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Etiqueta: derechos laborales

Un país de proletarios

Oscar Madrigal

“Vamos a hacer un país de propietarios y no de proletarios”, repetía una y otra vez Luis Alberto Monge en las décadas del 70 y 80. Era el mensaje de la socialdemocracia frente a los marxistas y comunistas; era también el auge del cooperativismo y la distribución de la tierra, de las “jugosas” convenciones colectivas del sindicalismo liberacionista, del poderoso movimiento comunal. De ese mensaje ya no queda nada.

Liberación Nacional apuesta ahora por la proletarización de los costarricenses mediante los proyectos de zonas francas que extenderán a las zonas rurales, fronterizas y costeras. El PLN hace ahora un país de proletarios y no de propietarios, invirtiendo su lógica social, con la consiguiente pauperización de las condiciones sociales.

El proyecto de ley para extender las zonas francas fuera del GAM se propone, según él, llevar trabajo y progreso a las regiones más pobres del país. Después de lo que escribí ayer sobre este tema, me quedó una duda: ¿por qué esas zonas son tan pobres? ¿Qué las hace ocupar los últimos lugares del índice de desarrollo humano? ¿Es que en ellas no se produce nada, no hay empresas o inversión?

Integrando los tres indicadores de IDH, IDH-D e IDH-G, es posible establecer la profundización de una brecha territorial que ubica a los cantones del Caribe (Matina, Talamanca), del Norte (Los Chiles, Upala, Guatuso) y de la Zona Sur (Buenos Aires, Osa, Coto Brus) en los últimos lugares de la última década, se dice en los informes del Atlas de Desarrollo Humano.

Los cantones más pobres del país son Los Chiles, Talamanca, Upala, La Cruz, Coto Brus, Buenos Aires, Guatuso, Turrialba, Sarapiquí, Osa y Matina, según el Atlas de Desarrollo Humano de 2021.

Si el análisis se hace por provincias, se observa que Limón presenta una condición particular al ubicar la mayoría de sus cantones por encima del promedio nacional de pobreza. En otras palabras, Limón es la provincia más pobre de Costa Rica.

¿Hay producción y empleo en esos cantones? Llama la atención que las grandes producciones de piña y banano se encuentran en esas regiones, las más pobres del país. La principal zona productora de piña es la Región Huetar Norte, donde están los cantones de Los Chiles, Guatuso, Upala y Sarapiquí y Buenos Aires de la Región Brunca, entre los 15 más pobres.

Los principales cantones que actualmente producen banano son Sarapiquí, Pococí, Guácimo, Siquirres, Matina, Limón, Talamanca, siendo que la mayor concentración de producción del Banano se ubicada en la zona del Caribe, generando con esto alrededor de un 76% de la mano de obra local. Estos también están entre los cantones más pobres del país.

La producción de banano, según Corbana, genera el 76% de la mano de obra de Limón, lo cual significa que tres cuartas partes de los trabajadores limonenses trabajan en las plantaciones bananeras. Sin embargo, Limón es la provincia más pobre del país.

¿Por qué las producciones de banano y piña no producen desarrollo humano, sino más bien pobreza? Esa es la cuestión a plantearse y no la de llevar más salarios de hambre con zonas francas. No hay ningún indicio y estudio de que nuevas zonas francas en zonas rurales puedan cambiar esa realidad de pobreza en esas regiones, a menos que el Estado y su Gobierno se involucren en políticas de apoyo a los sectores poblacionales más empobrecidos.

Como ha escrito German Masís en SURCOS Digital (https://wp.me/p6rfbZ-dgc): “En este sentido, el Atlas muestra la necesidad de orientar acciones de política pública que mejoren el desempeño de las instituciones del Estado costarricense, entre ellas resalta el fortalecimiento del sistema educativo, la atención de las realidades cantonales de manera diferenciada y la integración de poblaciones tradicionalmente excluidas, como las mujeres, los jóvenes, los pueblos originarios, la población afrodescendiente y las personas con discapacidad (ElPaís.cr,5-11-2020)”. Agregaría que es impostergable la revisión por parte del Gobierno de las políticas salariales en ese sector productivo y los derechos laborales.

Las zonas francas no son la solución, son parte del problema. La OCDE y el presidente Biden (que aclaro que NO son comunistas para orientación de algunos despistados) han recomendado la eliminación de las exoneraciones fiscales como método de atracción de inversiones. El camino, han dicho, es que esas empresas tributen. Pero aquí andamos por el camino inverso. Mientras el mundo viene, nosotros vamos.

La arrogante indiferencia de Palma Tica

Foto: Dania Obando | Rel UITA.

Una vez más nos toca hablar de Palma Tica (Grupo Numar) y de sus empresas subsidiarias en Costa Rica. Además de seguir rehusándose a instalar servicios higiénicos en las plantaciones y acondicionar lugares dignos para el consumo de alimentos, no pierden ocasión para tratar de debilitar al sindicato y desgastar a sus dirigentes.

Giorgio Trucchi | Rel UITA

Con Dania Obando

“Hay toda una estrategia de la empresa para levantarle el perfil al sindicato patronal e invisibilizar al nuestro. Con eso engañan a los trabajadores y pretenden quitarnos afiliados”, dijo a La Rel, Dania Obando, secretaria general del Sindicato de Trabajadores de la Palma (Sitrapa).

