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Etiqueta: Asamblea Legislativa

El Caballo de Troya del Referéndum, ¿más que una fábula?

Vladimir de la Cruz

Más allá de si el Caballo de Troya respondió a la realidad histórica de la antigua Grecia, que recuerda el relato de la estrategia desarrollada por los Aqueos para introducirse en la ciudad fortificada de Troya; es la figura mítica, legendaria, que se sigue usando para indicar la forma en que alguien o un grupo, pretende sorprender a otro en combate, o a una sociedad, para sorpresivamente dominarla, o destruirla.

Se le considera al Caballo de Troya un medio de combate, una máquina de guerra. Otros, la consideran un engaño destructivo presentado de manera agradable, de graves consecuencias; una técnica estratégica de negociación y militar basada en la mentira.

En la literatura clásica griega la guerra de Troya duró nueve años. Odiseo planeó la idea del caballo de madera, donde se metería un contingente de guerreros, encargado de sorprender a los habitantes de Troya mientras dormían, una vez introducido dicho caballo en su ciudad fortificada.

La causa de la guerra de Troya fue el secuestro por parte de Paris, de Helena, esposa del rey de Esparta, la mujer “más bella del mundo” así considerada entonces.

Pues bien, nuestra Helena, es la democracia costarricense. El gobernante recién llegado es Rodrigo, quien considera que Helena, equiparable a la democracia nacional, fue secuestrada y violada reiteradas veces, por grupos corruptos que gobernaron el país antes que él; por lo que él, como caballero andante medieval, quiere liberar a la sociedad, al país, de esas malas prácticas gubernativas del pasado.

Como guerrero noble que se cree, ha declarado sus batallas, sus guerras, sus broncas, y ha salido de la guarida de jaguares que le rodean, como el mejor de los caballeros, buscando el amor de su Helena, la democracia, y la aprobación de su pueblo, por quien clama que no le dejan gobernar en su favor.

Rodrigo, el jaguar alfa, inhabil por su incapacidad para gobernar, idea formas de facilitar su ejercicio gubernativo. Ataca a las instituciones políticas de la administración, acusándolas de que no le permiten gobernar; a los grupos opositores y críticos de su mala gestión, a los medios de prensa que exhiben constantemente sus falencias o errores, a las instituciones jurídicas que le traban su forma de querer gobernar sin controles administrativos y de realizar negocios públicos de manera directa, sin previos controles sujetos a la legalidad que se debe seguir.

El discurso de batalla del jaguar Rodrigo ha durado dos años, especialmente contra la Asamblea Legislativa, encargada de hacer las leyes y contra la Contraloría General de la República, encargada de vigilar la hacienda pública, en sus negocios y trámites presupuestarios, dispuesto a acabarlas en los próximos doce meses, plazo en que debe funcionar la campaña electoral que gire alrededor de la convocatoria y ejecución del Referéndum, si se le aprueba, y de la campaña electoral nacional que le sigue hacia las elecciones presidenciales y parlamentarias del 2026.

Con menos de 10 diputados, sobre 57 del cuerpo legislativo, no tiene casi ninguna posibilidad, por sus ataques constantes a los legisladores, de realizar alianzas o acuerdos para la aprobación de sus proyectos de ley. Por ello, se ha inventado, a última hora, la idea de su Caballo de Troya, que ha adquirido la forma de la convocatoria de un Referéndum, hablándole a sus súbditos, que en tanto los diputados no le sirven para aprobar proyectos de ley, lo haga el pueblo directamente, mediante la instancia del Referéndum.

En este sentido ha enviado a la Asamblea Legislativa un llamado proyecto de “Ley Jaguar para impulsar el desarrollo de Costa Rica”. Como en toda fábula hay animales, en ésta, un jaguar, que se arropa de Poder Ejecutivo, acuerpado por un recién refundado partido político llamado “Aquí Costa Rica Manda”, ya se ofreció para recoger las casi 200.000 firmas que necesita para imponer, por esta vía el resultado del Referéndum. En esta dirección se han colocado vallas publicitarias preguntando dónde hay que firmar y llamando a firmar este Proyecto de Ley, y generar antes de que se apruebe el Referéndum, un ambiente político electoral y partidario a favor de los jaguares de Zapote, y las organizaciones electorales que impulsan.

La convocatoria del Referéndum se ha canalizado en dos vías. La de la recogida de firmas, solicitada por el esposo de la diputada Pilar Cisneros, principal figura y vocera parlamentaria del gobierno del jaguar, ante el Tribunal Supremo de Elecciones, y por la presentación de un Proyecto de Ley ante la Asamblea Legislativa, procurando apoyo de 29 diputados, y para el trámite legislativo correspondiente, en caso de que no sea recibido para su trámite de formación de la ley, mediante convocatoria de Referéndum, por parte de los parlamentarios.

Así, la Ley Jaguar, que se ha enviado a la Asamblea Legislativa y al Tribunal Supremo de Elecciones, para sus respectivos trámites, es un documento que propone cambios o reformas a cuatro leyes de la República.

La primera solicitud son reformas a los artículos 4, 11, 12, 17, 22, 38 la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N°7428 de 04 de noviembre de 1994 y sus reformas.

La segunda es la reforma al artículo 9 de la Ley de Control Interno, Ley No. 8292 de 4 de setiembre de 2002 y sus reformas.

La tercera es la reforma al artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública, Ley N°9986 27 de mayo de 2021 y sus reformas.

La cuarta es la de reformar al artículo 5 bis de la Ley Orgánica de JAPDEVA (Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica), Ley N°3091 de 18 de febrero de 1963 y sus reformas.

De conformidad a la técnica legislativa, y sus trámites parlamentarios, son cuatro propuestas de reformas, a incisos o artículos de cuatro leyes en particular, presentadas en un solo documento. ESTE ES EL ENGAÑO, ESTE ES EL CABALLO DE TROYA, para la convocatoria del Referéndum, haciendo ver que es un ÚNICO documento, con un conjunto de reformas. La realidad es que se deben convocar CUATRO referéndums para someter a su aprobación o rechazo por cada una de estas propuestas.

A nivel legislativo, del recibo de la propuesta enviada por el jaguar de Zapote y su Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, la jaguar, o la jaguara, Laura Fernández, debe entenderse que son cuatro proyectos de ley individuales, que así deben tramitarse, desagregando el documento presentado para el estudio técnico de cada proyecto y para determinar correctamente su estudio en la Comisión Legislativa que verdaderamente le corresponda. No vaya a suceder lo que ocurrió con la Ley 4-3 que la estudió una comisión legislativa, que por su naturaleza no le correspondía, lo que contribuyó a su nulidad por la Sala Constitucional.

Es claro que los proyectos de ley sometidos a su trámite deben enviarse a comisiones especializadas. NO a cualquier comisión parlamentaria solo para facilitar su inicial aprobación, y atender, en comisión, las consultas obligadas y consultivas de cada caso de reformas legales que se propone.

El Tribunal Supremo de Elecciones, en el supuesto que haya recibido la solicitud del Referéndum sobre el mismo documento, rubricado por los jaguares mencionados de Zapote, debe proceder de la misma manera, verificando además, si un particular, como el periodista Edgar Espinoza, esposo de la jaguara legislativa Cisneros, exaltado por el presidente como “ciudadano distinguido”, está autorizado para solicitar, a nombre del Presidente y de la Ministra, ese trámite de Referéndum ciudadano, por la recolecta de firmas, o si solo actuó como mensajero, llevando el documento de la guarida de jaguares de Zapote a la sede del TSE.

Si lo hizo a título personal, habría que determinar si es otro proyecto de convocatoria de Referéndum, el del esposo de la jaguara parlamentaria, a diferencia del convocado oficialmente en la Asamblea Legislativa por los jerarcas del Poder Ejecutivo. Es parte de la estrategia del Caballo de Troya que se está usando para engañar al pueblo, a los ciudadanos, a los electores.

La idea de la doble petición de Referéndum, además de la amenaza y presión hacia los diputados, es que si no se puede por una vía, se intente por la otra.

En cuanto a la estructura de esta fábula política de los jaguares de Zapote me recuerda la fábula del asno disfrazado de león, en este caso de jaguar. Narra la fábula que un asno se vistió con una piel de león, en este caso jaguar, que encontró en el camino. Al verlo los animales se asustaban y huían hacia la espesura del bosque, provocando gran miedo en toda la región. Así, el asno era respetado, muy temido, orgulloso, vanidoso y se paseaba con vigor y fuerza por toda la selva.

