Skip to main content

Defensoría pide a Corte de Justicia garantizar acceso a justicia para pueblos indígenas

En una nota enviada por la Defensora Catalina Crespo Sancho al presidente de la Corte Suprema de Justicia Fernando Cruz Castro, se solicita atender las denuncias formuladas por procedimientos y actitudes discriminatorias contra personas de los pueblos indígenas. El escrito de la Defensoría indica que “la tramitación de este asunto está a cargo de la Master Marjorie Herrera Castro.

El documento que llegó a SURCOS señala:

“Asunto: SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS.

La Defensoría de los Habitantes de la República mantiene en monitoreo la implementación por parte del Estado costarricense de la Medida Cautelar N° 321-12 emitida por la CIDH en favor de los pueblos indígenas Térraba y Salitre, así como la ejecución del Plan RTI (Recuperación de Tierras Indígenas), que desarrolla el Instituto de Desarrollo Rural.

En este marco, de manera consistente desde el año 2015, se ha mantenido comunicación con organizaciones y personas indígenas de los territorios beneficiarios de la Medida, así como de los territorios de Cabagra y China Kichá, en los cuales se han venido realizando, recientemente, procesos de recuperación de tierras indígenas.

Durante estos años, también se ha tenido conocimiento del creciente número de asuntos relacionados con estos procesos reivindicativos de derechos que se han judicializado con la esperanza de encontrar en el sistema, justicia pronta y cumplida. No obstante, por el contrario, cada vez y con más frecuencia, se recibe información de los pueblos indígenas sobre las barreras e incluso la discriminación que enfrentan para lograr un acceso real y efectivo a la justicia.

En virtud de lo anterior, la Defensoría de los Habitantes estima necesario remitir para su conocimiento y consideración la siguiente información, que resume las principales situaciones expuestas ante esta institución por personas y organizaciones indígenas:

1- En una reunión realizada en Buenos Aires de Puntarenas, el 24 de agosto del 2018, la ex Magistrada Carmen María Escoto Fernández, recibió un sinnúmero de denuncias contra diferentes instancias judiciales por discriminación contra personas indígenas en el trato, atención y trámite de múltiples causas. Según informó posteriormente la Sra. Escoto, todas las denuncias fueron remitidas al Tribunal de la Inspección Judicial; sin embargo, tiempo después, informalmente se indicó que habían sido archivadas y tras el asesinato del líder indígena Sergio Rojas, que habían sido desarchivadas. Con el propósito de dar seguimiento a la atención de dichos asuntos, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Tribunal de la Inspección Judicial información sobre el estado de dichas investigaciones pero la información no fue proporcionada.

2- Mediante oficio N° FGR 298-2018, la Sra. Emilia Navas Aparicio, Fiscala General de la República, en relación con los cuestionamientos que se le han realizado al Juez Jean Carlos Céspedes Mora, indicó que se estaban realizando investigaciones a nivel penal y administrativo, por lo que se trasladaban a la Inspección Judicial las irregularidades señaladas; sin embargo, sobre las investigaciones internas, la Inspección remitió a la Defensoría de los Habitantes un archivo en Excel denominado “Causas Disciplinarias de Pueblos Indígenas”, en el que se incluyen 6 denuncias (una del año 2016, una del 2018 y cuatro del 2019) todas desestimadas y archivadas.

Pese a los reiterados cuestionamientos de los pueblos indígenas por las actuaciones en su contra, y a los vínculos del Sr. Céspedes con personas no-indígenas que ocupan propiedades dentro de los Territorios Indígenas, se ha alegado que por el principio de independencia de los jueces, no puede ser removido o trasladado, ni impedírsele que conozca y resuelva causas indígenas.

Una situación similar ha sido denunciada recientemente en China Kicha, contra la actuación de una jueza, quien –según los comunicados recibidos- acogió un interdicto de posesión dentro de un territorio indígena para pretender desalojar a los indígenas recuperadores de una finca. Con indignación, los habitantes indígenas reclaman el por qué todas las causas agrarias que se mantienen pendientes de resolución no son tramitadas con esa misma diligencia que sí se utiliza en su contra.

3- En varias ocasiones la Defensoría de los Habitantes ha tenido que coordinar con la Contraloría de Servicios del Poder Judicial para que se atienda a habitantes indígenas, como si se tratara de solicitar un favor, porque se han presentado a diferentes despachos judiciales en Buenos Aires y se les ha negado la atención, o los envían de un despacho a otro, sin que exista en la región una instancia judicial imparcial y efectiva donde puedan denunciar estos abusos discriminatorios.