Ejemplo de ello es la decisión de la dirigencia de Palma Tica de no aceptar dos propuestas del Sitrapa acerca de la entrega de un bono trimestral y el acceso a préstamos de emergencia para trabajadores y trabajadoras.

“Nunca nos hicieron caso, pero cuál fue la sorpresa cuando nos dimos cuenta que estos mismos beneficios se los dieron al sindicato patronal en otra finca de la empresa”, lamentó Obando.

De esta manera y con el uso de artimañas, la compañía palmera busca debilitar a la organización más combativa y beligerante.

“Hay una presión insoportable para que los trabajadores se desafilien del Sitrapa. No ha parado la campaña antisindical de la gerencia de la empresa. Quieren desgastarnos”, advirtió.

Mujeres las más afectadas

Otros temas muy delicados que Palma Tica no ha querido abordar, ni resolver son el de la instalación de servicios sanitarios en el campo, el cuidado de la higiene personal y las áreas donde ingerir alimentos.

En especial las mujeres trabajadoras somos las que más sufrimos estas condiciones. Nos toca hacer nuestras necesidades al aire libre, limpiarnos como podemos y ni siquiera tenemos para lavarnos las manos antes de comer.

La situación se complica aún más –continuó la dirigente sindical– cuando tenemos nuestro período. Esto es vergonzoso y se convierte en un tema de dignidad”.

En una carta enviada recientemente al gerente general de la empresa, Obando aseguró que ella y el sindicato no descansarán hasta lograr la instalación de los servicios higiénicos y de lugares dignos donde consumir los alimentos.

Hablamos de una empresa que está certificada internacionalmente. Basta ya de jugar con la dignidad de las personas”, concluyó.

Ante esta situación, se desarrollarán acciones que contarán con el apoyo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines (Fentragh) y la Rel UITA.

En especial, la falta de solución al tema de los servicios sanitarios detonará en una campaña de denuncia internacional, que involucrará también a las autoridades del trabajo, responsables de no exigirle a Palma Tica el cumplimiento de las normas de salud laboral.

 

Fuente: http://www.rel-uita.org/

Resolución de Corte Interamericana pone en entredicho leyes anti huelgas en el continente

Artículo publicado en Semanario Universidad

Por Daniela Muñoz Solano | danielavms@gmail.com

8 abril, 2022

La CorteIDH condenó al estado guatemalteco por despedir a 65 trabajadores del Organismo Judicial de ese país por participar en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal. 

Una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos podría poner freno a las legislaciones que pretenden restringir el derecho de huelga en distintos países, incluyendo Costa Rica.

El pasado 26 de enero de 2022 la mencionada Corte comunicó la sentencia en el caso «Extrabajadores del Organismo Judicial Vs. Guatemala» e informó que encontró al estado de ese país responsable internacionalmente «por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 65 personas extrabajadoras del Organismo Judicial de Guatemala despedidas por su supuesta participación en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal».

La Corte IDH resolvió de manera unánime que ese Estado era culpable por la violación a las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial de los demandantes y también, acordó por mayoría (seis votos contra uno) condenar a Guatemala por violar el derecho a la huelga, la libertad de asociación, la libertad sindical, el derecho al trabajo y el derecho a la estabilidad laboral.

La huelga de los trabajadores del Organismo Judicial se dio en 1996 y fue declarada ilegal por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por lo que los participantes fueron despedidos. La Corte Interamericana resolvió que al «haber ejecutado los despidos como consecuencia directa de la declaratoria de ilegalidad de la huelga, sin un procedimiento previo e individualizado, violentó el derecho al debido proceso de las víctimas». Además, al no establecer un procedimiento claro para que se impugnara la declaratoria de ilegalidad de la huelga, la Corte consideró que el estado violentó el derecho a la protección judicial.

El tribunal internacional indicó que «el criterio de legalidad de la huelga es un elemento central respecto de la posibilidad de ejercicio del derecho de huelga», por lo que las condiciones y requisitos que la legislación establezca para que una huelga se considere legal «no deben ser complicados al punto de producir que en la práctica resulte imposible una huelga legal».

«Si bien se pueden establecer condiciones para ejercer el derecho de huelga en el marco de la negociación colectiva, estas condiciones deben ser razonables y en ningún momento deben afectar el contenido esencial del derecho de huelga, o la autonomía de las organizaciones sindicales», indicó el Tribunal, que también señaló que la legislación del momento establecía «limitaciones arbitrarias» al derecho de huelga, a la libertad de asociación, a la libertad sindical y afectaba el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral.

Esta resolución, según representantes de organizaciones sindicales y especialistas en temas judiciales podrían poner en jaque las normativas que pretenden restringir las huelgas en la región, como es el caso de la Ley N° 9808 «para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos», mejor conocida como Ley Anti Huelgas.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (Anep) celebró la sentencia afirmando que «su afiliación puede estar segura» tras la resolución. «Anep se viene preparando para litigar en la Corte IDH por las violaciones de Derechos Humanos que vienen ocurriendo en el país. Será un precedente de gigantesco impacto político-social y económico», comunicó la organización.