La esencia de las propuestas, entre otras, del Jaguar de Zapote, ante la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones, es debilitar la función fiscalizadora de la Contraloría General de la República, quitar su función de revisar la legalidad de los procesos de contratación antes de que sean ejecutados y que su control se haga después de que se concreten; es quitarle a la Contraloría la facultad de suspender un contrato cuando detecta irregularidades o ilegalidades y que eso se haga solo bajo órdenes judiciales; es darle al Poder Ejecutivo la facultad de contratar sin concursos públicos con contrataciones a dedo, y facilitar la inclusión de bienes inmuebles del Estado sin licitaciones públicas.

La Contraloría General de la República es una institución surgida en la Constitución Política de 1949, aprobada por el Poder Constituyente Originario, el que redactó la Constitución. De acuerdo a la teoría y doctrina del Derecho Constitucional, por vía de reformas constitucionales, no se pueden hacer modificaciones a la Constitución que vayan en detrimento, en rebajo, disminución, supresión, en debilitamiento, en nulidad de normas de control para el ejercicio y funcionamiento de instituciones como la Contraloría General de la República, que los constituyentes establecieron; ni tampoco procede traspasárselas o atribuírselas a otros órganos públicos, porque son funciones propias, indelegables y exclusivas de quien las tiene, la Contraloría General de la República, como son propias las funciones de los Poderes Públicos. La organización política y económica del país tampoco puede ser cercenada por la vía de una reforma constitucional como la que pretende el Poder Ejecutivo, puesto que se alteran funciones de la Contraloría General de la República que tiene de vigilancia en este campo. La competencia de la Contraloría no puede ser alterada por una reforma constitucional de carácter negativo, reduccionista o eliminatoria de sus controles obligados. El rango de la funcionalidad constitucional de esta institución es equivalente al de los Derechos, Libertades y los Derechos Humanos, de las personas y ciudadanos, que solo pueden modificarse positivamente, para enriquecerlos y fortalecerlos. De esa manera, funciones de control NO se pueden eliminar, para debilitar las fortalezas de la Contraloría General de la República.

La propuesta que hace el Poder Ejecutivo sobre JAPDEVA choca con la Constitución Política, puesto que en esa propuesta se facilita la formación de un monopolio.

La propuesta de la guarida de jaguares, suponiendo que tiene apoyo de todo el Gabinete, solo quiere desmantelar las competencias y funciones de la Contraloría General de la República. Es abrir los portillos para una administración de “manos libres” en todo negocio público, sin transparencia alguna. El ente contralor, con sus funciones, procura garantizar que en los procesos administrativos se ejerzan y ejecuten con el mayor apego a los procedimientos y reglas, de conformidad con la Constitución Política, las Leyes de la República, los principios de legalidad, ética y transparencia.

En el proyecto de ley no hay nada que justifique una visión de desarrollo de Costa Rica.

La forma cómo están presentadas las dos acciones, ante la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones, para convocar el Referéndum, están mal planteadas y posiblemente sean rechazadas en ambas instancias, no por oposición por sí al Poder Ejecutivo, sino porque no corresponden las formas y trámites para su correcta aprobación. Fue tan solo una maniobra para intentar convocar el referéndum.

La misma solicitud hecha al Tribunal Supremo de Elecciones, por su trámite puede orientar que este Poder del Estado consulte, previamente, a la Sala Constitucional sobre su pertinencia o a Servicios Técnicos Parlamentarios, sobre el procedimiento legislativo que se le dará a la propuesta hecha, antes de decidir si avala la convocatoria al Referéndum.

El Caballo de Troya del Gobierno se orienta a provocar la discusión que se ha desatado en torno a la viabilidad del Referéndum, por una parte, y por otra, a preparar el ambiente hacia el debate electoral de la campaña nacional presidencial y legislativa del 2026.

Para el gobierno esto ya empezó, tomó la iniciativa. El Referéndum es su mejor pretexto. Ya está en el debate político y proyectado electoralmente hacia el 2026. El Partido “Aquí Costa Rica Manda” ya se ofreció públicamente a mediar para la recolección de firmas. Nadie se lo puede impedir ni a ese partido ni a ningún otro. Lleva esa ventaja. Gane o pierda en la recolección de firmas, sea porque se anule la convocatoria del Referéndum por procedimiento de convocatoria en el Tribunal Supremo de Elecciones, en la Asamblea Legislativa, o en la Sala Constitucional, el gobierno levantará la bandera de que se lo impidieron, que le anularon a los costarricenses su posibilidad de pronunciarse, decidir por sí mismos y actuar de manera directa, quedándoles el único camino de las elecciones del 2026, para lo cual no solo se requiere ganar las elecciones presidenciales, sino obtener una mayoría parlamentaria, para darle continuidad al actual gobierno en los planes y políticas, que según su cantaleta favorita no le han dejado realizar a favor del pueblo, que dice representar. Esta es su ventaja por ahora, sin realizar el Referéndum.

Los movimientos sociales deberían estudiar y actuar si es del caso, para impulsar, en caso de la convocatoria legislativa, que se amplíe el Referéndum con Proyectos de Ley orientados a aprobar Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, necesarios para mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los ciudadanos, trabajadores nacionales y extranjeros en Costa Rica, que el país aún no ha aprobado, y otras disposiciones atinentes a la protección de los Derechos Laborales, Sociales y Humanos, que por esta vía se puedan someter a su aprobación, para mejorar la calidad y expectativa de vida de los costarricenses.

A la par de esta gestión, ya introdujeron de nuevo en la corriente legislativa el proyecto de ley de las Jornadas esclavistas de las 12 horas diarias. Ha pasado casi inadvertido por la convocatoria importante del Referéndum que actúa con esa función de Caballo de Troya, de gran distractor de otros temas nacionales, políticos y legislativos, para actuar a la sombra de la ciudadanía desde otras trincheras.

La jornada de las 12 horas, el gobierno había anunciado que la metería a Referéndum. Por ahora la sacó del Referéndum y la metió de manera ordinaria en el trámite legislativo. Es otro frente de combate. El Caballo de Troya del Referéndum por un lado y las jornadas de 12 horas por otro.

NO HAY QUE DESCUIDAR LOS FLANCOS. A nivel legislativo ya habían logrado un alto consenso con esta ley de las 12 horas. Este proyecto legislativo es como si hubieran soltado simultáneamente otro Caballo de Troya en el Parlamento, con la complicidad de quienes tienen que cuidar esa fortaleza legislativa.

Si se va al Referéndum que sea por una buena realidad, no por una fábula…por una mentira, por un engaño perversamente orientado.

Que el caballito de madera del gobierno no sirva para engañar al pueblo.

 

Compartido con SURCOS por el autor.

Cinco años malos y lo peor está por venir – Página de Maíz

Los principales indicadores sociales y económicos que encontró el Gobierno de Bukele en 2019 han empeorado cinco años después. Así, el segundo Gobierno de Bukele, que es inconstitucional, iniciará en una situación peor.

Situación en 2019 y situación actual 

La pobreza, que es el principal indicador social, aumentó en 4 puntos porcentuales. Hay ahora 126 mil personas pobres más que en 2019. Ese dato sería peor si no fuera por la enorme cantidad de gente que se ha ido del país.

Entre 2019 y marzo de 2024 la deuda pública aumentó en más de 10 mil millones de dólares. Y en abril y mayo también de 2024 la Asamblea Legislativa ya aprobó nueva deuda por 2 mil 500 millones más. Esos ingresos millonarios no se tradujeron en mejoras para la población.

La matrícula estudiantil de 2023 fue menor que la de 2019. O sea, que hay menos estudiantes que hace cinco años en los centros educativos y en la Universidad de El Salvador (UES).

En el campo la situación es grave. Cayó la producción de alimentos y a muchas comunidades y cooperativas les están robando su tierra.

Todo empeorará, pero la lucha popular crecerá

En el segundo Gobierno de Bukele, que es inconstitucional y será “de facto”, todo empeorará, pues el endeudamiento sigue y vendrán más desgracias para el pueblo, debido al aumento del temor y la represión por el Régimen de Excepción, los desalojos, los despojos, la persecución política y la violación de Derechos Humanos.

La oligarquía tradicional y el grupo económico del clan Bukele seguirán aumentando sus riquezas haciendo piñata con los fondos públicos.

