas de libertad, pero le roban con artilugios de legalidad misma, eso es lo grave, artilugios de legalidad misma, simplemente, porque la Administración Tributaria, carece de los recursos, administrativos, financieros, tecnológicos, y no solo eso, de lo más lamentable de una legislación vigorosa, inmediato y ejemplarizante, del combate de ese cáncer en las practicas del fraude y evasión, así como la elución y el contrabando.

Podemos apostar que delincuentes tributarios siempre estarán presentes, tal cual pena abraza el Código Penal, y necesitaremos el concurso de toda la sociedad civil, y debemos llegar al punto donde; aquel que intente tal cual flagrante delito, sea sancionado, de manera inmediata, por la “bendita Pública”.

No basta hace cátedra de los principios que se deben tener presentes en cualquier reforma fiscal, debemos aclarar que aquí no se está ante una reforma fiscal, impositiva, contra el sujeto pasivo, lo que estamos o pretendemos es ordenar la actuación fiscal, para que cuente con esas herramientas necesarias, para regularizar su actuación, simplificarla quizás, y enmarcarla legalmente, para que el sujeto pasivo, sepa que ante la comisión de un instrumento de afectación al Estado mismo, es claro, que el hecho de no pagar a tiempo los impuestos, es un instrumento de afectado, y si no pagarlos a pesar de declarar, afecta el flujo de caja del Estado, pues de manera más severa, debe apreciarse, si recurre al ardid de cercenar las finanzas del Estado.

La eficiencia, en el cobro de los tributos abrigada a diversidad de leyes, como El Código Tributario, la Ley del Impuesto General Sobre las ventas, la Ley del Impuesto sobre la renta, la Ley General de Aduanas, razonable en un tiempo por división territorial o material, contribuyo quizás a ordenar distintas materias, desconocida por personas que llegan a administrar la gestión tributaria, logrando la especialización, no obstante, esto no tapa el sol con un dedo, es el llegado por turnos de carácter político de personas que llegan a hacer escuela tributaria, representantes o integrantes de diversidad d despachos privados, con impedimentos legal para conocer quizás actos en contra de sus clientes, pero que a la fecha, se desconoce de la recusación de esas autoridades, a que si no es por el chisme, nadie se entera de si un cliente o investigado, es sujeto de una actuación de carácter tributario. Esto debe llamar en mucho la atención de nuestros Diputados.

Hoy día proponemos una reforma fiscal de primer mundo, no es vi a tarifaria, ni por deuda, es una reforma para fortalecer la actuación de quienes trabajan cobrando los impuestos de esta gran nación.

Debemos fortalecer la figura del servidor público, como es la de constituir la figura del comisionado fiscal, actor simplificante del quehacer tributario, hoy día un auditor fiscal debidamente investido del poder estatal, es menos impactante su presencia, que el guarda de un almacén fiscal, que posee la llave del candado del portón, dicho de otra manera, se considera usurpación el poder recabar prueba del potencial y flagrante delito de un fraude fiscal, fraude en termino general, y con las figuras ya señaladas.

Este Comisionado Fiscal, deberá en consecuencia, conocer la materia tributaria de Tributación y de Aduanas, no puede ser cualquier hijo de vecino, debe tener solvencia académica, moral y en experiencia, debe conocer si se enfrente a una mala actuación de carácter aduanero o tributario interno, entendiéndose esta como de comercio local o comercio internacional y aun cuando se promueve la actuación de control sin limitación de competencia material y territorial, ciertamente, hay un marco jurídico que define la actuación en Tributación interno, como lo es el Código Tributario, también la Ley y Reglamento de Aduanas, no deben en mucho ser derogados, ya que en todo lo que se oponga, privaría este instrumento, ya que será una reforma tacita de todo aquello que se le oponga.

Debemos asegurar que, con la figura del comisionado fiscal, se acaben etapas procesales, que hoy día le llevan demasiado tiempo al Estado a hacer eficiente y eficaz el proceso de cobro de dichas determinaciones.