En entrevista con UNIVERSIDAD, el secretario general de la organización, Albino Vargas, dijo que el sindicato en conjunto con el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos está preparando litigios sobre derechos humanos a nivel internacional. Entre otros temas, esperan llevar ante la corte violaciones al derecho de huelga, a la negociación colectiva, al salario mínimo (incluso en el sector privado) y violaciones a derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas que consideran, se dan con la aprobación de la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas y la Ley marco de empleo público.

«Esto que resolvió la Corte en el caso de Guatemala es un anticipo de las vicisitudes que enfrentará el estado costarricense por emitir legislación violatoria de los derechos humanos consagrados en el sistema internacional», dijo el sindicalista.

Además recordó que en mayo del 2021 la misma corte emitió una opinión consultiva sobre la libertad sindical, el derecho de huelga y negociación colectiva (OC-27/21) que es de acatamiento obligatorio para el país, lo que sumado a la reciente sentencia, dice, «augura la muerte de la Ley Anti Huelgas».

«Esta Opinión Consultiva llegó en un momento importante porque es que la Sala renunció a la defensa de los derechos sociales que consagra la constitución y está alineada al poder económico y dominante, que es de corte neoliberal», agregó.

El sindicalista dijo que así como el país tuvo que incorporar, «en contra lo que querían el Ejecutivo, la Sala y la Asamblea Legislativa» el matrimonio igualitario y la fertilización in vitro a la legislación como consecuencia de decisiones de la CorteIDH, esperan que «pasen cosas semejantes en relación con derechos sindicales, salario mínimo, derecho a la huelga e incluso, en el caso de las condiciones en las pensiones».

Jorge Morales, jurista y ex secretario general del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), comentó que aunque las organizaciones del Poder Judicial aún no han realizado un análisis minucioso de la resolución, sí consideran que «llama poderosamente la atención pues sienta un importante precedente».

Además, recordó que durante la discusión de la mencionada ley, se emitieron informes por parte del Relator Especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, David Kaye; el Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Clement Nyaletsossi Voule; y el Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos, Michel Forst, señalando la incompatibilidad del texto con los tratados de Derechos Humanos de los que Costa Rica es firmante.

«Sin duda —dijo Morales— esta sentencia es un elemento importante que debe tomarse en cuenta. Las nuevas autoridades costarricenses deberían poner las barbas en remojo, viendo que las del vecino están ardiendo, esto debería ser motivo de alarma porque una condenatoria en cuanto a desprestigio, costos y demás sería peor incluso en términos fiscales, que la derogación o modificación de esas normativas que vulneran derechos», dijo.

 

Imagen ilustrativa.

La CTRN rechaza la aprobación de la Ley de Empleo Público por ser precarizada, antidemocrática y arbitraria para las relaciones laborales

SURCOS comparte la siguiente información:

Los tres poderes del Estado se han alineado para aprobar hace pocos días está autoritaria ley, a pesar de los múltiples llamados, alertas y planteamientos jurídicos y sociolaborales que hemos hecho todas las organizaciones sindicales, las universidades públicas y otras entidades importantes del Estado y de la sociedad civil, respecto a la inconveniencia de aprobar una norma que contiene varios aspectos medulares seriamente lesivos para las instituciones públicas, para los servicios a la ciudadanía y para las personas trabajadoras del sector público.

Con esta iniciativa se pretende instalar en el país un sistema de relaciones laborales arbitrario, impositivo, precarizador de las condiciones de trabajo y vida de los trabajadores y trabajadoras públicas. Su puesta en marcha va a generar un estancamiento laboral y un retroceso del derecho colectivo, que dará lugar a numerosas demandas de violación de derechos a nivel nacional e internacional, con el lamentable aumento de la conflictividad social.

Esta acción política antisocial obedece a una lógica economicista y austericida aducida por el Gobierno para reducir el déficit fiscal que argumentan es provocado por el sector público, lo cual es completamente falso, y cuyo objetivo no es sólo obtener un préstamo de “supervivencia” del Fondo Monetario Internacional, porque principalmente se pretende acabar con la organización legítima de los trabajadores y trabajadoras en las entidades públicas, quitarles todo mecanismo de participación para la defensa de sus intereses, proscribir de hecho y de derecho la negociación colectiva, y dejar desprotegidas a las trabajadoras y trabajadores públicos para defender sus derechos fundamentales e intereses legítimos y democráticos. Por eso para la elaboración de esta ley no se han priorizado los argumentos técnicos de fondo que son esenciales para fundamentar una mejora real de los servicios públicos; por el contrario, dichos servicios serán recortados de modo progresivo, y su deterioro gradual será negativo tanto para la atención de las necesidades ciudadanas, como para las personas trabajadoras públicas y sus familias.

No le importó al Gobierno y a los partidos cómplices de su visión, sacrificar a toda la población trabajadora del sector público, lo que también afectará al sector privado y a sus personas trabajadoras asalariadas formales e informales. El tejido productivo del país notará el golpe de la precarización laboral en poco tiempo, y la economía de muchas familias se resentirá indefectiblemente. Esto traerá una escalada de conflictos y una mayor polarización social, de cuyas consecuencias deberá hacerse responsable una parte de la clase política decadente, egocéntrica, traficante de influencias, contraparte de corrupciones, que ha perjudicado el bienestar general para su beneficio particular. 