Seguirán los precios altos, los ingresos bajos y la falta de empleo. La gente que le dio un segundo chance a Bukele terminará comprendiendo cuál es la causa de sus carencias y le pasará la cuenta.

La gente más afectada y que votó por Bukele se desencantará y se lanzará a las calles junto a las organizaciones sociales, por lo que los próximos años serán de luchas y de victorias populares.

Chaves quiere referéndum sin tener que recoger firmas

Freddy Pacheco León

Freddy Pacheco León

La maniobra de Chaves es clara. Al percatarse, después de sus diatribas contra los señores diputados, que NO le funcionaría su estrategia de usar la figura del referéndum, como «campaña electoral», mediante un proceso de 9 o 10 meses, de recolección de las más de 177 mil firmas necesarias, para presentar la solicitud al TSE, ahora se encargará de «embarrar» a la Asamblea Legislativa. ¿Cómo? Muy sencillo. Primero buscará comprometer a los legisladores, para que, los siguientes tres proyectos de ley, puedan votarse en un referéndum:

  1. Convertir a la Contraloría General de la República, en un órgano incapaz de ejercer la función contralora, según copia del modelo del todopoderoso Bukele, para hacer fiesta con los recursos económicos del Estado.
  2. Adecuar, a sus aspiraciones dictatoriales, la legislación que regula la contratación pública, que tanto incomoda a sus negocios.
  3. Permitir que empresas inmobiliarias privadas, puedan usar terrenos de Japdeva, para sus negocios particulares, usando el viejo cuento de «alianzas público-privadas».

Si se usare, como con el TLC, la modalidad de convocatoria mancomunada, sumando a 29 legisladores a su «jaguar», podría seguir adelante con su propósito de usar, cínicamente, el referéndum, sin necesidad de recoger firmas, como lo propuso inicialmente Otto Guevara, su socio en este asunto.

Es decir, que los mismos diputados, dócilmente, se conviertan en cómplices de la acción de Chaves, ¡contra ellos mismos!, contra el Primer Poder de la República. Y «¡ahí está el detalle!», dijo Cantinflas. Como se trata de un IMPOSIBLE, saldrá vociferando que, nuevamente, los diputados no lo dejan gobernar. Y se lo dirá a «su gente», al cardumen, a los que invitó a firmar por su referéndum, a los mismos que ahora NO quiere que firmen…, para, desde su mundo tan especial, contarles que, sin la ayuda de la mayoría de los diputados, será imposible convocar a ese acto de legislación en manos del pueblo. Que esa gente del Congreso, quieren que siga adelante la corrupción y el atropello al pueblo, al mismo al que le tienen miedo, etcétera. Así, se lavará las manos como Pilatos, con la intención de dejar a los diputados, como los malos de la película. Y todo, como consecuencia de que el globo del referéndum, se le desinfló, cuando apenas iba a levantarse.

¿Le funcionaría tan burda maniobra?

UCR: La Escuela de Ciencias Políticas emite criterio especializado ante el referéndum que impulsa el Gobierno

La Escuela de Ciencias Políticas de la UCR publica un pronunciamiento, como voz autorizada y especializada, para que la opinión pública tenga datos fundamentales para la comprensión de lo que significa un referéndum. Foto Anel Kenjekeeva, UCR

Un equipo de expertos integrado por cuatro investigadores y docentes universitarios, se pronuncian ante la posibilidad de que el Gobierno convoque a un referéndum para definir algunas decisiones políticas.

El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, presentó su informe anual el pasado primero de mayo, relativo a los diversos asuntos de la administración y al estado político del país, en cumplimiento con el mandato constitucional del artículo 139, inciso 4).

En dicho informe, Chaves propuso la posibilidad de utilizar el mecanismo del referéndum para avanzar en una serie de proyectos que considera claves para el desarrollo nacional. De seguido, una serie de actores políticos e institucionales manifestaron sus valoraciones sobre la posibilidad de utilizar el mecanismo del referéndum.

Desde la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica (ECP UCR), con el compromiso social que nos caracteriza y con el objetivo exclusivo de aportar desde una perspectiva especializada al debate público crítico, responsable, democrático e informado; ponemos a disposición de las ciudadanías un criterio experto sobre el referéndum, a través de los canales abiertos y accesibles de la UCR.

Es menester indicar que el referéndum se origina en un derecho político fundamental y que está establecido a nivel constitucional en el artículo 105: la ciudadanía tiene la potestad de legislar.

A través del referéndum la ciudadanía puede aprobar, improbar o derogar proyectos de leyes, que atañen a normas de alcance general y abstracto, tratados internacionales o incluso reformas parciales a la Constitución Política. Pero, en el caso costarricense, no aplica para decidir sobre si una persona representante continua o no en su cargo (revocatoria de mandato).

Como personas docentes de la ECP, consideramos fundamental que las personas puedan conocer en detalle los condicionantes que imponen el diseño constitucional e institucional al referéndum.

Además, sostenemos que es importante que el proceso –en caso de convocarse– se dé sin obstrucciones arbitrarias y sin interferencias indebidas, es decir, siempre dentro del marco institucional y con independencia del poder político de turno.

Este criterio se estructura en tres partes: la primera detalla la naturaleza y características del referéndum según la literatura especializada; de seguido se indica la experiencia de Costa Rica en el uso del referéndum y su marco institucional; por último, a partir de la discusión y análisis, se esbozan las conclusiones.

¿Qué es el referéndum?

El referéndum es un mecanismo de democracia directa (MDD), que son procedimientos que contemplan necesariamente un voto secreto y universal, donde se aprueban o desaprueban temas y materias, incluyendo no solo los referendos sino también los plebiscitos,[1] consultas populares y las revocatorias de mandato (consulta sobre la interrupción del mandato de una autoridad electa)[2] (Altman 2011; Lissidini y Ovares 2023).

Mediante estos mecanismos la ciudadanía participa al proponer o rechazar una ley, al opinar y al tomar una decisión de interés público en las urnas, sobre una propuesta concreta o sobre una reforma constitucional.

Son un complemento de la democracia representativa, ya que tienen la capacidad para controlar las decisiones, por ejemplo, al derogar una ley, al ampliar la agenda y al canalizar propuestas de nueva legislación, incluidas las reformas constitucionales (Tuesta Soldevilla y Welp 2020; Lissidini 2021).

Los referéndums son una instancia de decisión sobre cuestiones políticas y varían tanto en su diseño, como en sus efectos y temas que abordan.

En la literatura especializada existe diversidad de clasificaciones (ver Altman 2010 y 2011; Cheneval y el-Wakil 2018; Lissidini 2021; Matsusaka 2020; Qvortrup 2018; Ruth-Lovell, Welp, y Whitehead 2017; Tuesta Soldevilla y Welp 2020); sin embargo, hay coincidencia respecto a las siguientes categorías generales:

  • Según quién active la consulta: por las autoridades (presidente, primer ministro, congreso), conocido como referéndum “desde arriba”; o por la ciudadanía y/o organizaciones de la sociedad civil, “desde abajo”. Esta segunda forma, también denominadas iniciativas ciudadanas de referéndum o ICR, se da mediante la recolección de firmas.
  • Referendos facultativos u opcionales o referendos obligatorios, los cuales por mandato legal se deben convocar, siendo el caso más común para la ratificación de reformas constitucionales.
  • Referendos cuyo resultado es vinculante, se debe respetar el resultado y legislar según este, y en otros, cuyo resultado no es vinculante.
  • Referendos según asuntos que tratan, es decir, los temas a decidir: reformas legales y constitucionales, asuntos prohibidos o permitidos.
  • Referendos reactivos o proactivos. Los primeros se realizan con la finalidad de vetar leyes (referéndums derogatorio) o remover autoridades (referéndum revocatorio), en tanto que los segundos dirigen la creación de nueva legislación o reformar la Constitución.

Resulta crucial reconocer que en Costa Rica la ciudadanía tiene la potestad de legislar, aprobar o derogar leyes y reformar parcialmente la Constitución. Es un derecho político fundamental, tal y como lo establece el artículo 105 constitucional.

Este principio se entrelaza profundamente con el componente participativo de una democracia representativa y con la idea más fundamental que legitima el autogobierno del pueblo, es decir, la democracia. Convocar, participar y decidir mediante referéndums es, por ende, un derecho fundamental, tanto como ir a votar por representantes para el congreso, para los cargos municipales y para la presidencia de la República.

¿Qué no es un referéndum?