Hoy debemos acudir a un nuevo orden legal, estamos con un panorama tecnológico que no hay distancia en el mundo entero que impida comunicarme con mensajes o hasta video llamadas, de un polo a otro, pues así debemos apostar, contribuir a crear y dotar la Administración Tributaria, como un solo cuerpo y cada extremidad atienda las instrucciones jurídicas de un órgano legal suficientemente robusto que cada movimiento este sobradamente, hasta poder utilizar en forma complementaria, las sanciones contempladas en los delitos informáticos. Aquel que suplante la identidad de otro para asegurar a si mismo un beneficio fiscal, induciendo a error a la determinación tributaria o en la aplicación de un crédito fiscal a su favor ocultando los ingreso, disfrazando gastos, como los fletes, seguros, valor del bien (subfacturando) o no emitiendo la factura comercial al trasladar de dominio la mercancía o someterla a tránsito nacional o internacional, debe constituirse tal acto como un acto que sin duda alguna merezca la imposición de una sanción de carácter administrativa inmediata y si la actuación es flagrante y que supere los umbrales punitivos, ser analizados por la sala correspondiente a su jurisdicción material, con esto queremos señalar la necesidad de constituir un solo tribunal fiscal, con dos salas especializadas, la de aduanas o comercio internacional, y la de tributación o comercio nacional, misma, que veri los conflictos municipales, es decir, mantener las funciones de los tribunales actuales, no perjudicar la actuación sino más bien, con la concentración en un marco legal, hacer un solo tribunal, y no dos como hoy sucede, y que el litigante temerario disfruta para dilatar la resolución del caso y que impide aunque el Estado tenga sobrada motivación y razón, cobrar los tributos en el plazo permitido y no revocable.

Debemos igual que exigimos como ESTADO, garantizar los actos de fiscalización, no reiterar año a año, siendo eventuales sacadas de clavo de los programadores de los riesgos que determinan los sujetos a fiscalías, muchas veces lastimosamente, hay procesos de investigación fiscal, que intentan desnudar el buen comportamiento tributario de sujetos pasivos responsables, pero cuando son sujetos de fiscalización, se definen los alcances y actuaciones con una potencial inseguridad jurídica, ya que hoy piden un requisito, duran un largo tiempo, luego piden otro requisito, y así duran hasta más de un año para resolver un caso en concreto, sumiendo el ejercicio de poder de imperio, pero ante un escenario de terror fiscal, cuando debe ser lo contrario, facilitar el cumplimiento voluntario, pero sancionar severamente el incumplimiento de los deberes formales.

No estamos dando la talla en las Fiscalizaciones, los riesgos subjetivos no superan el 2%, dicho de otra manera, tenemos un 98% de probabilidad de éxito al fraude, tal cual bolsa de valores, el ESTADO con su inacción, está contribuyendo a que le metan todos los goles posibles.

Ciertamente se han creado instrumentos informáticos que inicialmente surten grandes efectos, TICA y factura digital son ejemplo de ellos, pero al tiempo, tal cual ardid delincuencial, hasta los billetes de plástico falsifican, en consecuencia, la materia tributaria, en pocos meses sigue siendo vulnerable y sujeta a la actuación de los delincuentes.

Podemos apostar a reparar en mucho la atención eficiente de la salud y la educación, pilares fundamentales de un sistema tributario, pero apostado en una dotación de bienestar nacional sin precedentes.

Soñar no cuesta, hacerlo realidad, pues encontraremos detractores de la propuesta, su pensamiento los identifica, están oh en la acera contraría, oh simplemente ignoran y no pueden opinar al respecto, de ahí, que sin interés mezquinas proponemos el cuerpo normativo de un instrumento creado por hombres, pidiendo la iluminación del altísimo, para crear un instrumento justo, bajo el principio bíblico, de AL CESAR LO QU ES DEL CESAR y convencidos de esa autoridad y refrendo.

La gran premisa para un Estado saludable, es que todo aquello que mejore la recaudación Tributaria, sin cobrar más tarifas de las ya establecidas, no debe ser materia de discusión o atraso parlamentario, tal cual se ha propuesto en diversidad de eventos de las distintas comisiones, o bien de la incorporación de Costa Rica a organismos internacionales como la OCDE

Exposición de motivos, elaborada por Lic. Miguel Ureña, con el aporte de más compañeros pensionados o activos.

Miguel Ureña. 30 años de experiencia en el Ministerio de Hacienda, 15 años de experiencia docente en el campo, auditor fiscal, licenciado en Administración, licenciado en Derecho, costarricense preocupado por los más necesitados, aspirante a periodista.