Consideramos que esta iniciativa antilaboral, junto otras leyes antiobreras aprobadas en este periodo legislativo, evidencian un grave retroceso para la democracia, el trabajo decente, la protección social y los derechos laborales y sindicales de la gente. Las élites nacionales que están detrás del Poder Ejecutivo y de los partidos tradicionales, vinculadas con algunos grupos poderosos del sector empresarial, han logrado en esta legislatura imponer totalmente su agenda de intereses exclusivos y excluyentes, a través del control político de las instituciones y de los sistemas de decisión. Por eso no ha sido posible reforzar la legislación contra la evasión y elusión fiscal, o aprobar la ratificación del Convenio 190 de la OIT, entre otras muchas cosas que el pueblo viene reclamando sin encontrar puertas para el diálogo y la participación como exige el artículo 9 de la Constitución. 

La propia OIT, consultada por la Asamblea Legislativa en 2020 sobre este proyecto de ley, expresó numerosos comentarios sobre varias partes del articulado que podrían entrar en conflicto con los Convenios Internacionales ratificados por el país. A pesar de ello, los legisladores y legisladoras han mantenido la mayoría de contenidos que ponen en riesgo el cumplimiento de dichos Convenios, en especial en materia de los derechos de libertad sindical y de negociación colectiva. 

El signo principal del Gobierno saliente, que ha perdido desde hace mucho toda credibilidad de la población, ha sido su incapacidad y falta constante de voluntad para el diálogo social. Incluso con esta ley tramitada de manera autoritaria y sorda ante el pueblo, entierra el diálogo social en el sector público que es siempre un espacio indispensable para la estabilidad y la armonía laboral. 

Por todo ello seguiremos luchando para defender nuestros derechos y nada nos impedirá movilizarnos y responder con la unidad de acción sindical contra esta abusiva y despótica ley.

Confederación de Trabajadores Rerum Novarum. 

Miembro de ITCU CSI IGB

CSA TUCA

CSU

8 DE MARZO DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER DECLARACIÓN

Aporte de Rodrigo Aguilar Arce, Ex Presidente de la CTRN en el marco del Día Internacional de la Mujer

Marco Leandro

A siglo y 11 años de celebrarse el Día Internacional de la Mujer, este 8 de marzo de 2022, el movimiento sindical asume la responsabilidad de redoblar esfuerzos por el logro de los derechos de las mujeres en toda su amplitud. El 8 de marzo es una jornada en la que se pone en valor la lucha por los derechos de la mujer y se reivindica la igualdad respecto a los hombres.

EL ORIGEN DEL DÍA DE LA MUJER 

Fue en 1975 cuando Naciones Unidas declaró el Día Internacional de la Mujer el 8 de marzo, aunque los orígenes sobre esta fecha son más bien inciertos. En realidad, hay varios acontecimientos y manifestaciones que a lo largo de los siglos XIX y XX que marcaron la lucha por los derechos de la mujer. Es el caso del incendio en la fábrica textil Triangle Shirtwaist Company, el 25 de marzo de 1911 en Nueva York, donde murieron más de un centenar de personas, sobre todo mujeres inmigrantes de entre 17 y 24 años.

En realidad, no hay un evento concreto sino luchas, concentraciones huelgas de mujeres que terminaron convirtiéndose en una constante.

Por ejemplo, recuperan en “Marea”, en 1853 unas 21.000 personas  el 55,8%, niñas menores de 13 años de los talleres de Preston, en los distritos del algodón de Manchester, protagonizaron huelgas y todo tipo de disturbios.

En 1857, por otro lado, miles de trabajadoras del sector textil salieron a las calles de Nueva York para protestar por las malas condiciones laborales. También en Nueva York, pero en 1908 y bajo el lema ‘Pan y Rosas’, se manifestaron 15.000 mujeres pidiendo una mejora de las condiciones y el fin del trabajo infantil.

En Europa, por otro lado, fue la líder socialista Clara Zetkin quien instó en la primera Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, el 1907 en Sttutgart, a realizar una campaña a favor del voto de la mujer. En 1910, en la II Conferencia, Zetkin propuso la creación de un Día Internacional de la Mujer, idea que cogió de las mujeres americanas del Partido Socialista. Así, la primera vez que se conmemoró en varios países el Día de la Mujer fue en 1911.

El movimiento sindical costarricense ha venido conmemorando este trascendental día, por considerarlo altamente representativo, por su valor imponderable, y porque nos permite revisar una serie de elementos vitales en nuestro cotidiano quehacer, y en las proyecciones de acción, gestión y lucha que debamos emprender.

BREVE REPASO AL ORIGEN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Para la Profesora Universitaria Gabriela Arguedas, con un mensaje profundo dado en el año del centenario, nos expresó que el 8 de marzo no se festeja, que no es una fiesta, que no es motivo para un carnaval o un regalo y que existe una diferencia profunda entre un festejo y una conmemoración, y agrega: el 8 de marzo no es la fecha para que se despliegue toda la furiosa competencia mercantil de rebajas, ramos florales y tarjetas coloridas con frases de lugares comunes.