No es un tipo de democracia –directa– en el sentido de ser un sistema político donde la ciudadanía adopte por propia mano, a través del voto, todas las decisiones políticamente relevantes, sin la necesidad de personas representantes. En otras palabras, el referéndum no sustituye la democracia representativa, sino que la complementa.

Según las teorías institucionales de la democracia, un país no es más o menos democrático al contar con mecanismos de democracia directa como el referéndum. La democracia se define, procedimentalmente, por la elección de representantes en elecciones competitivas y participativas con la mayoría de la población adulta, en un marco de respeto de los derechos civiles y políticos (ver, entre otros, Dahl 1971; Przeworski 2010; Schmitter y Karl 1991). El referéndum se agrega a la arquitectura institucional de representación, de control y de pesos y contrapesos, pero no la sustituye.

El referéndum en Costa Rica

En Costa Rica el MDD del referéndum se instauró mediante una reforma a los artículos 105, 124, 129 y 195 de la Constitución Política en 2002 mediante la Ley No. 8281. Se regula con la Ley No. 8492 del 2006. En el país se cuenta solo con un uso a nivel nacional en el año 2007: el referéndum sobre el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos.

Desde el año 2006 se han presentado 65 intentos de uso vía ICR, mediante recolección de firmas,[3] lo cual se conoce en la literatura como impulsados “desde abajo”. Sin embargo, ninguno de estos referendos “desde abajo” han sido llevados a cabo.

Asimismo, se contabilizan adicionalmente dos iniciativas legislativas, en otras palabras, diputaciones que presentaron intentos de referéndums vía Asamblea Legislativa, pero que no prosperaron (Raventós 2020).

En Costa Rica los Concejos Municipales pueden también convocar referendos según el artículo 13, inciso k) del Código Municipal, Ley No. 7794 de 1998 para conocer asuntos estrictamente locales. Estos se encuentran en un conjunto de formas de consultas populares a las que también se adicionan el cabildo y los plebiscitos, y siguen los procedimientos establecidos en la reglamentación municipal que cada gobierno local apruebe para tal efecto.

Estos referendos no deben ser confundidos con los de carácter nacional, establecidos en la legislación anteriormente citada.

Tomando en cuenta lo señalado por la literatura, los referéndums se pueden clasificar según los asuntos que tratan o por la iniciativa de quien propone el referéndum.

Referéndum de tipo o modalidad “desde abajo” y “desde arriba”

Las iniciativas ciudadanas de referéndum (ICR) permiten a la ciudadanía solicitar una consulta popular de un proyecto de ley con efectos vinculantes. Requieren como umbral mínimo de firmas el 5 % del padrón electoral.

El procedimiento, según la Ley No. 8492 (art. 6 al 11), es el siguiente:

(1) Se presenta un proyecto de ley al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y este realiza un análisis sobre la viabilidad de la solicitud; puede rechazarlo si es contrario al bloque de la constitucionalidad.

(2) El TSE remite la gestión al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. Esta oficina debe realizar las consultas a diversas instituciones, como con cualquier otro proyecto de ley, y brinda un criterio para que el texto se ajuste a una adecuada técnica legislativa. De tener que realizarse algún cambio al proyecto, se le notifica a la persona o grupo gestor de la iniciativa.

(3) El TSE, una vez cumplido el trámite previo, debe revisar, en un plazo no superior a 10 días hábiles, si la iniciativa se encuentra entre las materias no sujetas a referéndum y decidirá si el asunto es susceptible de ser tramitado bajo esta modalidad. De considerar que la iniciativa presenta posibles vicios de constitucionalidad, puede realizar la consulta respectiva a la Sala Constitucional.

(4) De aprobar la gestión, y si el proyecto carece de vicios formales y constitucionales, mediante resolución fundamentada, se da curso a la solicitud de recolección de firmas. Hay que tener presente que esta resolución puede ser impugnada ante la Sala Constitucional.[4] Se ordenará su publicación en La Gaceta y la persona o grupo gestor puede proceder a recolectar las firmas de, al menos, el 5 % del padrón electoral. Para esto el TSE proporciona un formulario, y la persona gestora o el grupo gestor deben seguir un procedimiento con la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento para la recolección de firmas.

(5) El plazo de recolección de firmas es de nueve meses a partir de la publicación en la Gaceta, con la posibilidad de un mes de prórroga.

(6) Una vez recolectado el mínimo de 5 % de firmas, el TSE tiene 30 treinta días hábiles para revisar las firmas, y si alcanza el umbral, debe convocar el referéndum.

Respecto al procedimiento, es importante destacar que la literatura comparada señala que el umbral de firmas puede convertirse en uno de los obstáculos más difíciles de superar en las ICR, debido a que reunir firmas requiere tiempo, organización y recursos económicos (Linares y Welp 2019), lo cual se acentúa en los casos en donde el periodo es muy corto y el umbral muy alto.

El artículo 10 de la Ley No. 8492 habilita a que se acumulen consultas y se conozcan en un mismo proceso electoral.

Los referéndums de tipo o modalidad “desde arriba” (artículos 12 y 13 Ley No. 8492) son:

  • Legislativo: Requiere la existencia de un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa y que al menos una diputación solicite, durante el periodo de sesiones ordinarias, que ese proyecto sea sometido a referéndum. Esa solicitud se debe votar una única vez por al menos 38 diputaciones. Se requiere mayoría calificada (art. 12 de la Ley No. 8492).
  • Ejecutivo junto al Legislativo: El Poder Ejecutivo, mediante un decreto, presenta la iniciativa a la Asamblea Legislativa y debe adjuntar el proyecto de ley. La Asamblea Legislativa debe aprobar la solicitud con al menos 29 votos, es decir, mayoría simple.
  • Iniciativa del Ejecutivo: No está regulada en la Constitución.

Lo anterior aplica para referéndums legislativos, los que le permiten a la ciudadanía decidir si aprueba, imprueba o deroga una ley.

Para el caso de los referéndums constitucionales, solo se habilita en casos de reforma parcial a la Constitución, en cualquiera de las tres modalidades (iniciativa ciudadana, Ejecutivo + Legislativo, y Legislativo).

No obstante, el referéndum constitucional sólo podrá realizarse después de que el proyecto de reforma haya sido aprobado en una primera legislatura y antes de la segunda[5] (art. 195, inciso 8, de la Constitución Política y resoluciones No. 2014-18226 de la Sala Constitucional y No. 3894-E9-2008 del TSE).

Las restricciones sustantivas

Los referéndums pueden ser clasificados según la materia sobre la que versen. Es importante, entonces, conocer las restricciones que hay sobre las materias en el país. Estas prohibiciones se clasifican en:

  • Asuntos prohibidos: Ciertas materias o áreas de competencia como prohibidas (Linares y Welp 2019). En Costa Rica no se pueden someter a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa (art. 105 de la Constitución Política).
  • Prohibiciones sustantivas genéricas: La prohibición aplica dependiendo de las consecuencias o efectos de la legislación. La lista de materias prohibidas o excluidas ha sido ampliada vía jurisprudencia de la Sala Constitucional, para incluir cuestiones atinentes a la protección de derechos humanos o derechos de las minorías, proyectos o iniciativas que atenten contra el derecho a la igualdad o el principio de no discriminación. Además, en la resolución No. 2010-13313 la Sala Constitucional señaló que los asuntos relativos a la protección de derechos humanos o derechos de las minorías no pueden ser sometidas a referéndum, incluso en casos de que las iniciativas están destinadas a ampliar los derechos humanos. Esta postura ha sido complementada por el TSE (resolución No. 5860-E9-2015). Asimismo, el organismo electoral debe rechazar iniciativas destinadas a menoscabar o afectar la posición de los derechos humanos y sus condiciones actuales de garantía, así como instrumentos legislativos para la fijación de salarios (incluyendo el establecimiento de un ingreso mínimo vital). También se excluye la convocatoria a una asamblea nacional constituyente con el fin de reformar totalmente la Constitución Política, ya que la Sala Constitucional, en el fallo No. 2019-013270, indicó que se debe privilegiar el principio de rigidez constitucional por encima del de participación ciudadana, debido a lo cual una ley de convocatoria a una asamblea constituyente sólo puede ser aprobada por la Asamblea Legislativa.

Umbrales de participación para que sea vinculante

  • Cuando participe por lo menos un treinta por ciento (30 %) de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral para la legislación ordinaria.
  • Cuando participe un cuarenta por ciento (40 %) como mínimo, en los asuntos que requieran la aprobación legislativa por mayoría calificada y para las reformas parciales a la Constitución.

