Hay que derogar el Decreto 168, de la Junta de Gobierno, que estableció el Símbolo Nacional de la Bandera Azul, Blanco, Azul, del Partido Unión Nacional

Vladimir de la Cruz

El 20 de agosto de 1948 la Junta Fundadora de la Segunda República, mediante el Decreto No. 168, firmado por José Figueres, Fernando Valverde Vega, Uladislao Gámez Solano, Bruce Masis Diviasi, Benjamín Núñez Vargas, Gonzalo Facio Segreda, Francisco José Orlich Bolmarcich, Raúl Blanco Cervantes y Edgar Cardona Quirós, acordó Declarar como “Símbolo Nacional el Pabellón azul y blanco usado por los partidos políticos de la Oposición en la última campaña electoral y por el Ejército de Liberación Nacional, pudiendo por lo tanto ser usado en las escuelas, por el Ejército Nacional, en actos de carácter cívico oficial y en otros actos oficiales semejantes, previa autorización del Ministerio de Gobernación. Queda en consecuencia prohibido el uso de la siguiente combinación de colores para efectos políticos o comerciales: tres franjas horizontales o verticales del mismo ancho dispuestas así: azul, blanco y azul”.

Las razones que justificaron este Decreto y este establecimiento, de este Símbolo Nacional, fue que era la Bandera, sus colores, que usaron “los partidos que constituyeron la Oposición Nacional, enarbolaron en su lucha cívica contra los regímenes nefastos de Calderón y Picado, el Pabellón azul y blanco, el cual compendió en si todas las aspiraciones e ideales que sustentaron aquellos partidos, erigiéndolo, al lado del Pabellón Nacional, es un símbolo de libertad y de acatamiento a la voluntad popular. Por cuanto más tarde, el Ejército de Liberación Nacional en su heroica lucha libertadora, enarboló también esa bandera, conduciéndola a la victoria y por tanto a la derrota de la tiranía y la opresión; y por cuanto esa bandera, ya histórica, ha pasado a ser parte integrante de la tradición patria”.

El Partido que usó esa Bandera, azul, blanco, azul, fue el Unión Nacional en las elecciones nacionales de 1948, en la de la Asamblea Constituyente de 1948, y en la de Diputados en 1949. Para las elecciones de la Asamblea Constituyente se inscribió entre otros el Partido Social Demócrata, que representaba al “figuerismo” y a los elementos de la Junta de Gobierno, nombre que fue usado nuevamente en las elecciones legislativas de 1949.

Para las elecciones de 1953, la oposición a Liberación Nacional, ya fundado y con su Bandera Verde, Blanco y Verde, usó la de Azul y Blanco, en dos franjas, en la postulación de Fernando Castro Cervantes. En las elecciones siguientes no se volvió a usar en ningún proceso electoral incluido el del 2018. No se usa no porque sea un Símbolo Nacional, sino porque no representa ni una coalición partidaria, ni ningún partido opositor políticamente, y porque no tiene ninguna referencia histórica, en la memoria, de haber sido un símbolo de oposición política que deba mantenerse.

Este Decreto en la práctica cívica e institucional del país nunca tuvo eficacia real, no se enseñó en las escuelas como parte de los Símbolos Nacionales existentes entonces, La Bandera Nacional, El Pabellón Nacional, La Letra y la Música del Himno Nacional, ni acompañó, pudiendo hacerlo en actos oficiales, a la Bandera o el Pabellón Nacional, así como en Nicaragua o en Venezuela se estila colocar la Bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional o del Partido Socialista Unido de Venezuela, de los partidos políticos gobernantes, a la par o alternando con la Bandera Nacional de estos países.

Quizá influyó en ello que todavía, en 1948, no se había fundado el Partido Liberación Nacional, que nació hasta el 12 de octubre de 1951, y adoptó la Bandera con los colores verde, blanco y verde, mientras que los grupos opositores, en esa época a Liberación Nacional, usaban los colores de la oposición anterior a 1948.

El Partido Liberación Nacional adoptó el nombre del Ejército de Liberación Nacional, pero no su Bandera, con el que José Figueres hizo su guerra, su movimiento armado. Y esta Bandera, verde, blanco y verde, ha sido usada e izada por este Partido con orgullo, distinción y como elemento identificatorio hasta que en las últimas dos campañas electorales, la de Johnny Araya y de Antonio Álvarez, la devaluaron y casi la eliminaron de sus elementos propagandísticos y electorales. Pudiera ser que ya no signifique tanto o mucho de su origen, ni se destaque como obra de nueve gobiernos de Liberación Nacional, de los 17 que hemos tenido desde 1953, o que el peso de los ocho gobiernos no liberacionistas de este período empiece a pesar más, en el inconsciente colectivo, que los ha tenido Liberación Nacional, sin que este Partido pueda encontrar al día de hoy su norte político, para las necesidades de la Costa Rica del 2022 y la del Bicentenario.

Los Símbolos Nacionales, las distintas Banderas y Escudos, los Escudos de Armas y el Pabellón Nacional, las Letras y Música del Himno Nacional, que se acordaron y elaboraron durante el transcurso de los siglos XIX y XX, plasman la idiosincrasia de momentos históricos de la formación de la nación costarricense, identifican los valores más destacados de la sociedad costarricense y los hacen verdaderos y tangibles elementos sagrados.

La Bandera es el símbolo más distinguido y preciado de la dignidad y soberanía nacional, y expresa la esencia de la unidad del pueblo, del patriotismo y de la soberanía, lo que hace que en sí misma tenga dos elementos fundamentales: poder y fuerza. Ante la bandera y la Constitución Política se juramentan las autoridades públicas, funcionarios de gobierno y ciudadanos que deben rendir el Juramento, así como el saludo que se lleva a cabo en ceremonias o actos cívicos.