Según dicha profesora la tendencia, cada vez más enajenante de eliminar el contenido histórico de las fechas conmemorativas solo sirve a un propósito: la asimilación y, por ende, la desaparición, y que cuando algo pierde su contenido simbólico, deja un espacio hueco en el que luego se puede colocar cualquier cosa, por absurda o insultante que sea, agregó que  es precisamente eso, lo que no quiere que suceda con el 8 de marzo, es decir, no es un día para celebrar el esencialismo o para que algunos tengan ocasión de pasarse de listos, y cierra estos criterios diciendo que el 8 de marzo es un día para que la memoria reviva y la dignidad se sacuda.

La Comisión Ampliada de las Mujeres Sindicalistas, CRAMS, de nuestra Subregión ha expresado que  la conmemoración del El Día Internacional de la Mujer Trabajadora, recoge la lucha emprendida en la Antigua Grecia por Lisístrata, quien inició una huelga sexual para poner fin a la guerra y surgió a raíz de las acciones de mujeres de los movimientos sindicales durante el Siglo XIX y principios del Siglo XX.

Diversas fuentes destacan  que su  establecimiento formal se dio en la reunión de la Internacional Socialista realizada en Copenhague en 1910, en la que participaron más de 100 mujeres de 17 países, además un elemento determinante para esta conmemoración de esta fecha resulta ser el caso de las 129 mujeres que durante una huelga pacífica murieron quemadas en un incendio en la fábrica Cotton Textile Factory, quienes  protestaban por sus condiciones laborales, un aumento de los salarios, una reducción de la jornada laboral y el fin del trabajo infantil.

Arguedas  señala que el origen histórico de esta fecha conmemorativa es muy discutido y que investigaciones elaboradas por historiadoras feministas ubican los hechos que marcaron esta fecha en el año 1857, y  destaca acciones del sindicato de costureras de la compañía textil en Lower East Side, Nueva York que convocó a una marcha en el mes de marzo para demandar una jornada  laboral limitada a 10 horas; por otra parte  indica que en 1867, tuvo lugar otra manifestación, en esa misma ciudad, de mujeres trabajadoras, que seguían bajo condiciones de profunda explotación laboral. En todas estas manifestaciones la represión policial fue sumamente violenta.

La Prof. Arguedas señala también, que en 1908 las mujeres del Partido Socialista Norteamericano fundaron unas jornadas de reflexión y acción denominadas Woman’s Day (Día de la Mujer). Sus reivindicaciones iniciales fueron la defensa incansable del derecho de las mujeres al sufragio, a gozar de derechos en el trabajo y a luchar en contra de la guerra y expresa que fue en 1910, en Copenhague, durante la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, donde se presentó una propuesta del Partido Socialista Norteamericano, para instaurar el Día Internacional de la Mujer. Esta propuesta, finalmente, fue aprobada, en mucho, gracias al apoyo brindado por la socialista alemana Clara Zetkin.

La Agencia France Press reconoció también que la jornada se consagra a la lucha por la igualdad y la emancipación de las mujeres, y se inspira en las luchas de la socialista alemana Clara Zetkin, quien lanzó la idea sin proponer una fecha fija, en la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas celebrada en agosto de 1910 en Copenhague, ello de acuerdo al señalamiento de la historiadora francesa Françoise Picq.

Dicha agencia ha expresado que, desde su lanzamiento en 1910, las mujeres han conquistado numerosos derechos civiles, políticos y laborales, pero la plena igualdad con el hombre sigue siendo un objetivo pendiente, en la gran mayoría de los países las mujeres siguen sufriendo, en mayor o menor medida, discriminaciones de todo tipo cuando no situaciones de opresión.

LA SITUACION PREVALECIENTE

Sabemos que, a pesar de llevar más de cien años de conmemoración, las condiciones laborales de la gran mayoría de mujeres en el mundo entero y por su puesto en Costa Rica siguen siendo deplorables.

La división sexual del trabajo perdura y mantiene a muchas mujeres e incluso a niñas en una situación que bien podemos llamar de esclavitud.

Las mujeres que han logrado incorporarse al mercado de trabajo formal ganan un 70% del salario de los hombres, a pesar de realizar las mismas funciones y de estar, en muchos casos, mejor calificadas.

Los derechos laborales de las mujeres se sostienen en el papel, a punta de uñas y dientes, pero en la vida cotidiana es todavía más difícil, al punto que ya parecen solo un puñado de buenas intenciones.

La discriminación en toda su esencia se mantiene tanto en lo laboral como en lo político.

El acoso laboral y el acoso sexual constituyen dos de los más feroces flagelos tanto en el orden laboral como político, tanto en el sector privado como en el sector público.

La trata de blancas y la utilización de niñas adolescentes en trabajo sexual constituyen una verdadera vergüenza nacional.

En los pocos casos de existencia de negociación colectiva en empresas públicas y privadas los temas relativos a las mujeres están levemente reconocidos o no lo están del todo.

La informalidad, la precariedad son condiciones que imposibilitan el desarrollo sindical de las mujeres.