Otras restricciones (art. 102 de la Constitución Política y art. 4 de la Ley N. 8492)

  • No podrá convocarse a más de un referéndum al año, tampoco durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial.
  • De declararse estado de emergencia, necesidad pública u otras circunstancias igualmente calificadas, que imposibiliten la realización del referéndum, será potestad del TSE decretar su suspensión y reprogramación.

Conclusiones

La calidad democrática del referéndum, como mecanismo de toma de decisión de manera directa por parte de la ciudadanía, depende en gran medida del diseño institucional y de las buenas prácticas en su implementación.

Es decir, su calidad está en función del rol de los promotores de las consultas populares –en especial si es la Presidencia de la República o la ciudadanía–, de la responsabilidad política de los representantes, de los espacios de deliberación y los tiempos para el debate previo al momento de toma de decisión y formación de la opinión pública, y del rol de los organismos de control y de la supervisión de los procedimientos (organismos electorales, tribunales constitucionales y cortes supremas) (Lissidini y Ovares 2023).

En otras palabras, los referéndums funcionan adecuadamente cuando están asociados a buenas prácticas en su activación y, en general, en todo el proceso hasta la toma de decisión en las urnas (Tuesta Soldevilla y Welp 2020).

Por lo anterior, también es importante prestar atención a la formulación de la pregunta (o las preguntas) y otros requisitos legales, como la cantidad de firmas exigidas, el umbral de participación necesario para su aprobación, entre otros aspectos.

El diseño institucional, es decir, el marco de reglas es clave para que el referéndum sea un canal de influencia efectivo en la definición de asuntos públicos, al controlar las decisiones de los representantes, ampliar la agenda y proporcionar una válvula de seguridad democrática, y un mecanismo de voz política.

La literatura puntualiza que las consultas iniciadas por la ciudadanía (ICR) resultan menos disruptivas política y socialmente (Welp, Ruth y Whitehead 2017), ya que los ejercicios de democracia directa activados o iniciados desde la ciudadanía tienen características muy diferentes a los promovidos por el Poder Ejecutivo (Lissidini y Ovares 2023).

En resumen, no es posible analizar el referéndum en el vacío, sino que es necesario ubicarlo en un contexto institucional (las reglas que lo definen) y político (comportamiento de los actores, temas en discusión, precedentes legislativos, etc).

Finalmente, el referéndum no es una alternativa a la deliberación legislativa ni a la delegación política por medio de las elecciones de representantes para el Congreso.

La democracia se basa en principios de separación de poderes formales, con la negociación e interrelación de poderes en la práctica. Los Ejecutivos pueden avanzar sus agendas legislativas inclusive en situación de minoría parlamentaria (Colomer y Negretto 2003).

En su definición, el referéndum no es un instrumento ideado para evitar los atascos legislativos (gridlocks en la literatura especializada), sino que es un mecanismo para que la ciudadanía vaya más allá de la elección de representantes en períodos determinados, y pueda expresar su preferencia política en temas puntuales. De forma que no se debe ignorar que, en principio, el referéndum está constituido al servicio de la ciudadanía en su ejercicio democrático y no de los actores políticos.

Referencias bibliográficas:

Altman, David (2010). Plebiscitos, referendos e iniciativas populares en América Latina: ¿mecanismos de control político o políticamente controlados? Perfiles Latinoamericanos, 18(35), 9-34.

Altman, David (2011). Direct Democracy Worldwide. Cambridge University Press.

Colomer, Josep M. y Negretto, Gabriel L. (2003). Gobernanza con poderes divididos en América Latina. Política y Gobierno, 10(1), 13-61.

Dahl, Robert (1971). Polyarchy. Participation and Opposition. Yale University Press.

Cheneval, Francis y el‐Wakil, Alice (2018). The Institutional Design of Referendums: Bottom-Up and Binding. Swiss Political Science Review, 24(3), 294-304.

Linares, Sebastián y Welp, Yanina (2019). Las iniciativas ciudadanas de referéndum en su laberinto. Revista latinoamericana de política comparada, 15, 55-77.

Lissidini, Alicia. (2021). Democracia directa contra déficit democrático: el caso uruguayo. Recerca. Revista de Pensament i Anàlisi, 28(1), 1-21.

Lissidini, Alicia y Ovares Sánchez, Carolina. (2023). ¿Cómo el referéndum puede impulsar el diálogo entre iguales? Una propuesta a partir de una experiencia uruguaya. Revista Latinoamericana de Filosofía Política, 11(10), 257-296.

Matsusaka, John G. (2020). Let the People Rule. How Direct Democracy Can Meet the Populist Challenge. Princeton University Press.

Przeworski, Adam (2010). Democracy and the Limits of Self-Government. Cambridge University Press.

Qvortrup, Matt, ed. 2018. Referendums Around the World. UK: Palgrave Macmillan.  

Raventós Vorst, Ciska (2020). Democracia directa en Costa Rica: el Diablo está donde se definen y aplican las reglas.

En Fernando Tuesta Soldevilla y Yanina Welp (editores), El Diablo está en los detalles. Referéndum y poder político en América Latina (pp. 187-206). Fondo Editorial Pontificia Universidad Católica del Perú.

Ruth-Lovell, Saskia, Yanina Welp, y Laurence Whitehead (editores) (2017). Let the People Rule? Direct Democracy in the Twenty-First Century. ECPR Press.

Schmitter, Philippe C. y Karl, Terry Lynn (1991). What democracy is… and is not. Journal of Democracy, 2(3), 75-88.

Tuesta Soldevilla, Fernando y Welp, Yanina (coordinadores) (2020). El diablo está en los detalles. Referéndum y poder político en América Latina. Fondo Editorial Pontificia Universidad Católica del Perú.


[1] En Costa Rica el plebiscito hace referencia a una consulta popular, como parte del procedimiento legislativo, para la creación de nuevas provincias o su modificación (artículo 168 de la Constitución Política).

[2] Aunque hay autores que consideran que la revocatoria de mandato no es un MDD porque no se deciden temas, sino la continuidad de una persona electa.

[3] Comunicación personal del Tribunal Supremo de Elecciones.

[4] En el año 2021 se reformó el artículo 6  de la Ley No. 8492 y se agregó un inciso para incorporar la consulta de constitucionalidad del proyecto por parte del TSE a la Sala Constitucional.

[5] Recuérdese que una reforma constitucional requiere la aprobación en dos legislaturas (periodos legislativos anuales) distintos.

Dra. Tania Rodríguez Echavarría
Directora de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR

Dr. Adrián Pignataro López
Docente e investigador de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR

M. Sc. Carolina Ovares Sánchez
Docente e investigadora de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR

M. Sc. Eugenia Aguirre Raftacco
Docente e investigadora de la Escuela de Ciencias Políticas, UCR

Directorio de Asamblea del Banco Popular solicita al presidente legislativo atender necesidades sociales y productivas

Lenin Hernández Navas, presidente del directorio de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, le entrega al Presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, una nota que representa los intereses de la clase trabajadora de los diferentes sectores sociales y productivos del país.

Esta nota se entrega con la finalidad de que la Asamblea Legislativa otorgue respuestas ante las políticas públicas que permitan el desarrollo económico del país a través del equilibrio, ya que se afirma que el sector agroindustrial no soporta más las políticas públicas ya ejecutadas puesto que cada vez están generando más problemáticas para la población, inclusive la falta de alimentos básicos como el arroz y los frijoles.

El señor Lenin, además, afirma que los costarricenses necesitan del arroz y los frijoles para comer todos los días, por lo que solicita respetuosamente que se defiendan los derechos de las personas trabajadoras que necesitan dichos alimentos para sobrevivir.

El referéndum del jaguar de Zapote

Vladimir de la Cruz

Fue muy claro, en la sesión parlamentaria que recibió al inquilino de Zapote, para que rindiera cuentas como es su deber constitucional, que el jaguar de Zapote, como se presentó, no tenía idea de lo qué es convocar a un Referéndum, como consulta ciudadana, y más, como lo expresó provocativamente, como un enfrentamiento de los ciudadanos con los diputados, para lo que había que sustituir a los diputados, por los ciudadanos, tomando decisiones de aprobación o no aprobación de proyectos de ley en trámite.

La referencia que hizo fue más una amenaza que una propuesta que procurara buscar salidas legislativas a proyectos de ley que el Ejecutivo Nacional quisiera aprobar, de esa manera.

