La interpretación del soberano

Autor: Luis Carlos Acuña, Doctor en Derecho U.C.R

Transcrito del original en PDF por Sofía Jiménez Murillo

A partir de su discurso agresivo y provocativo, el presidente está librando una guerra contra la mayoría de las instituciones del país. Como parte de ese discurso, ahora el SEÑOR PRESIDENTE -como la novela de Miguel Ángel Asturias- se enfrenta al derecho, específicamente a la interpretación de las leyes. El señor presidente se siente con la sapiencia necesaria para poder entender e interpretar la ley, a pesar de que su especialidad académica es otra.  

Por mi formación de abogado, alzo la voz contra quien se considera ‘soberano’ de un país y ensaye conocer, entender y saber interpretar la ley, y peor aún, contradecir al ente estatal, que por ley, fiscaliza, avala e interpreta la ley.

Sin duda, omite el señor ‘presidente’ valorar los métodos ‘científicos’ o racionales del derecho, que constituyen el discurso profesional de los juristas. Cualquier ciencia para llamarse tal, está centrada en un universo teorético que la constituye. La cientificidad del derecho depende de cómo sea su lenguaje; y de cómo lo emplean sus operadores profesionales, los juristas. Mal o bien, la ciencia del Derecho utiliza un campo de juego donde se mueven los operadores jurídicos, a través de un lenguaje especializado que requiere ciertas habilidades y conocimientos específicos. 

Es habitual que surjan discusiones entre juristas y personas que carecen de formación legal sobre la interpretación de la ley; sin embargo, en el Estado moderno existe una especie de intérpretes ‘autorizados’ que zanjan la discusión: jueces, árbitros, instituciones administrativas, Sala Constitucional, interpretaciones auténticas y otras. Ciertamente cualquier lenguaje encierra imprecisiones y ambigüedades, pero ello no implica la inexistencia de cierta racionalidad en la tarea de la interpretación legal.

Pareciera que el señor presidente quiere regresar al absolutismo, pretendiendo erigirse en un intérprete autorizado de las leyes, en el soberano que descifra y entiende el único significado verdadero de las normas.

Lo ocurrido entre el señor presidente y la Contraloría debe llamar a la reflexión, la exegesis que realiza cualquier intérprete autorizado, con independencia de que nos guste o no, debe respetarse, no es una elección, es una obligación, como bien dijo la contralora. Una de las funciones del lenguaje jurídico es la prescriptivo-normativa, como ocurre con la legislación de la contratación administrativa, el no entender este principio básico hace que algunos operadores jurídicos y las personas en general, caigan en la trampa de creer que el lenguaje jurídico también admite otras funciones, como relacionar la función prescriptivo – normativo con ideas de justicia. El plano prescriptivo-normativo tiene su propio campo de juego, y ahí reside el error del señor presidente, querer utilizar su propia lógica, su propia función, en detrimento de la naturaleza descriptiva-normativa de la legislación cuestionada.

Las expresiones lingüísticas de una determinada ciencia social se usan en la práctica, de acuerdo con distintas reglas específicas. A modo de ejemplo, si alguien pretende jugar fútbol soccer debe utilizar y respetar las reglas creadas para este, de lo contrario, realmente no sería un juego de fútbol y estaría jugando a otra cosa. Debido a que el lenguaje jurídico es una variante del lenguaje común, este permite que hasta un economista pueda opinar sobre interpretación legal. Empero, para evitar el caos y darle efectos prácticos a las disposiciones legales, no suele tomarse en cuenta a cualquier intérprete, por el contrario, la necesidad de armonía y orden de cualquier sistema jurídico contemporáneo, requiere de ‘intérpretes autorizados’ previamente definidos por el propio sistema y es evidente que la Contraloría General de la República es uno de esos intérpretes autorizados. Nos guste o no, ello significa que el derecho dirá, en la práctica, lo que esos intérpretes entienden lo que ahí ‘dice’. Estos específicos intérpretes son aquellos que disponen de la autoridad suficiente para decidir qué dice -y también que no dice- una ley o regla específica. Además, la interpretación que realizan los autorizados no es caprichosa, para ello la dogmática jurídica ha creado distintos métodos para la interpretación jurídica.

Se percibe que el señor presidente replica las palabras de Luis XIV “El Estado soy yo”, en lugar de practicar el juramento constitucional «¿Juráis a Dios y Prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República…”, en este país quien gobierna son las leyes, no los hombres.

Señor presidente, lo invito a respetar las leyes y las interpretaciones que realizan los autorizados, reflexione sobre su juramento constitucional, zapatero a tus zapatos. 

Imagen tomada de: https://concepto.de/ley-organica/