EL COMPROMISO CON LOS SIGUIENTES RETOS

Las organizaciones sindicales y las mujeres sindicalistas asumimos este 8 de marzo de 2022 los siguientes retos:

Apoyar a todas aquellas mujeres que se organizan y resisten las agresiones del capitalismo salvaje en todas sus expresiones: flexibilidad laboral, tercerización, feminicidio, machismo, desprotección social, maltrato, desigualdad, desvalorización de las mujeres y sus derechos, y poca o nula participación en los procesos sociales, económicos y políticos.

Incrementar los esfuerzos para la superación de la situación prevaleciente por cuanto estamos convencidos que son las mujeres junto a las personas jóvenes e inmigrantes, quienes soportan la mayor precariedad laboral y la desigualdad salarial, esto les convierte en las personas más vulnerables ante la crisis económica.

Trabajar en unidad con todo el movimiento sindical y todas las mujeres que son maltratadas, humilladas, explotadas, oprimidas, subyugadas, día a día por el sistema Neoliberal.

Luchar y levantar una sola voz desde los distintos espacios, demandas y reivindicaciones. Para ello debemos enfrentar el modelo con organización, lucha y rebeldía para lograr una participación efectiva, protagónica, donde nuestra voz sea escuchada.

Intensificar la lucha para la participación de las mujeres en definición de políticas de empleo, de educación, de formación profesional técnica y de procesos de intermediación que constituya un elemento sustantivo de la misma política.

Constituir una estructura sindical participativa, horizontal, democrática, honesta, con igualdad de género, que tenga capacidad de unificar el pensamiento y la acción sindical, en el respeto a la pluralidad y diversidad, a través de procesos de evaluación, formación y formulación de una propuesta incluyente de todos los sectores que forman nuestra base, para lograr un movimiento sindical fuerte, vigoroso y poderoso, con credibilidad.

Luchar para que la dimensión y equidad de género sea considerada como componente transversal de los análisis y la definición de acciones sobre innovación, empleo, combate a la pobreza y fortalecimiento de la gobernabilidad democrática.

Continuar las acciones para que se disminuya la brecha de equidad existentes tanto en torno al acceso a las fuentes de trabajo, en los niveles operacionales, técnicos y profesionales como en la desigualdad salarial existente, en las diversas actividades de la economía nacional.

Divulgar y dar a conocer en todos los rincones del país los derechos y garantías laborales, constitucionales y los convenios y convenciones internacionales que garantizan los derechos económicos, en salud laboral, social y cultural como componentes esenciales para garantizar calidad del trabajo a las mujeres y a los jóvenes.

Promover la formación técnica, de competencia y empresarial para mujeres excluidos del sistema formal de la educación.

Luchar para que se reconozcan el potencial y la capacidad organizacional que tienen las mujeres para desarrollar actividades productivas.

Gestionar el desarrollo de observatorios de empleo con la efectiva participación de mujeres para detectar no solo las necesidades de oferta y demanda, sino para determinar los niveles de formación que posen las mujeres y los jóvenes en determinados entornos regionales o locales, para establecer proyectos productivos.

Capacitar conjuntamente con los sindicatos a trabajadores y trabajadoras en lo referente a sindicalismo.

Realizar convenios con las empresas donde se le facilite crédito y materiales a bajo costo a fin de que las mujeres puedan trabajar con microempresas que brinden mejores ingresos para ayuda a su familia.

Revisar los programas educativos tanto técnicos como profesionales en los diferentes entes educativos: INA, universidades, con el fin de realizar un diagnóstico de las necesidades laborales en las diferentes regiones del país, a efecto de coordinar con el ministerio de trabajo para que se cree la bolsa de empleo funcional.

Asegurar una cuota de un 50% mínimo de participación de las mujeres en puestos directivos en las diferentes organizaciones sindicales tanto nacionales como internacionales.

Fomentar el incremento de sindicatos en el sector privado principalmente en los sectores de los regímenes especiales “zonas francas, perfeccionamiento activo” con el fin de lograr estabilidad laboral.

San José, 8 de marzo de 2022

Rodrigo Aguilar Arce

Ex Presidente de la CTRN

Violencia institucional contra gente trabajadora

Manuel Hernández

Desde el inicio de la pandemia, casi 250.000 personas trabajadoras se han visto afectadas por la salvaje reducción de las jornadas de trabajo y la suspensión de los contratos de trabajo, sin goce de salario.

La Inspección de Trabajo, en lugar de proteger los intereses legítimos de los trabajadores, ha tenido a su cargo la dirección de esta deplorable orquesta patronal.

Esto se llama violencia institucional contra la gente trabajadora más vulnerable.

Sobreseimiento definitivo para Carlos Andrés Pérez Sánchez

Surcos comparte la siguiente información:

La Protesta Social es un Derecho Humano

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU), el Bloque de Vivienda Nacional, la Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT), la Coordinadora Campesina y el Movimiento de Trabajadores y Campesinos (MTC) solicitamos de forma vehemente al Estado costarricense la cesación de la persecución política en contra de personas defensoras de derechos humanos. Así, exigimos EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO para el joven trabajador y sindicalista de 28 años Carlos Andrés Pérez Sánchez, obrero de la Refinería Costarricense de Petróleo (RECOPE) quien ha sido acusado de manera ilegítima de supuestos delitos que jamás ocurrieron.