La forma directa como lo señaló fue: o aprueban mis proyectos de ley o convoco al Referéndum. Evidentemente era un ataque directo al sentido común de los diputados.

Es claro que el presidente puede decir lo que le dé la gana. Lo lamentable de sus expresiones grotescas, vulgares, siempre amenazantes e intimidantes, es que afecta la imagen de la investidura del cargo que tiene.

Lo que se asocia con él, en ese cargo, es el matón de barrio, de pueblo; el bravucón, el gritón, el malandro social, el antisocial, de malos procederes, que no teniendo argumentos ni razonamientos convincentes, ni una actitud de diálogo, acude a la fuerza verbal, a la prepotencia que siente que le da la silla presidencial, al estilo de los dictadores, tiranos, sátrapas, gobernantes autoritarios y militarotes, de la región y de Latinoamérica; al temor reverencial de su figura, lo que no debería de ser.

Ninguno de los gobernantes desde 1949 hasta el 2022, bajo el sello de la Segunda República, ha tenido un comportamiento público tan bajo, despreciable, indigno al ejercicio del cargo de presidente de la República. Su ejercicio que, en estos dos años, ha contribuido a deslustrar, marchitar, estropear, desacreditar o desprestigiar el solio presidencial.

En las encuestas no se valora esto. Es en el alma nacional, en el sentimiento democrático que se vive cuando resultado de sus actos, los valores democráticos institucionales, y el Estado de Derecho, se devalúan, se cuestionan y se trata de alterar para gobernar sin poderes públicos, por la fuerza, de manera directa.

Lejos de ser un amigo del pueblo, se presenta como el enemigo del pueblo, representado mayoritariamente a su investidura, que se manifiesta con los 57 diputados de la Asamblea Legislativa.

Igualmente, pone en evidencia su ignorancia política y constitucional, de entender que en ese acto del 1 de mayo, cuando tiene que entregar ante la Asamblea Legislativa su informe anual de labores, a modo de rendición de cuentas ante el pueblo representado por los Diputados, y del 2 de mayo, cuando en la formalidad del acto, de la entrega de esa Rendición de cuentas lo hace, a viva voz, en el recinto parlamentario, frente a toda la comunidad política nacional, representada con las autoridades de instituciones y de los poderes públicos, y también frente a la comunidad internacional con la cual tenemos relaciones diplomáticas, representadas con la presencia del cuerpo diplomático, que asisten a ese acto. Además, ante el mismo pueblo que sigue el evento por los medios electrónicos que lo transmiten al instante.

El presidente entró arrechado al recinto legislativo. Llegó furioso, retador, iracundo, sin el control mental que el acto exigía.

Aparte de su comportamiento de pachuco presidencial, demostró tener un desconocimiento constitucional asombroso en el reto principal que impuso, el de la aprobación de las leyes o la convocatoria al Referéndum.

Primero, por la forma: se le aprueban las leyes o convoca al referéndum; si los diputados no aprueban leyes, el pueblo de manera directa lo hará, fue lo que dijo.

Segundo, de la lista de posibles leyes que mencionó, para someter a Referéndum, habló de algunas que la misma Ley de Referéndum excluye de esa posibilidad de aprobación, como es el caso de las pensiones, que resultan, no del capricho ni la corrupción de quienes la reciben, sino que son resultado de los años de servicio, de los salarios que devengaron y del sistema de pensiones que las define, las regula y las otorga.

Tercero, porque desconoció, en ese momento, lo que significa convocar un Referéndum, que es un proceso relativamente complejo, que exige trámites, plazos y formalidades procesales, legales y constitucionales.

Obviamente, en la forma que lo hizo, fue una embarcada que le dieron los hacedores de su perorata parlamentaria, la oficina de información y comunicación y los asesores jurídicos de su palacio presidencial.

Anteayer empezó a tratar de enderezar los dolores del entuerto político que le produjo su mal parto de ideas, expuestas el 2 de mayo, en el quirófano parlamentario, donde no pudo parir su Referéndum.

Para ello ha convocado urgentemente un pequeño cónclave, a modo de cardenales, y una Junta de Juristas, a modo de Junta Médica, para ver como salvan esa criatura que el presidente jaguar llamó Referéndum. A propósito, los jaguares, según los estudios, en sus partos solo producen un máximo de dos crías. ¿Cómo el jaguar presidente pretende parir a la vez 14 leyes? Haciéndole un esfuercito biológico lo más de dos leyes en su parto del referéndum es a lo que debería aspirar. No se haga ilusiones de sus capacidades de padrote político vía referéndum. Las demás las puede dejar apuntadas…y tal vez, preñadas, para el parto legislativo correspondiente.

Lo que propuso el inquilino de Zapote tenía, de origen, malformaciones congénitas, que pueden hacer que su adorable propuesta, del Referéndum, no nazca correctamente, que se frustre en el parto final.

Aun cuando su criatura, en el vientre presidencial, siga incubándose, su parto necesitará ser asistido para ver si ese bebé político puede salir de la vía de la convocatoria para su segura realización.

Para ello va a necesitar fórceps médicos, no para guiar la cabeza del bebé referéndum hacia el parto, sino para guiar la cabeza del presidente, en su sesión de parto mental, para que pueda concretar al menos un proyecto de ley, de la lista que quiere someter a la decisión ciudadana.

En el parto real es la madre la que empuja al bebé hacia afuera del trayecto vaginal. En el parto mental del referéndum del presidente, pareciera que hay un grupo empujando la masa encefálica del jaguar zapoteño hacia el despeñadero, a la democracia nacional. La masa encefálica compuesta de tres cerebros, el cerebro humano, el cerebro mamífero hormonal y el cerebro instintivo, deben estar bien integrados para sus múltiples funciones, más cuando se trata de impulsar tantos referéndums, uno por cada proyecto de ley que quiere consultar.

Sus asesores de Santa Ana y de México, y financistas, según se rumora, son los interesados en crear el estado de inestabilidad política y social, que el presidente ha venido provocando con los ataques a la institucionalidad nacional, a los poderes públicos, al descrédito de los partidos políticos al que constantemente acude, tratando de crear el ambiente hacia un estado de excepción, de fuerza, que suspenda las garantías individuales, que le permita extender su gobierno; o por un gobierno de fuerza, o a la fuerza hacer las reformas jurídicas que quiere impulsar.

Esto está cada vez más claro. Esto no se puede hacer si no se cuenta, por lo menos, con el ministro de Seguridad, que es el de las arnas, y el de la posible represión, a su favor.

Espero que en el actual ministro de seguridad prevalezca su tradición histórica, política y democrática, de su vida en el país, y de su trayectoria en otros partidos políticos y gobiernos que se han caracterizado por valores democráticos. Recordemos que el presidente ha vivido 36 años fuera de Costa Rica, trabajando en países que no tienen la tradición democrática costarricense. Pero, a como el presidente cambia funcionarios de su gabinete, y de las juntas directivas institucionales, habría que preocuparse si se le ocurre cambiar al actual ministro de seguridad, como tocan tambores en seguridad, por uno más gorilesco, menos democrático, más afín a acompañarle en esa aventura de la desestabilización nacional, hacia el estado de excepción.

Por ahora, su engendro de referéndum está en sufrimiento fetal. Su parturiento progenitor se puede cansar de empujar con eficacia, para acudir al empuje violento y final del nacimiento, porque su parto puede prolongarse por los trámites legales y constitucionales que pueden hacer viable ese parto.

Los fórceps políticos que necesita el presidente pueden ocurrir también si en este proceso sufre alguna alteración en su masa cerebral, y la de sus asesores, o le surgen problemas cardiacos de funcionamiento para poder parir su referéndum.

Cuando hay un parto difícil los médicos pueden acudir a hacer un corte en la abertura vaginal y el ano, que se llama episiotomía. En esa zona del perineo legislativo no se puede hacer esa incisión. El presidente tiene que someterse a lo que está establecido para el trámite de proyectos de ley. De esto se trata… por la ley y sus trámites o por la fuerza, la salida zapoteña.

El Referéndum pone a discusión un proyecto de ley que está en trámite legislativo. El referéndum no puede poner a votación una lista de proyectos que el presidente quiere tramitar, sin presentación para el trámite legislativo, que es lo que el presidente promueve. Algunos de los acólitos, diáconos y monaguillos presidenciales, defensores a ciegas, de su referéndum promueven, como una simple lista de ideas que se deben aprobar en la consulta popular del Referéndum. Error garrafal y engaño directo a quienes les oyen, y a los fanáticos que se mueven con los tambores y rugidos de guerra del Jaguar de Zapote.

