UNED: Posición del Consejo Universitario sobre el Acuerdo Escazú

En el pronunciamiento relacionado con el “Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, conocido como Acuerdo de Escazú que realizo la Universidad Estatal a Distancia – UNED, se acordó que la Universidad Estatal a Distancia (UNED) está a favor de la ratificación del Acuerdo de Escazú, como parte de las acciones nacionales en defensa y promoción de los derechos ambientales y para la protección de los recursos naturales y de las personas defensoras del ambiente. Y que se va a solicitar al presidente de la República, señor Carlos Alvarado Quesada, y a su gabinete, cumplir con el compromiso adquirido por el país para la ratificación del Acuerdo de Escazú, además instar a la Asamblea Legislativa para que proceda con la aprobación final del Expediente N.º 21.245, (Acuerdo de Escazú), solicitar a la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación, llevar a cabo actividades de difusión y divulgación sobre el Acuerdo de Escazú a la comunidad costarricense, y finalmente, instar a las dependencias universitarias a organizar actividades de difusión en materia ambiental con base en lo establecido en el Acuerdo de Escazú.

A continuación se encuentra el acuerdo completo:

PARA: Centro de Educación Ambiental, Carlos Chaves Ramírez, Rectoría
DE: Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general, Secretaría Consejo Universitario
FECHA: 15 de junio de 2021
REF: CU-2021-185

Les transcribo el acuerdo tomado por el Consejo Universitario, en sesión 2859-2021, Articulo III, inciso 1) celebrada el 10 de junio de 2021:

CONSIDERANDO:

  1. El oficio CR-2021-813 del 1 de junio del 2021 (REF. CU-327-2021), en el que se transcribe el acuerdo tomado por el Consejo de Rectoría en sesión 2166-2021, Artículo I, inciso 7) celebrada el 31 de mayo del 2021, en que solicita al Consejo Universitario acoger la propuesta para que la UNED se pronuncie a favor de la ratificación del “Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, conocido como “Acuerdo de Escazú”, presentada por la Rectoría y elaborada por el señor Carlos Chaves Ramírez.
  2. El oficio R-0625-2021 del 9 de junio del 2021 (REF. CU-359-2021), suscrito por el señor rector, Rodrigo Arias Camacho, en el que justifica la inclusión de este asunto en la agenda de la sesión extraordinaria 2859-2021 del Consejo Universitario, del 10 de junio del 2021.

SE ACUERDA:

Acoger el siguiente pronunciamiento:

Pronunciamiento relacionado con el “Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, conocido como Acuerdo de Escazú

CONSIDERANDO QUE:

  1. El Acuerdo de Escazú es el primer convenio regional en materia ambiental y de derechos humanos enfocado en la protección de la integridad de personas defensoras, movimientos y pueblos en pro de la conservación de los recursos naturales y la salud pública, suscrito por países de Latinoamérica y el Caribe. Convenio firmado por 24 países hasta el presente, cuyo objetivo central es el siguiente:

garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de manera oportuna y adecuada, a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno y a acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados

  1. Los antecedentes que originan el acuerdo regional se llevan a cabo en eventos internacionales citados inicialmente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), según se detallan a continuación:

Año 1992: la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocida como la “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”, en la que participaron 172 países con el objetivo de “establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas”, en el cual se definen 27 principios basados en la protección del ambiente, conservación de los recursos naturales y cooperación internacional. Incluyendo aspectos fundamentales como mejorar la calidad de vida de sus habitantes a través de los servicios de salud, la economía, la participación ciudadana y la promoción de la paz entre las naciones.

Dentro de los 27 principios, se destaca el Principio 10, que sirve como base del Acuerdo de Escazú, señalando lo siguiente:

“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos”.

“Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos, el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.”

Año 2012: Conferencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (Río+20), conocido como “El futuro que queremos”, en el cual los Estados reafirman sus compromisos económicos, sociales y ambientales basados en un modelo de desarrollo sostenible para las presentes y futuras generaciones, que debe cumplirse en el nuevo milenio.