Carlos Andrés es una víctima más de la persecución política, administrativa y judicial ejecutada por el estado a través del Poder Ejecutivo, RECOPE y la Fiscalía General de la República. Una persecución sistemática que ha sido alimentada a través de los medios de comunicación hegemónicos que ejercen una dictadura mediática complaciente de los intereses de las élites económicas.

Carlos Andrés fue detenido injustamente el 11 de septiembre del año 2018 cuando, en ejercicio de su derecho fundamental a la manifestación pacífica reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, suscritos y debidamente aprobados por Costa Rica, se le acusó de causar daños a bienes propiedad de RECOPE, institución para la cual trabajaba. Carlos Andrés en un acto heroico acudió a atender una emergencia de una posible fuga de gas en las instalaciones de su trabajo, acción para la cuál ha sido preparado como parte de las medidas de atención de riesgos ante eventuales peligros. Hecho que se da durante el período de huelga acontecido durante el año 2018 en contra del combo fiscal (Proyecto Ley 20.580. Ley de Modernización de las Finanzas Públicas) promovido por el gobierno central y la Asamblea Legislativa; huelga que él apoyaba dentro de los límites del ordenamiento jurídico, esta es la verdadera razón del por la cual es acusado.

Este joven trabajador y padre de familia, fue sometido a un juicio mediático a nivel nacional, siendo catalogado por los medios de comunicación más poderosos como un terrorista, inclusive fue acusado por el presidente de la república, Carlos Alvarado Quesada, sin antes tener un juicio en el cual se demostrara su culpabilidad, violentando así el principio constitucional y penal de inocencia.

Posteriormente fue sometido a un amañado juicio penal de flagrancia donde es declarado culpable, juicio que luego fue anulado por el Tribunal de Sentencia Penal del II Circuito Judicial de San José al demostrarse vicios de nulidad en el fallo condenatorio emitido por el juez Sergio Céspedes Rivera (Tribunal del Flagrancia de Limón, causa 18-000244-1130-PE), quien en primera instancia fue amonestado, ordenando la liberación de Carlos (26 de febrero, 2019).

Carlos Andrés Pérez Sánchez ha tenido que sufrir el injustificable peso de atravesar un proceso penal donde estuvo detenido en prisión durante 100 días, como preso político, condenado en un juicio con serios vicios procesales. Todo esto a pesar de que el material probatorio, el análisis fáctico y jurídico del caso, señalan claramente su inocencia. Además, a nivel de derechos laborales, fue despedido de su trabajo arbitrariamente sin responsabilidad laboral, causando un impacto en la estabilidad emocional y económica a nivel personal y familiar.

Por todo lo anterior, como organizaciones del movimiento social defensoras de los Derechos Humanos solicitamos se declare el sobreseimiento definitivo a Carlos Andrés Pérez Sánchez, con fundamento en el inciso a) del artículo 311 del Código Penal, que dicta que procederá el sobreseimiento cuando el hecho denunciado no se realizó o no fue cometido por el imputado.

Hacemos un llamado a las personas comprometidas con la justicia social, a las organizaciones sociales nacionales y a la comunidad internacional para que se solidaricen con Carlos Andrés, denuncien la violación sistemática de derechos fundamentales que sucede en Costa Rica y se unan para denunciar la represión y persecución penal, civil y política contra quienes ejercen el legítimo derecho a la protesta social. A la vez, convocamos a hacernos presentes los días 24 y 25 de febrero a los Tribunales de Limón, para recuperar la confianza en los tribunales de justicia y se dicte el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A CARLOS ANDRÉS PÉREZ SÁNCHEZ.

PROTESTAR NO ES UN DELITO, ES UN DERECHO HUMANO
Firmas responsables:

ACODEHU, CUT, MTC

Bloque de Vivienda Nacional,

Coordinadora Campesina

Costa Rica

Por lo que le solicitamos adscribirse como persona o como organización a Petición  del SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO para compañero Carlos Andrés Pérez Sánchez, joven obrero de Costa Rica víctima de persecución penal y política desde la huelga 2018.

https://forms.gle/M6DnYU17m19CZ9b8A

Gracias de antemano.

Nuevo golpe para la clase trabajadora por parte de la Asamblea Legislativa

La Confederación de Trabajadores Rerum Novarum expresa su decepción y profunda preocupación ante la conducta deplorable de las y los diputados de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, de archivar una importante iniciativa para la ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el cual es el primer tratado internacional que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Para nuestro país, es de la más alta prioridad lograr un mundo del trabajo totalmente libre de violencia y acoso laboral, lo que debe lograrse con la acción comprometida y patriótica de los tres poderes del Estado para dar esa garantía esencial a toda la ciudadanía, y especialmente a las mujeres trabajadoras que tanto sufren el flagelo de la violencia, el acoso y la discriminación en el trabajo.