La Bandera, El Pabellón Nacional, El Escudo Nacional y el Himno Nacional se consideran los Símbolos Nacionales Mayores, pues son los que representan de mejor forma a todo el pueblo y a la Nación costarricense, su territorio y sus valores.

La bandera como símbolo se coloca siempre en la cúspide, como expresión de mando, de unión y protección de la comunidad que con ella se manifiesta. Colocada al viento es una alegoría que indica que se mira el futuro.

Por ello se la considera como el más importante de todos los símbolos nacionales, pues es el que más une, el que más provoca la sensación de protección y de expresión nacional.

La Bandera es el símbolo de la Soberanía Nacional, de la Independencia Nacional, y el que expresa la pertenencia a la Nación. Se considera también a la Bandera símbolo de honor y de valor, de victoria y de representación de la Patria y la nacionalidad, lo cual se manifiesta en el alto sentimiento de llegar a “morir por la bandera”.

Si la Bandera también exalta hechos importantes que sintetizan un período de la Historia Nacional, como podría ser el Gobierno de Facto de la Junta Fundadora de la Segunda República, por la importancia que tienen muchos de sus Decretos y políticas para el desarrollo institucional posterior, propios, y de continuidad de la Gran Reforma Social de los años 1940-1947, que marcan toda esta época de la llamada Segunda República, y del desarrollo del Estado Social de Derecho, que se asocia a ella, al menos hasta 1978, la verdad es que en el proceso educativo nacional ni en la vida cívica cotidiana se exaltó ese espíritu del 48, como un elemento de identificación nacional, más allá de lo que los liberacionistas, como partidarios de ese Partido, y de la Obra de José Figueres enarbolaron.

La Segunda República, como categoría histórica no se asimila para ningún ciudadano, como elemento identificatorio, es más una categoría de referencia para señalar y referirse únicamente al Gobierno que siguió, por la fuerza de las armas, al Gobierno Constitucional de Teodoro Picado, 1944-1948. Ni siquiera se estudia, de manera importante en el proceso educativo en general.

Los conceptos de Primera, Segunda, Tercera, Cuarta o Quinta República, en los países que tienen estas segmentaciones de su proceso histórico, si tienen importancia y relevancia, y los ciudadanos distinguen esos períodos por grandes hombres, por sus rupturas institucionales o constitucionales o por sus grandes obras, como pueden mencionarse la Tercera, Cuarta y Quinta República de Francia o de Venezuela. Los ciudadanos en esos países se identifican y se sienten parte de esas definiciones republicanas, especialmente la Cuarta o la Quinta, las más recientes y la que se vive en el momento. Aquí, en Costa Rica, la Segunda República casi es un concepto vacío, sin significado consciente. El proceso histórico nacional, desde 1821, casi se ve como un continuo histórico, sin distinguir el Período de las Juntas Gubernativas, el de las Provincias Unidas de Centro América, República Federal de Centroamérica, el del Estado de Costa Rica, y el de las Repúblicas declaradas por José María Castro Madriz, en 1848, y por José Figueres, en 1948, al punto que se ha hablado, desde 1990, de fundar la Tercera República, y hay quienes hablan hasta de fundar una Cuarta República, sin haber sellado el capítulo de la República surgida en 1948, y sin haber hecho el balance de esta Segunda República incluso para determinar si lo que tenemos es una República de Segunda, y urge en ese sentido, entonces sí, fundar la Tercera República, tarea para el próximo Gobierno, porque no creo que se ponga esto como tema de la próxima campaña electoral, aunque llegare a haber un Figueres de candidato.

Por ahora lo que urge es derogar o anular el Decreto No. 168 de la Junta Fundadora de la Segunda República que estableció la Bandera de un movimiento o un partido político, el Unión Nacional, como Símbolo Nacional, con la obligación de ser usado en todos los actos cívicos oficiales, y en actos semejantes, lo que no se hace ni acostumbra. Además, reconocido por el Decreto mismo como Símbolo del Ejército de Liberación Nacional de José Figueres.

Si abolimos el Ejército institucional, con más razón debe abolirse, derogarse o anularse este Decreto porque mantiene un Símbolo que es a la vez un símbolo de un Ejército, en ese momento privado, de un grupo de ciudadanos, que no era el Ejército Nacional, el que fue abolido. El de Figueres fue disuelto y sus armas bien guardadas fueron.

De no derogarse antes de que se cierre el proceso de inscripción de partidos políticos, para las próximas elecciones, el Tribunal Supremo de Elecciones, tiene la obligación y el deber de velar porque esos colores, azul, blanco, azul, en tres franjas, en forma horizontal o vertical, no puedan usarse como emblema o bandera de ningún partido político, porque los Símbolos Nacionales de la Bandera y el Pabellón, y éste declarado por la Junta de Gobierno, que es otra Bandera, no pueden usarse, como símbolos de ningún partido político, ni para fines comerciales o de publicidad.

Si el Tribunal Supremo de Elecciones no hace nada, y tampoco se deroga el Decreto, un posible candidato como Rodrigo Chaves Robles, que anda creando, o buscando, Partido Político y Bandera, ya tiene una que representa históricamente una fuerza opositora, cuyo símbolo de oposición puede significar lo mismo simbólicamente para el momento actual.

En el caso de Rodrigo Chaves, de encontrar Partido ad hoc, en una Asamblea Nacional pueden cambiar su Bandera por ésta, así de fácil, antes de inscribirse en definitivo.

Por ahora, insisto, derogar o anular el Decreto No 168 es el imperativo nacional.