4- Se acusa impunidad judicial, ya que en decenas de denuncias presentadas por agresiones y amenazas contra la integridad y la vida de líderes y lideresas indígenas, no se han realizado detenciones ni se han emitido sanciones contra los autores y partícipes.

Asimismo, pese al tiempo transcurrido, se acusa ausencia de información -incluso a los familiares más cercanos- sobre el avance de las investigaciones de los asesinatos de los líderes indígenas Sr. Sergio Rojas y Sr. Jerhy Rivera, alegando siempre la confidencialidad para no entorpecer las investigaciones.

5- Algunas instancias judiciales carecen de procedimientos que reconozcan y respeten la identidad cultural de los pueblos indígenas y brinden abordajes interculturales; ejemplo de ello ha sido la protección ofrecida a líderes indígenas amenazados de muerte, a quienes les indican que para protegerlos tiene que abandonar su territorio. Pese a que se han señalado estas deficiencias, no se han tomado medidas para rectificarlas.

6- De manera particular, la Organización Ditsö ha remitido reiteradas gestiones vía correo electrónico a la coordinadora de la Subcomisión de Acceso a la Justicia de Pueblos Indígenas, Magistrada Damaris Vargas, pero únicamente ha recibido su comunicación de que fueron trasladadas a las instancias correspondientes, no habiendo ninguna respuesta de fondo, ni seguimiento a la gestión.

Téngase como ejemplo los correos de fechas 24 de marzo y 16 de abril del 2020, mediante los cuales se informa sobre las denuncias por amenazas de muerte contra cuatro líderes de pueblos originarios y se solicita la atención prioritaria a éstas, sin que se conozcan las gestiones judiciales de atención a los hechos denunciados.

Asimismo, la Licda. Vanessa Jiménez, abogada representante de las personas peticionarias ante la CIDH, ha remitido varias gestiones al Poder Judicial y ha señalado que más allá de la intervención de la Magistrada Damaris Vargas remitiendo la información a las instancias respectivas, hay pocas respuestas de fondo. Por ejemplo, en un correo de fecha 19 de febrero del 2020, solicita que se informe ¿cómo los 20 ejes aprobados por el Consejo Superior han impactado positivamente en la protección a la vida e integridad física de los bribri y brörán?

7- Pese a la gran cantidad de disposiciones y circulares tendientes a que se les garantice el acceso a la justicia, las personas y organizaciones indígenas denuncian insistentemente los incumplimientos a dichas medidas, sin que se conozcan esfuerzos del Poder Judicial tendientes a verificar y evaluar su cumplimiento y eficacia.

En esa misma línea, el accionar de la Subcomisión de Acceso a la Justicia ha sido insuficiente en la emisión de observaciones o recomendaciones a las instancias judiciales correspondientes para que se generen las acciones o correcciones necesarias que incidan efectivamente en el mejoramiento del acceso a la justicia. Esto último obliga a revisar las funciones y el alcance de esta subcomisión y, de paso las de otras similares, para fortalecerlas y garantizar así un acceso real a la justicia a todas las personas discriminadas por su condición o situación.

Si bien desde la Subcomisión se han generado procesos de capacitación a funcionarios/as judiciales de la zona de sur, en los que incluso esta Defensoría ha participado como capacitadora, no se percibe un cambio en las actitudes discriminatorias, en parte porque no culminan con una evaluación de los conocimientos adquiridos, ni un seguimiento a la aplicación práctica de los mismos, mediante procesos de evaluación al desempeño del personal judicial.

En virtud de lo expuesto, la Defensoría de los Habitantes estima oportuno solicitar información sobre los procesos de revisión y valoración integral de las comunicaciones que ha emitido el Poder Judicial sobre los obstáculos y las limitaciones que están enfrentando las personas indígenas en el acceso a la justicia, con miras a rectificar los procedimientos y realizar los ajustes necesarios (incluso legislativos a instancias de ese Poder) para garantizar a los pueblos indígenas un acceso real a la justicia pronta y cumplida sin discriminación alguna”.

autonomía indígena, Corte Suprema de Justicia, Defensoría de los Habitantes, derechos humanos, impunidad, pueblos indígenas, territorios indígenas