Un Referéndum legislativo se hace sobre un proyecto de ley en trámite. A votación se pone solo un proyecto de ley. Si el presidente quiere que en el referéndum se traten 14 leyes, debe entender que son 14 consultas las que deben hacerse en el referéndum. Son separadas todas ellas. Son 14 referéndums los que deben o estarían convocándose. Son 14 votaciones diferenciadas entre sí. NO se pueden votar en paquete. No es como darle palo a una piñata. Así lo entiende el presidente y sus asesores presidenciales. Pero, así no está establecido en la ley ni en la Constitución Política.

Si la junta de juristas que ha convocado el presidente es seria tiene que advertirle de este simple procedimiento, y de las posibilidades temporales que tiene para empezar a recoger las firmas, porque debe recoger 210.000 firmas para cada proyecto de ley que se quiera llevar a referéndum. Debe recoger, si quisiera ganar tiempo, por lo menos 210.000 firmas por cada proyecto que quiere someter a la consulta ciudadana. Por lo menos un 10% o un 15% de firmas de más, para asegurar el mínimo que se necesita por proyecto de ley, el 5% del padrón electoral, cerca de las 175.000 firmas, porque si no son correctas o están mal recogidas el Tribunal Supremo de Elecciones las puede anular, y aunque dé plazo breve para corregir la recogida de firmas puede no dar tiempo para hacerlo, y le puede resultar un no nato, un no nacido, un “expulsado” del claustro legislativo, el que tampoco puede salvarse por una cesárea política, una intervención quirúrgica de última hora. Por ahora la idea del referéndum del jaguar de Zapote es tan solo un concebido proyecto de Referéndum y no un nacido Referéndum.

En esta perspectiva puede quedarse como gran distractor político nacional, para ocultar la incapacidad de gobierno, y desviar la atención, de los grandes temas nacionales que urge atender con alianzas estratégicas y con acuerdos políticos, con los distintos actores de la vida nacional.

Para recoger las firmas del Referéndum no es cualquier lugar donde se recogen. Son los lugares que el Tribunal Supremo de Elecciones autorice.

Para recoger las firmas no es cualquier papel u hoja que se puede usar. Son las que autorice el Tribunal Supremo de Elecciones, que llevan su sello, y tienen el encabezado correspondiente para justificar la solicitud de firmas. En este caso, tantas hojas como proyectos de ley en posibilidad de consultarse popularmente. Si son 14 proyectos de ley, son14 hojas distintas para recoger sus respectivas firmas.

No hay que preocuparse del financiamiento del Referéndum. Ese dinero el Tribunal Supremo de Elecciones lo tiene garantizado y presupuestado anualmente.

La Asamblea Legislativa no busca ni tiene excusas para enfrentar los posibles proyectos de ley que el presidente quiera someter a referéndum. El presidente es el que tiene la bola en el área de penal. Si mete el gol, o no, es culpa de él. Dice el presidente que el zorro, él, y la gallina, la Asamblea Legislativa, no pueden negociar constructivamente. Añadió que el zorro siempre quiere comerse la gallina y toda la mesa. En este caso, es claro, que el zorro quiere comerse la gallina con todos sus huevos, los 14 o más proyectos de ley, que no ha anunciado claramente cuáles son, algunos que por ahora solo están en el imaginario político del presidente. Están en la etapa de “nasciturus”, como se dice en la jerga jurídica, “el que va a nacer”, y puede que no nazca.

Cuando el presidente valoró la posibilidad de convocar el referéndum analizó que por sí la Asamblea Legislativa no lo haría, se requeriría la convocatoria por 38 diputados, para lo cual no hay consenso. Si es por la convocatoria del presidente aliado a 29 diputados, de pronto podría el presidente no conseguir los 29 diputados que le apoyen. Por eso acudió a amenazar a la convocatoria directa por la vía de recoger las 180.000-200.000 firmas por cada consulta que quiera poner en votación popular. Es un camino muy difícil de lograr.

El escenario que sigue a la propuesta vinculada a la convocatoria que quiere hacer del Referéndum, sabiendo que tiene muy pocas posibilidades de realizarlo son las elecciones nacionales del 2026. Casi me atrevo a asegurar que el Referéndum, como se quiere convocar, no va. Es más un show político distractor del Jaguar zapoteño

Hacia allí está planteado en Referéndum. Para el Jaguar de Zapote su estrategia se define así: no me dejan gobernar, no me dejan legislar, apoyen al partido y al candidato que voy a promover, junto con mis asesores políticos y financieros, hacia las elecciones del 2026, para darle continuidad a mi gobierno. Para eso necesito que ese partido y ese candidato, que ya lo anunciaré, escogido con apoyo de Santa Ana y México, tenga mayoría parlamentaria para poder hacer todo, desde el gobierno, al estilo Bukele, que es para todos los efectos un gobierno legítimo, surgido de las urnas. Todo esto si se llega a las urnas…

El camino que también se piensa es el de la fuerza, el del estado de excepción, el de crear un nivel de ingobernabilidad y de inseguridad ciudadana que justifique su imposición. Eso es lo que hay que evitar.

Compartido con SURCOS por el autor.

Analista de la UNA: «Presidente no planteó ninguna alternativa de diálogo con la Asamblea»

Más allá de aplicar la estrategia del jaguar y apostar por el ímpetu y la fuerza, el mandatario debe aplicar también la sapiencia y la astucia para saber conducirse en democracia, según Carlos Carranza, del programa de Análisis de Coyuntura de la Sociedad Costarricense.

UNA Comunica. 3 de mayo de 2024. Las diferencias del Presidente de la República, Rodrigo Chaves con la Asamblea Legislativa quedaron patentes en el discurso de informe de labores del segundo año de su administración.

Prácticamente, el Mandatario le cerró las puertas al diálogo con las y los diputados, de acuerdo con lo manifestado por Carlos Carranza, coordinador del programa Análisis de Coyuntura de la Sociedad Costarricense, durante una transmisión en vivo para analizar el mensaje presidencial.

“No planteó ninguna alternativa de diálogo con la Asamblea Legislativa. Casi que dijo que es el pueblo el que va a emitir las leyes. En un modelo democrático como el nuestro eso puede traer problemas porque se requiere de acuerdos con sectores para alcanzar metas. Pero no. El Presidente cree que la única opción válida es la de él, la más adecuada, la ética y la mesiánica”, reforzó Carranza.

El diálogo quedó condicionado con la amenaza velada del Presidente de acudir al mecanismo del referendo, en caso de que no vea voluntad de avance en el Congreso de los proyectos de ley que son de su interés.

En esa línea, Chaves mencionó proyectos como el de venta del Banco de Costa Rica, las jornadas flexibles de trabajo (conocido como 4×3), la eliminación de las tarifas mínimas profesionales y las reformas de la Ley de Contratación Pública, que permitan el avance de iniciativas como Ciudad Gobierno o el desarrollo de una marina en Limón, por medio de una alianza público-privada.

Además, en dos oportunidades diferentes (al inicio y al cierre de su discurso), Chaves reiteró la desaprobación ciudadana hacia la labor de las y los congresistas. Incluso afirmó, sin citar la fuente, que ese descontento alcanzaba a un 85% de la ciudadanía. “la Asamblea sí muestra un deterioro pero no en los términos que él lo plantea, pero lo hace, por un lado, para reducir la capacidad del Congreso y por otro lado, para fortalecer su imagen frente a la población”, consideró Carranza.

Zorro y jaguar

Uno de los elementos simbólicos que llamó la atención del discurso presidencial fue la constante alusión al jaguar como elemento que identifique el sentir de las y los costarricenses hacia un estado de progreso y bienestar.

Al respecto, Carranza, citando a Maquiavelo, considera que desde la cabeza del Poder Ejecutivo debe prevalecer una mezcla y un balance entre la fuerza y el ímpetu que desea imprimir y que está representada en el jaguar y la sapiencia y la astucia para saber los pasos que se deben dar en democracia, y que están asociadas al zorro.

“A veces, hay que saber ser zorro, echar para atrás y negociar”, manifiesta, al tiempo que reconoce que no ve en la figura del Mandatario a una persona dispuesta a abrir dichos canales de comunicación con otros sectores.