Es muy lamentable que la Asamblea Legislativa saliente, con pocas y muy meritorias excepciones, tenga un nivel tan bajo de compromiso con la ciudadanía, con los trabajadores y trabajadoras de todos los sectores de la nación, y con la comunidad internacional, en un asunto que es trascendente para la democracia y la sana convivencia social y laboral.
La CTRN espera que el nuevo Gobierno y la nueva Asamblea Legislativa puedan retomar lo antes posible las acciones para ratificar el Convenio 190, y de esa forma reforzar las leyes y políticas para prevenir y erradicar la violencia y el acoso en los centros de trabajo, como corresponde en toda sociedad civilizada.

Condena internacional por cancelación del Movimiento de Mujeres María Elena Cuadra (MEC) y otras organizaciones en Nicaragua

Centroamérica, 16 de febrero de 2022.

Las organizaciones que integran la Red Centroamericana en Solidaridad con las Trabajadoras de la Maquila (REDCAM), consorcios, sindicatos y organizaciones no gubernamentales centroamericanas y europeas, condenamos la violencia institucional del Gobierno de Nicaragua contra el Movimiento de Mujeres María Elena Cuadra (MEC) y otras cinco organizaciones no gubernamentales, a las que el gobierno nicaragüense, a través, de la Asamblea Nacional, canceló su personalidad jurídica este 15 de febrero de 2022, entre ellas: Fundación Promoción y Desarrollo de las Mujeres y la Niñez Blanca Arauz (Fundemuni), Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), Centro Nicaragüense para la Promoción de la Juventud y la Infancia y la Fundación Iberoamericana de las Culturas (Fibras).

La cancelación es parte de un largo proceso de persecución, que ha incluido allanamientos, capturas y otras vulneraciones a los derechos humanos del personal y dirigentes del Movimiento María Elena Cuadra, así como a más de 90 organizaciones no gubernamentales, universidades y periodistas, ya que se han aprobado leyes atentatorias del derecho a la asociación, libertad de expresión y defensa de los derechos humanos, como la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros. Amparados en esta ley, se atribuyen afirmaciones falsas al MEC y se violó su derecho al debido proceso, ya que las autoridades se negaron a recibir la documentación que demostraba el cumplimiento de la ley, por parte de esta organización feminista con más de 28 años de trayectoria en la defensa de los derechos de las trabajadoras y las mujeres más pobres del país. 

Demandamos al Gobierno de Nicaragua y al Presidente de la República Daniel Ortega, cesar la persecución contra el personal del MEC y cualquier vulneración de sus derechos humanos. Reiteramos que el gobierno nicaragüense es suscriptor de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros, que contienen una serie de principios y derechos elementales derivadas de instrumentos nacionales e internacionales que protegen a las personas defensoras de derechos humanos. 

La cancelación y persecución de las organizaciones no gubernamentales demuestran la gravedad del accionar represivo del gobierno contra los derechos de las mujeres y la ciudadanía nicaragüense, a expresarse con libertad, a ejercer su derecho al trabajo, derecho al debido proceso, a organizarse, a defender sus derechos y vivir dignamente. Es una muestra más de que la vida en Nicaragua es insostenible, ante lo cual la comunidad internacional no puede quedarse apática ya que estas medidas violan derechos elementales reconocidos desde 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por mencionar algunos:

Artículo 3:

“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”; Artículo 6. “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”.

Artículo 8:

“Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 10:

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Demandamos al Estado de Nicaragua la restitución de los derechos violentados, expresamos nuestra solidaridad y solicitamos el apoyo de instancias internacionales, a pronunciarse y demandar el cese inmediato de los reiterados atropellos y vulneraciones a los derechos humanos de las dirigentes y personal del Movimiento María Elena Cuadra y de las organizaciones no gubernamentales canceladas por el gobierno nicaragüense, en los últimos meses.

 

Imagen ilustrativa.

Acción urgente: Ataque a las normas de salud y seguridad en la industria cárnica brasileña

Imagen: Allan McDonald – Rel UITA

El establecimiento, en 2013, de la norma de salud y seguridad (NR 36), para la industria de procesamiento de carne y sus derivados, fue un gran avance para los derechos de trabajadores y trabajadoras en Brasil.

UITA

Actualmente las empresas cárnicas están presionando al Gobierno brasileño para que retire o debilite la normativa. Pulse AQUÍ para enviar un mensaje urgente al Gobierno.

La NR 36 entró en vigor tras 15 años de campaña nacional e internacional en favor de la seguridad y salud en la industria frigorífica y se promulgó para frenar la epidemia de lesiones por esfuerzo repetitivo y otras enfermedades profesionales, regulando una revisión de las prácticas laborales para prevenir dichas lesiones; entre estas medidas destaca la estipulación de pausas durante la jornada laboral.

La NR 36 establece además la participación de trabajadores y trabajadoras y sus representantes en el desarrollo y el control de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, de acuerdo con las normas internacionales, incluido el Convenio 155 de la OIT.

El secretario general Adjunto de la UITAJames Ritchie, declaró «Hoy, en medio de una pandemia mundial, el gobierno brasileño, respaldado por poderosos intereses empresariales, se prepara para retirar o debilitar seriamente la NR 36.

Instamos a todas las afiliadas de la UITA y organizaciones hermanas a enviar un mensaje a las autoridades de Brasil, para pedirles que no retiren o modifiquen la legislación.»

 

Fuente: http://www.rel-uita.org/