Además, hace un importante énfasis en la igualdad de género, en el empoderamiento de las mujeres e igualdad de derechos sin importar la raza, el color, las ideologías políticas, personas con capacidades diferentes, estatus económicos, edad, entre otros. También expone la gran relevancia del cambio climático como una amenaza global que pone en riesgo la supervivencia humana, siendo una obligación de los Estados y sus sociedades la de buscar los mecanismos de mitigación adaptación y resiliencia ante ello.

Por lo anterior, los Estados reafirman su compromiso con los “Principios de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” y se generan iniciativas regionales, dando lugar a La Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe.

Año 2014: los países signatarios de la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe inician un proceso de negociación para alcanzar un acuerdo regional.

Año 2015: el Acuerdo de Escazú es un compromiso adquirido por el Estado costarricense desde ese mismo año.

Año 2016: inician las negociaciones regionales y un total de 23 países signatarios de América Latina y el Caribe suscriben el Acuerdo.

Año 2018: IX Reunión del Comité de Negociación, en conjunto con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 24 países de la región Latinoamericana y del Caribe firman el Acuerdo en el cantón de Escazú, en San José, Costa Rica, de ahí su nombre, Acuerdo de Escazú. Es considerado el primer tratado ambiental de la región, concebido como un instrumento multilateral que permite:

1) Acceso a la información, 2) participación pública y 3) acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Año 2021: el Acuerdo de Escazú ha sido ratificado, hasta ahora, solo por 12 países de la región; entró en vigor el pasado 22 de abril del año 2021 en conmemoración del Día Internacional de la Tierra.

  1. Costa Rica fue promotora y sede de la firma del Acuerdo Escazú, sin embargo, aún no lo ratifica, por lo queda a la espera de la posición del Gobierno de la República de Costa Rica en relación con el Expediente N.º 21.245 Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú)
  2. Para la Agenda del Desarrollo Sostenible 2030, el Acuerdo de Escazú es una herramienta multilateral de democracia ambiental en el cumplimiento de los 17 Objetivos que plantea dicha Agenda; adquiriendo especial relevancia si se toma en cuenta que Costa Rica fue el primer país en firmar el Pacto Nacional por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en el año 2016. Este es un reto trascendental para el país y que, gracias a ello, ha puesto en marcha distintas iniciativas en torno a los ODS, por ejemplo:

– Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2018-2030.

– Plan Nacional de Descarbonización 2018-2050.

– Estrategia de Transformación Digital hacia la Costa Rica del

Bicentenario 4.0 2018-2022.

– Política Nacional de Producción y Consumo Sostenibles 2018-

2030.

– Campaña “No dejar a nadie atrás”: basados en principios de

igualdad, no discriminación ni exclusión, con el fin de cumplir con

los ODS al año 2030.

  1. El Acuerdo de Escazú es fundamental para “No dejar a nadie atrás” como un insumo para proteger la integridad de las personas, del derecho a manifestarse en las decisiones sobre la gestión de los recursos naturales, y de tomar en cuenta a todas las personas, sin importar su género, raza, grupo etario, capacidades diferentes o de cualquier condición. Igualmente, reconoce la importancia de la trasparencia y el acceso oportuno a información medioambiental, y a contar con mecanismos efectivos de protección a las personas defensoras del ambiente, así como de hacer denuncias y facilitar los cobros a quienes provoquen daños ambientales y sociales.
  2. En comunicado de prensa de Casa Presidencial del 5 de mayo del 2021, el actual presidente de la República de Costa Rica, don Carlos Alvarado Quesada, hace énfasis en asuntos de “Sostenibilidad y Descarbonización”, y de poner en marcha el Acuerdo de Escazú, afirmando lo siguiente:

“El Acuerdo de Escazú lleva ese nombre como reflejo del liderazgo del país en la materia. Un acuerdo que refuerza el acceso público a la información ambiental, a la participación y al acceso de justicia en asuntos ambientales no debe ser sujeto de miedos, cálculos o excusas para nadie. A todas luces lo correcto es ratificarlo.

Igualmente debemos prohibir la exploración y la explotación petrolera. Por falsas ilusiones de riqueza sucia, no podemos darle la espalda a un legado verde construido por generaciones, cuando el mundo entero hoy se aleja del petróleo y ve a la Costa Rica verde como referente mundial.”

  1. América Latina es una de las regiones del mundo donde se reporta la mayor incidencia de asesinatos contra ambientalistas, representantes indígenas y comunales. Durante el año 2018, un total de 164 defensores fueron asesinados en toda Latinoamérica. En el caso de Costa Rica, en el año 2013, el conservacionista y biólogo Jairo Mora Sandoval, fue asesinado en la playa de Moín (Limón) por defender nidos de tortugas marinas contra el saqueo de los huevos. Los casos más recientes como el asesinato de los dirigentes indígenas Sergio Rojas y Jerhy Rivera, en los años 2019 y 2020, en los territorios indígenas de Térraba y Salitre, en Buenos Aires de Puntarenas.
  2. Costa Rica es un país que apuesta por una economía más verde y el desarrollo sostenible, siendo cada vez más las personas que se suman a los movimientos socioambientales. Importancia especial adquieren la niñez y la juventud, como futuras personas defensoras del ambiente, liderando la defensa y lucha contra las presiones de sectores que abogan por la explotación a la libre de los recursos naturales y la precarización de los derechos fundamentales y humanos.
  3. El pueblo costarricense es un gran ejemplo, en la comunidad internacional, de una sociedad civil que reacciona ante amenazas contra el patrimonio natural y la integridad social donde organizaciones comunales, organizaciones no gubernamentales, instituciones del Estado e iniciativas individuales, han dado lugar a diversos grupos de resistencia contra la explotación irracional de los recursos naturales.
  4. Algunos sectores empresariales y otros grupos corporativos han manifestado su disconformidad con el Acuerdo de Escazú, argumentando inconsistencias, falta de claridad, aduciendo una posible inconstitucionalidad e inseguridad jurídica, y aprovechando como justificación la necesidad de reactivar la economía por el fenómeno pandémico COVID-19 y sus fuertes efectos sobre la economía global y nacional.
  5. La reactivación económica es una urgente necesidad del país, más no se puede anteponer el bienestar ecológico ante los intereses de grandes grupos empresariales. Son de conocimiento generalizado en el mundo las diversas consecuencias derivadas de las actividades antrópicas relacionadas con la deforestación de los bosques, el uso irracional del recurso agua, la extinción de la biodiversidad a escala mundial, el cambio climático y la contaminación. Por consiguiente, hoy, más que nunca, es imperativo cambiar el modelo económico imperante y apostar por una economía circular, que propicie un manejo sostenible de los recursos naturales, energías renovables, emprendimientos verdes, entre otros, que aseguren la calidad de vida para las presentes y futuras generaciones. Los recursos naturales son finitos, se debe asegurar su disponibilidad, calidad y acceso de forma equilibrada y sostenible a la ciudadanía en todos los países.
  6. En la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenibles 2018 -2030, se afirma que Costa Rica tiene el desafío de mejorar la “estructura socio productiva que se caracterice por sus prácticas de sostenibilidad social, ambiental y económica”, como parte de un cambio en la forma de producción y de consumo en nuestro país. Para ello, se basan en el Marco Decenal de Programas sobre Producción y Consumo Sostenibles que forma parte del ODS 12, para garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, donde se enfatizan los siguientes temas por abordar en el progreso nacional:
  7. Producción sostenible (no alimentaria).
  8. Sistemas agroalimentarios sostenibles.
  9. Turismo sostenible
  10. Estilos de vida sostenibles y educación.
  11. Se debe considerar el principio de equidad intergeneracional, en el que la sociedad actual debe asegurar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para garantizar la sostenibilidad, disponibilidad, acceso y calidad de los recursos naturales, para que sean aprovechados como ejes de la estabilidad social, económica y ambiental de Costa Rica.
  12. La relevancia especial que adquiere el artículo 50 de nuestra Constitución Política al establecer que:

“El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes. (Así reformado por el artículo 1.º de la Ley No. 7412 de 3 de junio de 1994).”

  1. La Misión oficial de la UNED se basa en impulsar “una formación humanista, crítica, creativa y de compromiso con la sociedad y el medio ambiente”.
  2. La Visión vigente de la UNED, indica que la Universidad “participará de manera protagónica en el desarrollo del país teniendo como meta insertar al graduado en su medio social para que busque formas de convivencia solidarias y tolerantes, el fortalecimiento y ampliación de la democracia y, el respeto al medio ambiente”.
  3. El compromiso de la Universidad Estatal a Distancia en su agenda ambiental destaca la participación de diferentes dependencias en la planificación, gestión y ejecución de proyectos socioambientales, educación ambiental, uso de tecnologías relacionadas con el uso y conservación de ecosistemas, cambio climático, emprendimientos verdes, capacitación y desarrollo comunal y de gobierno local para la toma de decisiones en materia territorial del patrimonio natural, cultural y social del país.
  4. Costa Rica, con una extensión territorial de 51.100 km² y una extensión marítima de 574.725 km² con un total de 625.825 km², posee el 6 % de la diversidad biológica mundial, considerado como uno de los países más megadiversos del mundo por poseer más biodiversidad por kilómetro cuadrado, constituyéndose en uno de los 25 países megadiversos en el mundo y uno de los 20 países con la más alta diversidad biológica.

País caracterizado por una gran variedad de ecosistemas, desde el nivel del mar con hermosas costas, arrecifes de coral, desde su bosque seco, variedad de pisos altitudinales de bosque tropical lluvioso, majestuosos páramos que comprenden el punto más alto a los 3820 metros sobre el nivel del mar, vasta red hidrográfica que va desde mantos acuíferos, redes de quebradas que unen microcuencas, subcuencas e importantes cuencas y una amplia variedad de humedales (lagunas, manglares, esteros, pantanos, represas).

Con una variedad de microclimas, relieves geográficos que han permitido el establecimiento de asentamientos humanos y que, a través de sus recursos naturales, han definido modos de vida relacionados con actividades agrícolas, turísticas, productivas que han propiciado tradiciones que permiten una gastronomía mezclada con elementos locales y culturales, identificados por su variedad de frutas, vegetales y especies que proveen los diversos ecosistemas presentes.

  1. Los principios y normas establecidas en el Acuerdo Escazú no son nuevas ni desconocidas para el ordenamiento jurídico ambiental costarricense, el cual se enriquece mediante este acuerdo, al introducir una figura relativamente innovadora para nuestro país en el numeral 9: “Defensores de los Derechos Humanos en asuntos ambientales”, figura que se redacta con bases garantistas de rango constitucional, plasmadas en los siguientes numerales de la Constitución Política: la garantía individual que la vida humana es inviolable (Art. 21), derecho al libre tránsito (Art. 22), derecho a reunirse pacíficamente (Art. 26), libertad de expresión (Art. 29), la garantía de que en Costa Rica no se someterá a nadie a tratamientos crueles o degradantes (Art. 40) y el derecho a un ambiente sano (Art. 50). Por todo lo anterior, su inclusión en el ordenamiento jurídico costarricense no es del todo desconocida por ser inspirada en los derechos fundamentales reconocidos constitucionalmente en nuestro país.
  2. El modelo conservacionista de Costa Rica es un hito para la historia de la humanidad, la cual debe seguir apuntando como un país verde, que preserva y utiliza su patrimonio natural para el desarrollo económico y social sin tener que agotar sus recursos naturales.

SE ACUERDA:

  1. Expresar que la Universidad Estatal a Distancia (UNED) está a favor de la ratificación del “Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, conocido como Acuerdo de Escazú, como parte de las acciones nacionales en defensa y promoción de los derechos ambientales y para la protección de los recursos naturales y de las personas defensoras del ambiente. Asimismo, en procura del acceso oportuno y transparente de información en materia ambiental para la ciudadanía.
  2. Solicitar al presidente de la República, señor Carlos Alvarado Quesada, y a su gabinete, cumplir con el compromiso adquirido por el país para la ratificación del Acuerdo de Escazú.
  3. Instar a la Asamblea Legislativa para que proceda con la aprobación final del Expediente N.º 21.245, Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú).
  4. Solicitar a la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación, llevar a cabo actividades de difusión y divulgación sobre el Acuerdo de Escazú a la comunidad costarricense.
  5. Instar a las dependencias universitarias a organizar actividades de difusión en materia ambiental con base en lo establecido en el Acuerdo de Escazú.

ACUERDO FIRME