Para el experto, como aciertos en el discurso presidencial destacan las aseveraciones hechas en relación con el manejo de la economía y los proyectos de infraestructura. Por el contrario, coincide con los expresado por el presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, en el sentido de que ha existido una afectación considerable a la inversión social.

“La ausencia de una política social es grave, no existe una visión clara que vaya dirigida al conjunto de la población”, indicó Carranza, al tiempo que reconoció la vocación de diálogo que sí manifestó Arias, quien encabezará por tercer año consecutivo la presidencia del Congreso.

Seguridad y educación

En los ámbitos de la seguridad y educación, en el discurso se hizo mención de algunas iniciativas puntuales. Por ejemplo, destacó la contratación de más de 1.000 policías para el 2024, la aprobación de una política de seguridad y el envío de seis proyectos al Congreso, al tiempo que hubo un reconocimiento de que existe una guerra entre pandillas.

En términos educativos, resaltó una mayor inversión en infraestructura educativa, el cierre de brechas digitales, la apertura de colegios científicos y el impulso del programa de bachillerato para la empleabilidad.

Sin embargo, en ninguno de los temas, y en opinión de Carlos Carranza, existe una estrategia clara e integral que abarque las crisis de inseguridad y de educación que vive el país y que está ampliamente difundida y documentada.

“No existe una ruta precisa de hacia dónde vamos. La educación lleva 15 años de no atravesar su mejor momento, a nivel de procesos curriculares, infraestructura, inversión en tecnología, exclusión. No se ha hecho lo suficiente para tener esa coherencia en el mensaje”, agregó Carranza.

En temas de seguridad la línea es similar. El hecho de que el país haya alcanzado el récord de crímenes en el 2023 y cuya tendencia se está repitiendo este año no generó una propuesta de abordaje integral para afrontar esta problemática social.

Para el Coordinador de Análisis de la Coyuntura Social de la UNA, en la rendición de cuentas presidencial hizo falta plantearle al país un modelo de desarrollo que involucre a los diferentes territorios, que apoye la capacidad empresarial del país y que ofrezca sostenibilidad a los programas sociales que atienden las necesidades de la población en estado de vulnerabilidad.

Enlace a la entrevista: https://www.facebook.com/unacomunica.una/videos/2729693163863427  

Oficina de Comunicación

Universidad Nacional, Costa Rica 

Al Peor Mono se le cayó el Zapote

José Luis Valverde Morales.

José Luis Valverde Morales

Pocos presidentes de la república en minoría parlamentaria, han tenido a la mano la posibilidad de hacerse con la Asamblea Legislativa como el actual mandatario.

Delegados de diferentes fracciones llegaron a ponérsela en bandeja, simplemente, pateó el tarro.

Muro de los lamentos.

Desde el inicio del mandato le tendieron puentes, con la lengua dinamitó las estructuras, en su defecto, edificó su muro de los lamentos.

Todo estaba servido para la revisión del ordenamiento jurídico, según él entorpece la gobernanza, con un mandatario de otro talante, hoy posiblemente se estaría edificando la ansiada Ciudad Gobierno, heredada de los antecesores.

En vez de comerse las broncas como prometió, más bien las armó, entonces se paralizó una vez más la vía a San Ramón, el tramo Barranca/Limonal, la nave país viaja dando tumbos.

Pedirle a Rodrigo Chaves atienda la Constitución y las leyes es demasiado, máxime cuando asintió con el silencio, la confusión de su ministra de Planificación, Laura Fernández Delgado, quien no sabe distinguir entre Peñas Blancas, en la zona fronteriza con Nicaragua y su homónimo en San Ramón, provincia de Alajuela.

Link: https://www.facebook.com/100031967874602/posts/pfbid02SHpYZnxWjaVGMDLbM3aVBEcD1gbt886NBzbmgJkJkwdM8ge95HZrgChoNkwC3Jx6l/

2014 y aquel increíble primero de mayo

Henry Mora Jiménez

Ese trepidante día mis asesores más cercanos y yo llegamos muy temprano al recinto legislativo. Había una poderosa razón: aún no contábamos con los votos necesarios para obtener la presidencia del Congreso.

Las negociaciones con el Frente Amplio resultaron rápidas y transparentes, gracias a un acuerdo sobre proyectos de ley que nos comprometíamos a impulsar. Algunos de ellos, como la reforma al código procesal laboral, que contó con el apoyo decidido de otras fracciones, se hicieron realidad. Otros, como Territorios Costeros Comunitarios fueron veladamente saboteados al inicio y abiertamente después.

También habíamos superado una agria y penosa disputa con un compañero y una compañera de la fracción, que objetaron mi “atrevimiento” (que no fue mío) a postularme para la presidencia legislativa. Decidieron mantener sus diferencias en privado, aunque un año después sí las harían públicas.

Las negociaciones con el PUSC se mantenían en vilo y no fue posible concluirlas hasta minutos antes de la votación, a cambio de ceder las dos secretarías del Directorio. Aunque sería más correcto decir que la votación no se realizó hasta que se amarraron los votos. Con don Luis Vázquez y don Jorge Rodríguez mantuve una linda y leal amistad durante nuestro paso por el Directorio, a pesar de que a menudo discrepábamos en el debate parlamentario.

Fue un año de intenso y acelerado aprendizaje, con yerros y aciertos, virtudes y defectos, penas y alegrías. Y no podía ser diferente estando en el centro de un torbellino llamado “política parlamentaria”. Doce meses después me convencí de lo obvio: la política partidaria “no era lo mío”, regresando a mi papel de “intelectual orgánico” en octubre de 2017, aunque ahora con mayores reservas. Y es que ese paso por la política me enseñó, entre otras lecciones, a valorar con mayor humildad la presunta “sabiduría académica”.

Me sirvo de la ocasión para volver a agradecer profundamente a quienes me acompañaron de cerca en esa imborrable aventura entre mayo de 2014 y abril de 2015. A Oscar, Gabriela, Lorena, Leonardo, Jorge, Rolando, Miguel, Cyd y Margoth. Sin sus consejos y apoyos no habría sobrevivido.

Defensoría: Esfuerzos para combatir la violencia contra las mujeres siguen siendo insuficientes

Sábado 27 de abril 2024. El hallazgo del cuerpo de la joven Kimberly Araya, el día de ayer, víctima de la violencia de género, vuelve a llenar de consternación a la sociedad costarricense. Una historia muy dolorosa que, lamentablemente, se repite en el país una y otra vez, siendo que los esfuerzos públicos y privados a la fecha resultan insuficientes.

Como Defensoría de los Habitantes, consideramos urgente la implementación de acciones decididas en materia de prevención de la violencia de género, desde el ámbito educativo, que abarque todas sus manifestaciones. Debe incluir todos los espacios de interacción y formación humana, en los hogares, las escuelas, las universidades, las iglesias, las comunidades, los centros de trabajo, las instituciones, entre otros.

Asimismo, es un asunto de protección y justicia, cuando los hechos violentos se manifiestan desde el uso del lenguaje humillante, escalando al golpe, la manipulación y la afectación de la dignidad de la mujer, hasta llegar a los actos homicidas. El país cuenta con el diseño de un sistema de protección contra la violencia de género, pero se queda corto para dar respuestas efectivas y oportunas al momento de las transgresiones.

Todas las mujeres se encuentran expuestas a sufrir esta violencia cotidiana y sistémica, desde los ámbitos más privados como el hogar, como en el espacio público, sea en las calles, en el transporte, y no hay edad ni lugar exento a sufrirla. Durante el año 2023, se registraron 72 muertes violentas de mujeres, de las cuales 18 fueron femicidios.

Desde la Defensoría de los Habitantes, expresamos nuestro pesar y solidaridad con la familia de Kimberly y, en particular, con sus hijos; así como reiteramos ese sentimiento a todas las demás familias que han pasado por tan dolorosa situación.

Instamos al Poder Judicial, al INAMU y al Ministerio de Seguridad Pública como instancias encargadas directas de la protección de las mujeres ante la violencia basada en género, a cumplir con el compromiso internacional y nacional de actuar con la debida diligencia en la atención de todos, y cada uno de los casos, sin distingo alguno de edad, lugar, circunstancia o condición.

Como Estado, debemos sumar a las demás instituciones del Poder Ejecutivo, así como la Asamblea Legislativa para la construcción, aprobación e implementación de leyes, políticas nacionales, disposición de presupuesto, acceso a la justicia, acceso a la participación social y política, servicios de salud y a la generación de datos nacionales para que estos orienten respuestas efectivas y oportunas, en aras de detener la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes