Foto extraída de artículo de prensa del Daily Mail, abril del 2016.
El pasado 22 de junio, la Asamblea General de Naciones Unidas optó por solicitar a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una opinión consultiva con relación a la controversia que opone desde su independencia a Mauricio (también conocida como Isla Mauricio) al Reino Unido. El texto de la resolución A/RES/71/292 fue adoptado, pese al intenso cabildeo por parte del Reino Unido, por una amplia mayoría de 94 votos a favor, 15 en contra, y 65 abstenciones (véase nota de prensa de Naciones Unidas). La misma prensa británica había advertido del inminente riesgo de un voto desfavorable pocos días antes de la votación (véase nota de The Guardian).
Foto aérea del archipiélago de Chagos, en el que se localiza una base militar norteamericana (isla de Diego García), extraída de artículo de prensa de The Guardian de noviembre del 2016, titulada «Chagos islanders cannot return home, UK Foreign Office confirms».
Chagos o la historia de un exilio forzado por más de 40 años
Las islas de Chagos fueron separadas de Mauricio justo antes de su independencia en 1968, con la garantía dada expresamente por el Reino Unido que serían devueltas a Mauricio el día en que se cerraría la base militar norteamericana situada en la parte más extensa de este archipiélago, la isla de Diego García. Mauricio siempre ha pretendido recuperar su plena soberanía sobre la islas de este archipiélago en el Océano Índico y reinstalar a quiénes fueron sus habitantes y sus descendientes. En este reportaje de MailonLine se puede apreciar la exuberancia de su playas.
Reino Unido procedió a deportar a todos los habitantes de las Islas Chagos entre 1965 y 1973, por lo que las fotografías en ese mismo reportaje de casas, iglesias y barcazas abandonadas a su suerte evidencian también el dolor que ha significado este exilio forzado por más de 40 años vivido por personas que nacieron en estas islas. Regularmente, esta situación totalmente anómala es objeto de examen por parte de órganos de supervisión en materia de derechos humanos de Naciones Unidas (véase nota). Por otra parte, imágenes satelitales (véase video titulado «The Raping Of The Chagos Island» confirman la expansión de las instalaciones de Estados Unidos en su base militar, la cual, a diferencia de todas las demás, está rodeada por la inmensidad del mar y la ausencia de comunidades humanas.
En un artículo del Profesor André Oraison publicado en 1990, se lee que:
«Étrangers au monde de la géopolitique, les Ilois ont bien été les premières victimes des desseins stratégiques des U.S.A. et, plus généralement, de la rivalité Est-Ouest dans l’océan Indien. Au surplus, leur sort a été pendant longtemps tragique. Aucune structure n’a été mise en place pour les accueillir à Maurice (119). Exilés dans un pays relativement lointain, plutôt pauvre et déjà surpeuplé, ceux qu’on a parfois appelé les «Palestiniens de l’océan Indien », ont été simplement « dispatchés » dans les bidonvilles de PortLouis. Nombreux sont ceux qui n’ont pas trouvé de travail ou qui ont eu des difficultés à s’insérer dans une société pourtant multiraciale et multiculturelle (120)» (Nota 1).
Si bien el Reino Unido ha implementado un programa de «compensación» desde los años 80 para los habitantes de Chagos deportados, las sumas percibidas por estas personas y sus familiares son módicas. En un artículo publicado en España por el Profesor Antoni Pigrau Solé en el 2016, al analizar la «inhibición» de la Corte Europea de Derechos Humanos para conocer los reclamos de la población deportada de Chagos, basándose precisamente el juez europeo en estas «compensaciones», se lee que:
«Se ha estimado que el monto necesario para compensar a los chagosianos por los daños sufridos entre 1970 y 2008 estaría entre 5.400 y 13.200 millones de dólares, justificado de cuatro conceptos: la gravedad de las pérdidas sufridas; el hecho de que estos daños incluyen no sólo las pérdidas sufridas individualmente por cada miembro de la comunidad chagosiana, sino también las pérdidas que han sufrido colectivamente como pueblo indígena desposeído de su tierra natal; el hecho de que estos dos tipos de daños se han seguido acumulando como consecuencia del exilio continuado, y la larga duración del período de exilio» (Nota 2).
En el 2016, las ONG exigieron lo siguiente a los órganos de Naciones Unidas:
«Minority Rights Group drew attention to the issue of the Chagos Islands located in the Indian Ocean, specifically the island of Diego Garcia, which the United Kingdom had leased to the United States to be used as a major military base. It was noted that the continued exile of the Chagossian people was a violation of the rights to an adequate standard of living under Article 11 of the Covenant. It recommended that the United Kingdom Government recognize the violations endured by the Chagossians’ right to return immediately, pay them adequate compensation for the violation of their rights over the previous 40 years, and to appropriately seek informed consent of the Chagossians in relation to return and compensation process» (véase nota de Naciones Unidas).
El sufrimiento de quiénes no pueden regresar a su tierra natal, y ello por varias generaciones, fue objeto de esta interesante tesina de antropología social y cultural realizada en Francia, titulada «Les éxilés de l´Océan Indien: Du malheur de soi au meilleur d’eux-mêmes» (2006).
Chagos: una injusticia persistente que desborda el marco estríctamente bilateral
Para muchos Estados, el tema debe resolverse de forma bilateral, y no hay espacio para algo distinto a ello. Por ejemplo, en enero del 2017, se leyó, en una respuesta del Ejecutivo galo a una pregunta de una senadora francesa de l´Ile de la Réunion en la que viven varias familias deportadas de Chagos, que:
«Je voudrais tout d’abord apporter quelques précisions sur ce différend qui oppose le Royaume-Uni et la République de Maurice, différend sur lequel le gouvernement français ne saurait prendre position. Le gouvernement mauricien revendique cet archipel de l’océan Indien, dont la population a été déplacée entre 1965 et 1973. Louée par le Royaume-Uni aux États-Unis, Diego Garcia, la principale île des Chagos, est devenue une base militaire américaine. Depuis leur départ forcé, les Chagossiens, estimés à 9 000 personnes, vivent principalement à Maurice, aux Seychelles et au Royaume-Uni. Soyez assurée, madame la sénatrice, que la France n’est pas indifférente au sort des Chagossiens. Après plus de quarante ans d’exil, les Chagossiens et leurs descendants continuent de rencontrer des difficultés d’insertion économique et sociale. Le devenir de cette population déplacée doit, bien sûr, être pris en compte lors de la résolution du différend relatif à la souveraineté des Chagos. Le gouvernement français continuera d’encourager le Royaume-Uni et la République de Maurice à régler ce différend et à trouver des solutions à la situation des Chagossiens par la voie diplomatique et du dialogue, lequel est engagé depuis plusieurs mois». (véase respuestade Harlem Désir, Secretario de Estado delegado del Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia).
Nótese que el acuerdo de cesión territorial del Reino Unido a Estados Unidos en la isla Diego García llegó a su término (que era de 50 años) en noviembre del 2016, y que fue reconducido hasta el 2036 de forma expedita por las autoridades británicas y la administración saliente del Presidente Obama (véase nota de prensa de USNews). Ante este detalle (pasado por alto por algunos), la expresión de pesar externada por el delegado británico en Naciones Unidas el pasado 22 de junio, minutos antes de proceder al voto, cobra particular interés, al señalar que: «So I regret that this issue has come to the General Assembly. It saddens us that a dispute between two UN members, two Commonwealth partners, should have reached this Chamber in this way. A more constructive path is still available and I call for the withdrawal of this draft resolution to keep that path open» (véase texto completo de su larga alocución).
La votación en Naciones Unidas acaecida el pasado 22 de junio: una contundente victoria diplomática de Mauricio
En el tablero del voto obtenido por la resolución A/RES/71/292, registrando 94 votos a favor, 15 en contra, y 65 abstenciones, se pueden apreciar varias cosas: el estallido de la solidaridad entre los 52 Estados del Commonwealth y el aislamiento del Reino Unido con respecto a Europa y como Miembro Permanente del Consejo de Seguridad (órgano en el que solo pudo contar con el voto de su único aliado, Estados Unidos). También destaca la abstención de casi todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE). No obstante, cuatro optaron por votar en contra con Reino Unido, mientras uno de los Estados miembros de la UE – isleño, como Mauricio – se apartó de la consigna acordada por Bruselas: se trata de Chipre (votó a favor).
Foto de manifestantes oriundos de Chagos desplazados por las autoridades británicas debido a la base militar norteamericana ubicada en la Isla de Diego García, extraída de nota de prensa.
Votaron, con el Reino Unido, y en contra de esta solicitud de opinión consultiva a la CIJ únicamente los siguientes Estados: Afghanistán, Albania, Australia, Bulgaria, Corea del Sur, Croacia, Estados Unidos, Hungría, Israel, Japón, Lituania, Maldivas, Montenegro y Nueva Zelanda.
Lo más cercano a una unanimidad de algun grupo en las Naciones Unidas correspondería – si obviamos la abstención de Canadá – al JUSCANZ al que Israel participa desde hace varios años. En Naciones Unidas, en particular desde el 11/S, las posiciones del JUSCANZ son fáciles de prever. Cabe recordar que Estados Unidos cuenta con una base militar en la mayor de las islas que forman ese archipiélago, la isla Diego García, usada para esconder al mundo las exacciones a las que se sometió a personas sospechosas de pertenecer a grupos terroristas durante su interrogatorio después del 11/S (véase declaraciones de un colaborador de Colin Powell en el 2015 a la prensa británica y reportaje del Time).
En la precitada alocución, el representante británico externó en Nueva York que: «Many of you here today have told us privately that you too see this as bilateral business and have urged us to use bilateral means to resolve it. So in turn, let me urge all of you who have told us this – and not only you – to vote against the draft resolution today. In particular, any of you planning to abstain because this is bilateral, please vote no precisely because this is bilateral».
En América Latina, todos sus integrantes votaron a favor del texto, con excepción de Chile, Colombia, México, Panamá y Paraguay, quiénes se abstuvieron. Honduras por su parte se registra como el único en América Latina en ausentarse al momento de votar, conjuntamente con otras 17 delegaciones que entran en la categoría designada por la expresión «No Show» (véase nota de The Guardian con el tablero de votación reproducido dentro de la misma nota). No cabe duda que conocer la justificación exacta del voto sería de cierto interés en aras de entender mejor a qué puede haber obedecido la decisión de abstenerse por parte de esos cinco Estados.
En términos numéricos, esta votación constituye un estrepitoso fracaso del aparato diplomático británico (y también del de su fiel aliado norteamericano). En términos políticos, contribuye a aislar un poco más al Reino Unido de sus socios europeos.
Las preguntas hechas al juez internacional
En la resolución adoptada, se leen las siguientes dos preguntas que serán formuladas a los jueces de la CIJ:
«a)¿Se completó con arreglo a derecho el proceso de descolonización de Mauricio cuando Mauricio obtuvo la independencia en 1968, después de la separación del archipiélago de Chagos de Mauricio y teniendo en cuenta el derecho internacional, incluidas las obligaciones recogidas en las resoluciones de la Asamblea General 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, 2066 (XX), de 16 de diciembre de 1965, 2232 (XXI), de 20 de diciembre de 1966, y 2357 (XXII), de 19 de diciembre de 1967?”;
b) “¿Cuáles son las consecuencias en virtud del derecho internacional, incluidas las obligaciones reflejadas en las resoluciones mencionadas, que se derivan de que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte siga administrando el archipiélago de Chagos, entre otras cosas respecto a que Mauricio no pueda aplicar un programa para reasentar en el archipiélago de Chagos a sus nacionales, en particular los originarios del archipiélago de Chagos?”.
Tal y como se puede apreciar, ambas preguntas se relacionan con el derecho a la autoderterminación y con los derechos conculcados desde décadas por el Reino Unido a los habitantes de estas islas al privarlos de la posibilidad de regresar a vivir en ellas. Sin pedir expresamente a la CIJ determinar quién es el titular de los derechos soberanos en el archipiélago, la sutileza de ambas preguntas obligará ineludiblemente al juez internacional a proceder a un minucioso ejercicio en el que deberá aclararlo. La formulación de la primera pregunta impide al Reino Unido objetar la competencia de la CIJ. En la segunda, la expresión refiriendo al Reino Unido que sigue «administrando el archipiélago de Chagos» es inobjetable: en la versión en inglés la expresión usada es «the continued administration by the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland of the Chagos Archipelago».
Desde el punto de vista diplomático, la estrategia es extremadamente ingeniosa, y merece ser saludada. Desde el punto de vista jurídico, se trata de una maniobra magistral, que merece similar reconocimiento.
La vía consultiva: una opción cuando la contenciosa permanece bloqueada
Como bien se sabe, la justicia internacional entre dos Estados se basa en el consentimiento de ambas partes. Como Estados soberanos, no siempre reconocen competencia al juez internacional: es parte de sus atribuciones soberanas. Cuando una de las dos partes no reconoce la jurisdicción de un órgano judicial, no hay posibilidad de presentar una demanda contenciosa. El procedimiento consultivo ante la CIJ permite, ya no a través de la solicitud de un Estado, sino a través de la de órganos de Naciones Unidas, obtener una decisión del juez internacional: ello, además, en el marco de un procedimiento abierto que contempla la recepción de las opiniones de los demás integrantes de la comunidad internacional. En el caso de la controversia sobre Chagos, se intentará obtener una decisión favorable a las pretensiones de Mauricio, ante la imposibilidad de demandar en un procedimiento contencioso al Reino Unido.
En otro ámbito muy distinto, es lo que se obtuvo con la opinión consultiva del 2004 de la CIJ muy desfavorable para Israel, sobre las consecuencias jurídicas de la edificación de un muro en el territorio palestino ocupado (veáse decisión de la CIJ y lista de opiniones jurídicas que fueron presentadas, en las que, por parte de América Latina solamente se registran las de Brasil y las de Cuba): esta opinión consultiva fue solicitada por la Asamblea General en el 2003. En aquella ocasión, el voto registrado fue de 90 a favor, 8 en contra y 74 abstenciones: los votos en contra: Australia, Estados Unidos, Etiopía, Israel, Micronesia, Marshall (Islas de), Nauru y Palau (véase nota de Naciones Unidas).
El arbitraje sobre Chagos del 2015: breve recapitulativo sobre un burdo intento británico de maquillaje verde
La disputa entre Mauricio y el Reino Unido sobe estas islas se evidenció en años recientes en el ámbito del derecho del mar, con un Area Marina Protegida (MPA) decretada unilateralmente por Reino Unido en el 2010, declarándose «Estado costero» sin serlo del todo. La iniciativa dió lugar a una decisión arbitral del 18 de de marzo del 2015, a solicitud de Mauricio, en el marco de los procedimientos de solución pacífica de controversias que ofrece la Convención sobre Derecho del Mar de 1982. El laudo arbitral dado a conocer por la Corte Permanente de Arbitraje (véase sitio), reconoce la ilegalidad de la decisión británica del 2010 y ofrece una renovada lectura del principio del «estoppel» en derecho internacional público.
a) Un cable Wikileaks muy revelador
Con relación a la intención detrás de la siempre muy loable preocupación por proteger el ambiente del Reino Unido, leemos en este cable confidencial hecho público por Wikileaks del 2009 que otras razones menos loables fueron las que impulsaron esta iniciativa:
«He asserted that establishing a marine park would, in effect, put paid to resettlement claims of the archipelago’s former residents. Responding to Polcouns’ observation that the advocates of Chagossian resettlement continue to vigorously press their case, Roberts opined that the UK’s «environmental lobby is far more powerful than the Chagossians’ advocates.» /… /»She also asserted that the Conservatives, if in power after the next general election, would not support a Chagossian right of return. She averred that many members of the Liberal Democrats (Britain’s third largest party after Labour and the Conservatives) supported a «right of return.» /…/ «Indeed, MP Keith Simpson, the Conservatives’ Shadow Minister, Foreign Affairs, stated in the same April parliamentary debate in which Merron spoke that HMG «should take into account what I suspect is the all-party view that the rights of the Chagossian people should be recognized, and that there should at the very least be a timetable for the return of those people at least to the outer islands, if not the inner islands.»Establishing a marine reserve might, indeed, as the FCO’s Roberts stated, be the most effective long-term way to prevent any of the Chagos Islands’ former inhabitants or their descendants from resettling in the BIOT. End Comment».
En un análisis sobre este laudo arbitral publicado en el 2016, el profesor José Juste Ruiz concluye que:
«Dans le cas présent, le processus suivi par le Royaume-Uni pour déclarer l’AMP à Chagos présente en plus certains aspects douteux. Tout d’abord, le déplacement des populations locales pour faciliter la création de l’AMP n’est pas juridiquement recevable; car la préservation des droits de la nature ne doit jamais se faire aux dépens de la protection des droits de l’homme. Ensuite, la consultation adressée urbi et orbi à quiconque peut avoir un intérêt sur la question ne satisfait pas aux exigences du droit international de l’environnement qui demande de prendre en compte la volonté des « citoyens concernés » notamment au niveau local» (Nota 3).
Como se puede apreciar, el decretar de foma inconsulta áreas de protección en materia ambiental sin consultar a las comunidades aledañas o por lo menos a las autoridades de Mauricio constituyó sin lugar a dudas un ejercicio original por parte del Reino Unido, denotando no obstante que el fín perseguido era muy distinto.
b) Una operación de maquillaje que no convenció mayormente
En el precitado artículo del Profesor Antoni Pigrau Solé, el autor indica que la operación británica «envoltorio» no logró su cometido, y más bien, evidenció la intención velada sus gestores:
«A pesar de su envoltorio ambientalmente muy justificable y políticamente correcto en el marco de los preparativos de la Conferencia Rio+20 sobre desarrollo sostenible 93, con esta medida, en realidad, se pretendía consolidar la actividad militar de la base de Diego García y blindar la decisión de impedir el regreso de sus habitantes originales. Su presencia siempre se había juzgado incompatible con aquella actividad, pero ahora será la incompatibilidad con la protección del medio ambiente, la fauna y la flora de la zona, el argumento público para impedir el regreso de los indígenas de Chagos. Además esta estrategia de greenwashing permitiría distraer la atención respecto de los impactos negativos de imagen asociado a la historia de la creación y el funcionamiento de la base» (página 25).
En otro análisis sobre esta decisión arbitral del 2015, se concluye por parte del jurista Michael Waibel que con este nuevo episodio, quiénes quedan en una incómoda situación ante la comunidad internacional, son las mismas autoridades británicas:
«Even if the tribunal upheld only one of Mauritius’s four claims, the award plus the dissent could help mobilize opinion in favour of a negotiated settlement on the Chagos Archipelago, including the return of the Chagossians. The arbitration itself put the UK in the awkward position of having to defend a colonial legacy in the Indian Ocean whose establishment is at least in tension with the legal principles applicable to decolonization» (Nota 4).
La decisión contó con las opiniones disidentes de los árbitros James Kateka y Rüdiger Wolfrum. En su laudo, el tribunal arbitral adujo no tener competencia para determinar la soberanía sobre las islas del archipiélago de Chagos.
El antes mencionado artículo del Profesor Antoni Pigrau Solé del 2016, finaliza su análisis señalando que el rechazo por parte del tribunal arbitral abría una ventana de oportunidades que se pudo aprovechar:
«La reciente decisión del Tribunal arbitral en relación con el establecimiento unilateral de la MPA, parece forzar una negociación entre el Reino Unido y Mauricio, en la que difícilmente se podrá hacer abstracción de la cuestión del retorno de los desplazados. La finalización en 2016 del plazo inicial de 50 años del acuerdo de cesión de Diego García para la creación de la base militar de Estados Unidos es otro dato que favorecería una reconsideración del caso, a pesar de que la posición de los Estados Unidos no ha variado un ápice en cuanto a su interés militar en la continuidad de la base» (página 36).
A modo de conclusión
El drama vivido por los habitantes del archipiélago de Chagos constituye un verdadero lunar (de muchos más), que la comunidad internacional ha tardado en atender, como mucho más, y ello desde 1968. Dada la reconducción inconsulta por parte del Reino Unido a Estados Unidos del acuerdo relativo a la base militar en Diego García, y ello hasta el 2036, se perdió una valiosa oportunidad para resolver la controversia mediante negociaciones directas entre Mauricio y Reino Unido. Por lo tanto, será ahora la CIJ la llamada a aclarar, en una opinión consultiva, el alcance de las pretensiones de ambos Estados. Se trata, sin lugar a dudas, de una ocasión propicia para que la justicia internacional se pronuncie sobre este drama humano, y que merece ser saludada.
Adoptada la resolución A/RES/71/292 en Nueva York, esta fue notificada por el Secretario General de Naciones Unidas al juez internacional (véase comunicado de la CIJ con fecha del 29 de junio). Sin aún haber sido recibida dicha notificación, la actitud de las autoridades del Reino Unido para impedir que la CIJ conociera del asunto ya había sido registrada en La Haya.
Notas —
Nota 1: Véase ORAISON A., «À propos du litige anglo-mauricien sur l´archipel des Chagos (La succession d’États sur les îles Diego Garcia, Peros Banhos et Salomon)», Revue Belge de Droit International (RBDI), 1990, pp. 5-53, p. 39. Texto del artículo disponible aquí.
Nota 2: Véase PIGRAU SOLÉ A., «El caso de la isla De Diego García: Territorio sin Derecho Internacional, personas sin derechos», Revista electrónica de Estudios Internacionales (REEI), Núm. 31, 2016, p. 22. Texto disponible aquí.
Nota 3: Véase JUSTE RUIZ J., «Création par le Royaume-Uni d’une aire marine protégée autour de l’archipel des Chagos. Différend entre le Royaume-Uni et l’Ile Maurice. Procédure arbitrale fondée sur la Convention des Nations Unies sur le droit de la mer», Revue Juridique de l´Environnement (RJE), 2016, Núm.1, pp. 141-152, p. 151.
Nota 4: Véase WAIBEL M., «Mauritius v. UK: Chagos Marine Protected Area Unlawful», EJIL-Talk, 2015, Texto disponible aquí.
Foto de una mujer nativa de Chagos, observando el océano desde una playa en Mauricio, extraída de artículo de la BBC titulado «Chagos, las islas en el centro de una tenaz disputa entre Reino Unido y Mauricio en la que los británicos sufrieron un fuerte revés diplomático».
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Ante el anuncio hecho por el Presidente Donald Trump de proceder a «retirar» a Estados Unidos del Acuerdo de París sobre Cambio Climático adoptado en diciembre del 2015 (véase texto del acuerdo, versión en español), varios Estados de América Latina han reaccionado mediante comunicados de prensa. Se trata de documentos oficiales en los cuales los Estados de la región latinoamericana externan, cada uno a su manera, su preocupación al respecto.
Cabe recordar que el Convenio suscrito en París en diciembre del 2015 fue ratificado en el siguiente orden en la región latinoamericana, iniciado por Perú (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales) y concluido por El Salvador hace pocos meses:
– Perú (julio del 2016);
– Argentina, Brasil, Honduras, México y Panamá (setiembre del 2016);
– Bolivia, Costa Rica, Paraguay y Uruguay (octubre del 2016);
– Cuba (diciembre del 2016);
– Guatemala (enero del 2017), cerrándose la lista con Chile (febrero del 2017) y El Salvador (marzo del 2017).
La ratificación de Perú (25 de julio del 2016) se contabilizó a nivel global como la número 21, mientras que la de Costa Rica (14 de octubre del 2016) se registró como la ratificación número 79 (véase breve nota nuestra al respecto). Para completar el panorama regional, en el hemisferio americano, los primeros Estados en ratificar este instrumento fueron Belice, Granada, Saint Kitts y Nevis y Santa Lucia (22 de abril del 2016), un dato usualmente pasado por alto.
Los Estados que se manifiestan y los demás Estados de América Latina
La discusión entre los colaboradores del Presidente Donald Trump se dio a conocer hace varias semanas (véase por ejemplo nota de El Pais). La decisión del Presidente de Estados Unidos fue objeto de una amplia cobertura mediática desde su anuncio. No obstante, no todos los Estados se han manifestado, al menos a la hora de redactar estas breves líneas (2 de junio del 2017): en América Latina, entre los Estados omisos, se contabilizan a Bolivia, Cuba, Guatemala, Honduras, Panamá, Paraguay y Uruguay. Se trata de Estados Partes a este convenio multirateral. Dicha omisión es confirmada al consultar los sitios oficiales de sus respectivos aparatos diplomáticos. En el caso de Panamá, la omisión es una, sin serla del todo: veremos que el texto circulado constituye, sin lugar a dudas, un interesante caso en el que el arte de expresarse sin manifestarse sale a relucir.
En el caso de Colombia, Ecuador, Haití, República Dominicana y Venezuela, al haber firmado pero no ser Estados Partes (ausencia de ratificación), resulta entendible que ninguno de ellos se haya manifestado. No obstante, como lo veremos a continuación, Ecuador sí ha procedido a hacerle ver a Estados Unidos su parecer.
Con respecto a Nicaragua, que ni tan siquiera ha firmado el convenio de París (único caso en América Latina), la ausencia de manifestación es de igual manera entendible.
Cabe recordar que en la actualidad, este instrumento ha sido firmado por 195 Estados, y ratificado por 148 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). La última ratificación registrada es la de Rumanía (1ero de junio del 2017).
Foto extraída de nota de prensa de DW.
Las diversas formas de expresión de pesar de los Estados
Los Estados, al igual que los individuos, expresan su malestar de muy diversas maneras: mientras que unos lamentan la decisión y externan su profunda decepción en sus comunicados oficiales (Argentina, Brasil, Ecuador y Chile), otros optan por formas y expresiones más neutras (Costa Rica), al tiempo que algunos evitan valorar o emitir juicio alguno sobre la decisión anunciada por el Presidente de Estados Unidos: es el caso de México.
Mientras que algunos Estados dan por un hecho que se trata de una denuncia del acuerdo de París, otros, como Brasil, sugieren más bien que se trata de un retiro provisional para reintegrarse a dicho tratado. Al constituirse el cambio climático en una «amenaza existencial» para los Estados isleños del CARICOM, era previsible una reacción conjunta (y solidaria) de los Estados anglófonos situados en esa precisa parte del hemisferio americano.
Recientes denuncias de tratados multilaterales en materia ambiental
De proceder a una denuncia (prevista en el artículo 28 del mismo Acuerdo de París), Estados Unidos se convertiría en el primer Estado Parte a dicha convención en acudir a esta figura, que prevé el derecho de los tratados y consagrada como tal en la Convención de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados. En cambio, no sería la primera vez que un tratado en materia ambiental es objeto de una denuncia. Para citar un ejemplo reciente, el 15 diciembre del 2011, Canadá procedió a denunciar el Protocolo de Kioto adoptado en 1997: la solicitud fue inmediatamente notificada (véase carta oficial) a los demás Estados Partes por el depositario (véase nota al respecto). La peculiar visión (un tanto estrecha) de los problemas globales del Primer Ministro canadiense Stephen Harper (2006-2015) explica que en la casilla correspondiente al mismo Canadá, se lea, con relación esta vez a la Convención para la lucha contra la Desertificación de Naciones Unidas de 1995 que:
«the Government of Canada had notified the Secretary-General of its decision to withdraw from the Convention. The withdrawal took effect on 28 March 2014. On 21 December 2016, Canada deposited with the Secretary-General an instrument of accession to the Convention» (véase cuadro oficial nota 4).
Ante la ausencia de notificación formal a Naciones Unidas dada a conocer al momento de redactar estas líneas, resulta prudente esperar a conocer el detalle exacto de lo que se solicitará al depositario de dicho instrumento por parte del Departamento de Estado de Estados Unidos. En el pasado, los funcionarios de esta entidad se han mostrado particularmente creativos con, por ejemplo, el «retiro de la firma» («unsignature») acaecido en el 2002 del Estatuto de Roma adoptado en 1998 estableciendo la Corte Penal Internacional (CPI): véase al respecto nuestra nota publicada por la SLADI con relación a esta inédita actitud de los Estados Unidos.
Nótese que el artículo 28 del Acuerdo de París precisa que hay un plazo de tres años antes del cual no hay manera de proceder a denunciar el acuerdo por parte de un Estado. El texto se lee así:
«1. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación por escrito al Depositario en cualquier momento después de que hayan transcurrido tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo para esa Parte».
Ello significa que antes del 5 de noviembre del 2019, no hay denuncia posible. Aunado a este primer plazo, hay otro de un año adicional que estipula el inciso 2 del mismo artículo: «2. La denuncia surtirá efecto al cabo de un año contado desde la fecha en que el Depositario haya recibido la notificación correspondiente o, posteriormente, en la fecha que se indique en la notificación».
Estamos por lo tanto ante una denuncia que surtiría efectos el 5 de noviembre del 2020. Este plazo de cuatro años explica que es muy posible que el Departamento de Estado de Estados Unidos esté en estos momentos ideando otra opción jurídica, distinta a la denuncia: su Presidente es un hombre apurado.
El contenido de las reacciones de los Estados de América Latina
Como se detallará muy brevemente en las líneas que siguen (en cada nota de pie de página se reproduce el texto integral del comunicado de prensa de cada Estado), cada Estado escoge la extensión y el contenido de su texto, así como el tono a usar. Algunos textos son largos, otros mucho más cortos. Nos limitaremos a reproducir únicamente la parte en la que se externa la preocupación o malestar causados.
Para Argentina (Nota 1), se lee que:
«El Gobierno argentino lamenta profundamente la decisión de los Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de Paris. Dicha decisión tiene impacto no solamente en la efectividad de dicho Acuerdo como instrumento de respuesta a la amenaza global del cambio climático sino también en el espíritu de solidaridad y cooperación demostrado por las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático».
Por otro lado, para Perú, primer Estado en haber procedido a ratificar este instrumento multilateral en América Latina, se lee (Nota 2) que:
«El Gobierno del Perú recibe con preocupación y decepción el anuncio efectuado en la fecha por el Gobierno de los Estados Unidos de América de denunciar el Acuerdo de París sobre cambio climático.
El histórico Acuerdo de París, adoptado en el marco de la COP21 en diciembre de 2015 y ratificado hasta la fecha por 147 países, siendo el Perú el primer país de Latinoamérica en ratificarlo, se obtuvo luego de una intensa y compleja negociación multilateral, proceso en el cual el Perú ejerció un liderazgo al presidir la COP 20 de Lima, donde se sentaron las bases del acuerdo con la aprobación del “Llamado de Lima para la Acción Climática”.
Para Costa Rica (Nota 3), Estado que procedió a depositar el instrumento de ratificación el 14 de octubre del 2016, después de Perú, Honduras, Argentina, Brasil, Panamá, México y Bolivia (véase breve nota nuestra al respecto), leemos que:
«El Gobierno de Costa Rica lamenta que la decisión del Presidente Donald Trump de retirar a Estados Unidos del Acuerdo de París pueda significar un retroceso en materia climática al desconocer sus responsabilidades como uno de los principales emisores del globo».
En el caso de Brasil (Nota 4), un comunicado conjunto de los Ministros de Relaciones Exteriores y de Ambiente señala que:
«O governo brasileiro recebeu com profunda preocupação e decepção o anúncio no dia de hoje, 1° de junho, de que o governo norte-americano pretende retirar-se do Acordo de Paris sob a Convenção-Quadro das Nações Unidas sobre Mudança do Clima e «renegociar» sua reentrada. Preocupa-nos o impacto negativo de tal decisão no diálogo e cooperação multilaterais para o enfrentamento de desafios globais».
La misma modalidad dual se lee en el caso de México (Nota 5), cuyo comunicado circulado por la Secretaría de Relaciones Exteriores omite lamentar o expresar decepción alguna con Estados Unidos, reafirmando los compromisos asumidos por México en este instrumento multilateral adoptado en París en el 2015.
En el caso de Chile (Nota 6), se lee que:
«El gobierno de Chile manifiesta su profunda decepción por la decisión del gobierno de Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de París sobre cambio climático. El Acuerdo de París es uno de los más importantes logros de la comunidad internacional. Es un marco de acción para hacer frente al cambio climático en el siglo XXI. En este sentido su implementación es fundamental para el bienestar de las presentes y futuras generaciones».
Al caer la tarde de este viernes 2 de junio en San Salvador, leemos por parte de El Salvador (Nota 7) que:
«El Gobierno de El Salvador, a través de su Ministerio de Relaciones Exteriores, expresa su preocupación frente al retiro de los Estados Unidos del Acuerdo de París.
Las investigaciones científicas en materia de medio ambiente evidencian que nuestro país, junto al resto de Centro América, están entre las naciones más vulnerables a los efectos del cambio climático, situación que se ha ido manifestando con más fuerza en los recientes años».
En el caso de Ecuador (Nota 8), quién no es Estado Parte, se leyó, también al bajar el sol de un laborioso viernes 2 de junio, que:
«El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a nombre del pueblo y gobierno del Ecuador, lamenta el anuncio realizado por los Estados Unidos de América de retirarse del Acuerdo de París acordado en 2015 bajo la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1992» /…/ «La decisión de retiro de los EEUU y una posible renegociación unilateral, representa una clara amenaza para el multilateralismo, los derechos de la naturaleza y la capacidad del Ecuador y de los países en desarrollo de contribuir de manera efectiva a la lucha contra esta amenaza global».
Como se puede apreciar en el caso de Ecuador, el no ser Estado Parte al acuerdo no inhibe en lo más mínimo a sus autoridades a lamentar el anuncio de retirarse del mismo por parte de Estados Unidos. Savo error de nuestra parte, es el único Estado no Parte en haberse manifestado oficialmente mediante un comunicado de su diplomacia.
En el caso de Panamá, se cuenta con un texto de interés un tanto peculiar, al no mencionar ni en su título, ni en su contenido ninguna alusión a Estados Unidos. El escueto texto de dos párrafos permite no obstante ejemplificar las técnicas originales a las que a veces los Estados pueden recurrir para expresarse sin tomar posición alguna. Dejamos al lector descubrir él mismo si estamos ante una huella sin rastro o ante un rastro sin huella… El texto del comunicado de Panamá se lee (texto integral) de la siguiente manera:
«Panamá reitera su compromiso para mitigar efectos del Cambio Climático Creado: 02 Junio 2017 comunicado
El Gobierno de la República de Panamá recalca la importancia del acuerdo de París, producto de un arduo trabajo de 196 países, que luego de más de 23 años, logró un consenso en cuanto a la mitigación del cambio climático. Este esfuerzo multilateral debe continuar con firmeza para asegurar los resultados.
Panamá más que nunca reafirma su compromiso de fortalecer las acciones en esta dirección y continuar liderando iniciativas locales y regionales como el Centro Internacional de Implementación de la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación del Bosque REDD+ (ICIREDD)».
Tal y como se puede apreciar, el tono y contenido del comunicado de cada Estado varía en función de diversos parámetros, y la comparación de cada uno de los textos exhibe diferencias sustanciales que dejamos descubrir a cada uno de nuestros estimables lectores.
Breve balance de la región
Para algunos observadores, la posición del Presidente de Estados Unidos es poco seria: «Thus the reasons offered by President Trump for withdrawing the US from the Paris Agreement are truly baffling. One can only assume that yet again the international climate regime is being held hostage to the vicissitudes of domestic politics in the US» (véase artículo de la profesora Lavanya Rajamani (India) titulado «Reflections on the US withdrawal from the Paris Climate Change Agreement» publicado en EJIL-Talk).
No obstante, al haberse demostrado en meses recientes que la poca seriedad no constituye limitante alguna al accionar del Presidente de Estados Unidos, las reacciones se han multiplicado. En el caso de América Latina, ocho reacciones oficiales a este insólito anuncio del Presidente Donald Trump de catorce posibles es un primer buen inicio. Al contarse entre estas a las de Argentina, Brasil y México, así como las de Perú, Chile y Ecuador en la región andina y las voces de Costa Rica y de El Salvador en Centroamérica, el balance es positivo. Ojalá no obstante que el movimiento se expanda con mucha mayor determinación: cabe recordar que una de las regiones más vulnerables del mundo al cambio climático es Centroamérica y que el impacto en el Caribe y en las costas de América Latina será innegable (véase informe del 2008 del PNUMA sobre impacto en los Estados del CARICOM así como reciente estudio de la CEPAL).
Nótese que los Estados del CARICOM, cuya coordinación suele ser ejemplar en muchos casos, reaccionaron de manera inmediata con un comunicado conjunto de sus quince Estados miembros (Nota 9) precisando que: «The Caribbean Community (CARICOM) is therefore deeply dismayed and disappointed by the decision of the United States to withdraw from the Agreement. For us Climate Change is an existential threat. As members of a Community of Small-Island and Low-Lying Coastal Developing States (SIDS), the reality of climate change is making itself manifest to us, especially given that our Region is the most prone to natural disasters globally».
Como indicado, al momento de redactar esta breve nota, no se ha tenido conocimiento de algún documento formal de Estados Unidos para saber con exactitud si se trata de denunciar este tratado, como lo asumen algunos Estados, o bien de pedir un retiro provisional en aras de reintegrarse al convenio.
El anunciar esta decisión en aras de medir el tipo de reacción que provoca fuera (y también dentro) de Estados Unidos podría también formar parte de la estrategia del nuevo (y ocurrente) ocupante de la Casa Blanca: el escoger el inicio del mes del ambiente (junio) para ello podría confirmar esta estrategia.
A modo de conclusión
Más allá del estilo tan peculiar de anunciar o hacer cosas (y luego reflexionar sobre el impacto que causan) que exhibe desde su llegada a la Casa Blanca el Presidente Donald Trump, desde el punto de visto estrictamente jurídico, la prohibición expresa de hacer reservas a este tratado como tal (véase artículo 27 del Acuerdo de París) conlleva la imposibilidad de limitar o de modular el alcance de algunas de sus disposiciones. Técnicamente, en caso de persistir el Presidente Donald Trump, Estados Unidos deberá proceder a denunciar el tratado, o bien presentar una inédita solicitud que esperan (ansiosos) tanto el depositario del convenio de París como sus Estados Partes, así como también los especialistas en derecho internacional.
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Nota 1: El texto del comunicado de Argentina se lee así: «01 Junio 2017 Información para la Prensa N°: 216/17
«El Gobierno argentino lamenta profundamente la decisión de los Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de Paris. Dicha decisión tiene impacto no solamente en la efectividad de dicho Acuerdo como instrumento de respuesta a la amenaza global del cambio climático sino también en el espíritu de solidaridad y cooperación demostrado por las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático durante las negociaciones que llevaron a la adopción y posterior ratificación casi universal del Acuerdo de Paris.
Argentina mantiene firme su compromiso con el Acuerdo de Paris y continuará participando activamente junto a los demás Estados Parte en el proceso preparatorio para la 23° Conferencia de las Partes (COP 23) de la Convención con miras a obtener allí avances concretos en la aplicación del Acuerdo de Paris.
El cambio climático es un problema gravísimo y transversal con impactos económicos y sociales, y que demanda la acción urgente y unificada de la sociedad civil y de la administración nacional. Por ello el gobierno argentino reafirma la voluntad de continuar trabajando en la implementación de la contribución nacionalmente determinada para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y aumentar la capacidad de adaptación al cambio climático de la Argentina en el ámbito del Gabinete Nacional de Cambio Climático».
Nota 2: El texto del comunicado de Perú se lee como sigue: «El Gobierno del Perú recibe con preocupación y decepción el anuncio efectuado en la fecha por el Gobierno de los Estados Unidos de América de denunciar el Acuerdo de París sobre cambio climático.
El histórico Acuerdo de París, adoptado en el marco de la COP21 en diciembre de 2015 y ratificado hasta la fecha por 147 países, siendo el Perú el primer país de Latinoamérica en ratificarlo, se obtuvo luego de una intensa y compleja negociación multilateral, proceso en el cual el Perú ejerció un liderazgo al presidir la COP 20 de Lima, donde se sentaron las bases del acuerdo con la aprobación del “Llamado de Lima para la Acción Climática”.
El Gobierno del Perú reitera su firme compromiso con los objetivos del Acuerdo de París y su implementación, orientados hacia la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y hacia la integración de la adaptación climática a las políticas de desarrollo sostenible, en un marco de provisión de financiamiento, tecnología y capacitación en favor de los países en desarrollo y los que tienen vulnerabilidades especiales frente a los efectos del cambio climático.
Para un país como el Perú, afectado por la intensidad y variabilidad de los patrones climáticos asociados al Fenómeno de El Niño, la adopción de medidas eficaces para la adaptación al cambio climático, en línea con la ejecución de nuestros compromisos de reducción de gases de efecto invernadero, refuerza la convicción de desplegar los mayores esfuerzos a nivel nacional para cumplir con las obligaciones de este importante instrumento internacional, a fin de generar un desarrollo sostenible, en favor de las futuras generaciones».
Nota 3: El comunicado de prensa de Costa Rica se lee como sigue:
«Costa Rica aboga por incrementar y acelerar los compromisos climáticos frente a decisión de EE.UU de salirse del Acuerdo de París PUBLICADO EL 01/06/2017 06:36 PM
El Gobierno de Costa Rica lamenta que la decisión del Presidente Donald Trump de retirar a Estados Unidos del Acuerdo de París pueda significar un retroceso en materia climática al desconocer sus responsabilidades como uno de los principales emisores del globo.
Para nuestro país, este hecho, lejos de impedir un avance en la materia, deberá ayudar a profundizar y acelerar el trabajo que están realizando el resto de los Estados en vías al alcance de objetivos y compromisos nacionales más ambiciosos, permitiendo alcanzar la meta que evite que la elevación de la temperatura del planeta sobrepase los 1,5°C.
La realidad del cambio climático está basada en una evidencia científica contundente y sus efectos son visibles y hasta catastróficos, particularmente en los países más vulnerables e, incluso, dentro del mismo territorio de los Estados Unidos de América. Esto significa que todos los países debemos elevar el nivel de ambición en plazos más cortos que lo acordado en París. Para esto, debemos seguir trabajando con la sociedad civil, el sector privado y los gobiernos subnacionales, incluyendo a aquellos Estados de los Estados Unidos de América que están anuentes a aumentar los niveles de ambición en materia climática.
A su vez, será necesario redoblar los esfuerzos en temas como el del financiamiento climático, que apoye a los países más vulnerables y con menos recursos para atender sus necesidades y compromisos de reducción de emisiones y adaptación.
Por su parte, Costa Rica seguirá trabajando fuerte con otros países aliados, como lo ha venido haciendo en foros globales y regionales y aquellas instancias de la que forma parte, como es el caso de la Asociación Independiente de América Latina y el Caribe (AILAC) y el Foro de Vulnerabilidad Climática (CVF, por sus siglas en inglés); además de seguir avanzando en la iniciativa de convertirse en un laboratorio de descarbonización con el apoyo de gobiernos amigos.
“Costa Rica exige el cumplimiento integral de los Acuerdos de París como compromiso con el futuro de nuestra especie. Ratifico nuestra voluntad inquebrantable en la acción mundial contra el cambio climático”, afirmó el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís. El país reafirma igualmente su aspiración de orientar su economía hacia la Carbono Neutralidad para el año 2021, como parte de sus acciones voluntarias pre-2020, y su compromiso de 1.73 toneladas C02e per cápita al 2030, como parte de su Contribución Nacional Determinada (NDC, por sus siglas en inglés), que busca lograr la descarbonización profunda y convertirnos en un país con emisiones netas cero.
Esto es consistente con la meta del Acuerdo de París de mantener el aumento de la temperatura muy por debajo de los 2°C y proseguir los esfuerzo para limitar ese aumento a 1.5°C, la cual seguiremos defendiendo en las negociaciones climáticas e impulsando a lo interno con nuestras políticas y acciones.
Costa Rica, fiel a su fuerte compromiso y alta ambición en el proceso de implementación del Acuerdo de París, reitera la necesidad de que todas las partes del Acuerdo permanezcan firmes en sus compromisos y que juntos trabajemos por alcanzar los objetivos que acordamos en la COP 21 y que sumaron tantos esfuerzos y una decidida voluntad política por parte de los principales emisores y los países más vulnerables al cambio climático».
Nota 4: El comunicado de Brasil se lee de la siguiente forma:
Nota conjunta do Ministério das Relações Exteriores e do Ministério do Meio Ambiente
Mudança do Clima
O governo brasileiro recebeu com profunda preocupação e decepção o anúncio no dia de hoje, 1° de junho, de que o governo norte-americano pretende retirar-se do Acordo de Paris sob a Convenção-Quadro das Nações Unidas sobre Mudança do Clima e «renegociar» sua reentrada. Preocupa-nos o impacto negativo de tal decisão no diálogo e cooperação multilaterais para o enfrentamento de desafios globais.
O Brasil continua comprometido com o esforço global de combate à mudança do clima e com a implementação do Acordo de Paris. O combate à mudança do clima é processo irreversível, inadiável e compatível com o crescimento econômico, em que se vislumbram oportunidades para promover o desenvolvimento sustentável e para novos ganhos em setores de vanguarda tecnológica. O governo brasileiro continua disposto a trabalhar com todos os Países Partes do Acordo e outros atores na promoção do desenvolvimento sustentável, com baixas emissões de gases de efeito estufa e resiliente aos efeitos adversos da mudança do clima.
O Acordo de Paris estabelece o arcabouço para que as Partes apresentem esforços nacionais refletindo as responsabilidades e capacidades de cada um. O Acordo dá margem para que cada país defina medidas e políticas para regular a emissão de gases de efeito estufa, da forma que melhor atenda a suas circunstâncias domésticas, conciliando o crescimento econômico com a defesa do meio ambiente.
Nota 5: En el caso de México, se lee que:
México reafirma su apoyo y compromiso con el Acuerdo de París para detener los efectos del Cambio Climático Global
Comunicado conjunto SRE-SEMARNAT.- Frente al anuncio del día de hoy del Gobierno de los Estados Unidos de denunciar el Acuerdo de París, el Gobierno de México expresa lo siguiente:
COMUNICADO
México reafirma su apoyo y compromiso con el Acuerdo de París para detener los efectos del Cambio Climático Global Autor Secretaría de Relaciones Exteriores Fecha de publicación 01 de junio de 2017
México reitera su apoyo irrestricto al Acuerdo de París, y continuará implementando las metas establecidas en su Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional (NDC), e implementando su Estrategia Nacional de Cambio Climático.
El cambio climático global es un hecho incontrovertible, basado en evidencia científica. Contrarrestarlo exige la cooperación de todos los países, bajo el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas.
El Acuerdo de París contiene los compromisos concretos de todos los países para hacer frente al cambio climático y el calentamiento global. Es un acuerdo que fue negociado a lo largo de cinco años. Es uno de los grandes éxitos de la cooperación multilateral de este siglo. La ratificación de este tratado internacional por parte de la mayoría de los Estados, incluyendo a los grandes emisores, en tiempo récord, reflejó la voluntad compartida de actuar con urgencia, y lograr la meta fijada, que es evitar un calentamiento global superior a 1.5 grados centígrados.
El Acuerdo de París es uno de los pilares más importantes para lograr un mundo más estable, próspero, justo y sustentable. La acción global concertada, a través de este Acuerdo, es la única vía para responder al reto que representa el calentamiento global. Es imperativo mantener la unidad de toda la comunidad internacional frente al problema.
México se distinguió como uno de los principales líderes en la negociación del Acuerdo de París. Continuaremos fomentando la cooperación internacional, sin restricciones, para que el Acuerdo se aplique en su totalidad.
Mantener nuestro compromiso con el Acuerdo no sólo es una demanda de nuestra sociedad, sino que es indispensable para avanzar hacia una economía más sustentable, competitiva y resiliente.
Las acciones para frenar el cambio climático son un imperativo moral, porque se las debemos a las futuras generaciones. Son acciones socialmente necesarias, porque responden al interés inmediato de nuestras sociedades, y son económicamente viables, porque fomentan nuevas tecnologías que generan desarrollo y bienestar en nuestros países.
Nota 6: El comunicado de Chile tiene el siguiente contenido:
«Declaración sobre el retiro de Estados Unidos del acuerdo de París:
El gobierno de Chile manifiesta su profunda decepción por la decisión del gobierno de Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de París sobre cambio climático.
El Acuerdo de París es uno de los más importantes logros de la comunidad internacional. Es un marco de acción para hacer frente al cambio climático en el siglo XXI. En este sentido su implementación es fundamental para el bienestar de las presentes y futuras generaciones.
Chile es un país altamente vulnerable al cambio climático. En los últimos años, hemos sido afectados por inundaciones e incendios devastadores, asociados con las variaciones climáticas. A ello se suman procesos de larga duración, pero no por ello menos graves, como el largo ciclo de sequía y acidificación del océano.
El Acuerdo de París fue promulgado por la Presidenta Bachelet el 24 de abril y es ley de la República desde el 23 de mayo pasado cuando fue publicado en el Diario Oficial.
En virtud de ello, Chile ha presentado compromisos concretos de reducción de emisiones y de aumento de la capacidad adaptativa de nuestros territorios. En materia de mitigación, la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC) de Chile consiste en la reducción de un 30% por unidad de PIB al 2030 con esfuerzos propios, y hasta un 45% con ayuda internacional.
El gobierno de Chile seguirá trabajando en la consolidación de alianzas internacionales para la construcción de un mundo más sostenible, incluyendo a través de una eficaz implementación del Acuerdo de París».
Nota 7: El texto circulado al finalizar la tarde el viernes 2 de junio por El Salvador se lee de la siguiente manera:
Viernes, 02 Junio 2017 17:16 Pronunciamiento de El Salvador ante recientes hechos relacionados con el Acuerdo de París
«El Gobierno de El Salvador, a través de su Ministerio de Relaciones Exteriores, expresa su preocupación frente al retiro de los Estados Unidos del Acuerdo de París.
Las investigaciones científicas en materia de medio ambiente evidencian que nuestro país, junto al resto de Centro América, están entre las naciones más vulnerables a los efectos del cambio climático, situación que se ha ido manifestando con más fuerza en los recientes años.
El Salvador considera que existe una oportunidad histórica para consolidar las alianzas en la región y con otras regiones del mundo en cuanto al impulso de los compromisos asumidos bajo el Acuerdo de París.
Actualmente, como Presidencia Pro Témpore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), nuestro país lleva a cabo los preparativos para la próxima cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de este organismo y la Unión Europea.
Este encuentro, al más alto nivel, se desarrollará en San Salvador a finales de octubre y tendrá entre uno de sus ejes temáticos centrales el cambio climático, por lo que consideramos que este espacio podrá contribuir a fortalecer la alianza birregional y avanzar así en nuevos caminos que nos permitan concretar medidas conjuntas para enfrentar este fenómeno».
Nota 8: El comunicado de Ecuador emitido al finalizar la tarde del 2 de junio reza que:
Ecuador lamenta anuncio de retiro de EEUU de Acuerdo de París sobre Cambio Climático, 2 de Junio, 2017, 4:47 pm
«El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a nombre del pueblo y gobierno del Ecuador, lamenta el anuncio realizado por los Estados Unidos de América de retirarse del Acuerdo de París acordado en 2015 bajo la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1992.
El Acuerdo de París es la principal respuesta de la comunidad internacional ante la amenaza del cambio climático. El documento incluye los compromisos de cada país para lograr su implementación en materia de mitigación, adaptación, financiamiento, transferencia y desarrollo de tecnologías y construcción de capacidades, de conformidad con los principios de la Convención, en particular la equidad y las responsabilidades comunes pero diferenciadas de los países.
El Ecuador, como Presidente del Grupo de los 77 más China reitera su firme compromiso con el objetivo, principios y propósito de la Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París.
“Ecuador será un puntal en la defensa de los derechos de la naturaleza, en aportar con soluciones a la crisis ambiental global y en particular al Cambio Climático que es para nosotros una prioridad como país de alta vulnerabilidad”, declaró la Canciller María Fernanda Espinosa, acorde al fomento de la diplomacia verde que caracteriza al Gobierno del Ecuador.
La decisión de retiro de los EEUU y una posible renegociación unilateral, representa una clara amenaza para el multilateralismo, los derechos de la naturaleza y la capacidad del Ecuador y de los países en desarrollo de contribuir de manera efectiva a la lucha contra esta amenaza global».
Nota 9: El texto del comunicado conjunto del CARICOM se lee de la siguiente manera:
«- CARICOM dismayed and disappointed by US withdrawal from Paris Agreement
The Paris Agreement on Climate Change was more than just another international agreement on another complex international issue. It reflects the acknowledgment and acceptance that climate change is a global issue requiring global solutions.
The Caribbean Community (CARICOM) is therefore deeply dismayed and disappointed by the decision of the United States to withdraw from the Agreement.
For us Climate Change is an existential threat. As members of a Community of Small-Island and Low-Lying Coastal Developing States (SIDS), the reality of climate change is making itself manifest to us, especially given that our Region is the most prone to natural disasters globally.
The need for global action to combat this phenomenon is past urgent. As one of the prime contributors to the emissions which continue to push global temperature rise to an untenable level, the leadership of the United States in efforts to curb the warming of the planet is an important factor.
Abdication of that responsibility sends a negative signal particularly to those of us most vulnerable to the effects of climate change despite the fact that we do little or nothing to contribute to its causes.
However, CARICOM is encouraged by the fact that the overwhelming majority of Nations remains firmly committed to the Paris Agreement. Our own commitment will never waiver. Our existence is at stake».
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
En razón de sustancias químicas en Siria que, el pasado 4 de abril han dejado un saldo mortífero de 87 personas, entre las cuales 20 niños, y más de 400 heridos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas celebró una reunión este 5 de abril para escuchar a varios altos funcionarios de Naciones Unidas encargados de monitorear el uso de estas armas y a algunos de sus integrantes.
Las dudas y las tesis existentes
Las autoridades de Siria niegan haber hecho uso de estas armas (véase nota de prensa de Naciones Unidas). A la fecha no existe ninguna investigación realizada in situ por parte de alguna entidad independiente que permita conocer las causas de este trágico hecho. Esta inspección permitiría saber quiénes estaban en posesión de estas sustancias y su origen exacto.
Mucho más precavidos que otros, algunos medios de prensa como la BBC usan «chemical attack» en sus titulares entre comillas, ante algunas incógnitas aún no dilucidadas sobre lo que originó esta mortal explosión con sustancias químicas (vease nota de la BBC). De igual manera, El Pais (España) tituló su nota incluyendo el adjetivo «supuesto»: «Un supuesto ataque químico causa una matanza en la zona rebelde siria» (véase nota). Algunos medios de prensa internacionales tienen claridad sobre la posible manipulación informativa que pueda ocasionar este hecho no investigado ocurrido en Siria, otros al parecer no tanto. De igual forma, la ONG Human Rights Watch (HRW) refiere en sus análisis a la expresión «alleged chemical attack», dada la persistente falta de certeza (véase nota de HRW del 6 de abril del 2017).
Recordemos que en el 2013 unos (pocos) medios de prensa se interesaron por correos filtrados en los que se mencionaba un plan de la administración del Presidente Obama para endosar a las autoridades de Siria el uso de armas químicas: véase al respecto artículo titulado «U.S. ‘backed plan to launch chemical weapon attack on Syria and blame it on Assad’s regime», retirado luego del medio que lo publicó inicialmente (MailonLine) y «capturado» por blogueros y algunos sitios como Web.archive.org al que lo referimos.
En noviembre del 2016, un informe divulgado hizo ver que ISIS (o Daesh) es una entidad que posee también armas químicas y que las usa tanto en Siria como en Irak (véase nota del New York Times).
Rusia por su parte, ha sostenido que el 4 de abril, el Ejército sirio bombardeó desde el aire posiciones de los rebeldes que al parecer incluían un depósito de sustancias químicas (véase nota de prensa).
En cambio, para Estados Unidos, Francia y Reino Unido, no hay duda alguna sobre la responsabilidad directa de las autoridades de Siria en ordenar el uso de estas armas contra grupos rebeldes. Francia sobre el particular se muestra particularmente vehemente (véase nota de Le Monde). Al respecto, un proyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido circuló, con las reservas de Rusia y de China al no existir, según ellos, pruebas suficientes para imputar la intención de usar estas armas a mandos del Ejército regular sirio (véase nota de prensa). Estas posiciones antagónicas obligaron a Estados Unidos, Francia y Reino Unido a revisar su texto y enmendarlo para someterlo nuevamente a consideración. Este fue presentado el 12 de abril en una nueva sesión del Consejo de Seguridad en la que fue objeto de un veto por parte de Rusia y de una abstención por parte de China (véase breve nota nuestra sobre el desglose del voto de diez a favor, dos en contra y tres abstenciones).
Este nuevo drama humano se da en el marco del conflicto armado entre las fuerzas regulares sirias y los grupos rebeldes, en el que cualquier acción armada que cause la muerte de civiles es objeto de acusaciones recíprocas de ambos bandos.
Las resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad sobre Siria
El 28 de febrero del 2017, un proyecto de resolución sobre el tema de las armas químicas en Siria presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido fue vetado por China y por Rusia, alegando la segunda que una resolución de un ente como el Consejo de Seguridad debe basarse en hechos probados y no en suposiciones (véase nota de prensa de Naciones Unidas).
La última resolución del Consejo de Seguridad sobre Siria se adoptó el 31 de diciembre del 2016, en la que el Consejo de Seguridad manifestaba su beneplácito ante las iniciativas de Rusia y de Turquía en aras de relanzar una salida política al conflicto en Siria (véase texto de la Resolución 2336).
La última resolución sobre la violencia en Siria como tal del Consejo de Seguridad es la Resolución 2328 adoptada el 19 de diciembre del 2016, relativa a la evacuación de la población civil en Alepo ante el avance de las tropas sirias apoyadas por la aviación de Rusia (véase nuestra modesta nota al respecto). Diez días antes, Francia había intentado frenar el avance hacia Alepo, presentando un proyecto de resolución exigiendo un cese al fuego: el texto fue objeto de un veto por parte de Rusia. El 9 de diciembre, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución sobre la situación en Alepo (véase modesta nota nuestra).
Es oportuno recordar que en setiembre del 2013, el Consejo de Seguridad había adoptado la resolución 2118 (véase texto), exigiendo mediante un mecanismo de verificación y monitoreo a Siria destruir los arsenales de armas químicas. En el punto 18 se leyó que el Consejo de Seguridad instaba a los demás Estados a no proveer sustancias que permitan ser utilizadas en armas nucleares, químicas o biológicas en Siria. Lo hizo en los siguiente términos, en los que el Consejo…
«18. Reafirma que todos los Estados Miembros deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, químicas o biológicas o sus sistemas vectores, y exhorta a todos los Estados Miembros, en particular a los Estados Miembros vecinos de la República Árabe Siria, a informar inmediatamente al Consejo de Seguridad de cualquier violación de lo dispuesto en este párrafo» (Nota 1).
Los crímenes cometidos en el conflicto en Siria
Cabe recordar que el 21 de diciembre del 2016, la Asamblea General de Naciones Unidas también creó un mecanismo de investigación sui generis para todos los crímenes cometidos en Siria desde el 2011: la resolución A/RES/71/248 se titula: «Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011» (véase texto oficial en español). No se trata de crear un nuevo tribunal penal ad hoc, ni una misión de fact finding en materia de derechos humanos, sino de un ente encargado de apoyar el enjuiciamiento penal de posibles responsables, una iniciativa que al parecer no cuenta con precedente alguno en Naciones Unidas. Es de recordar que ya existe, en el caso de Siria, un mecanismo independiente de investigación creado por el Consejo de Derechos Humanos en agosto del 2011 (véase sitio oficial e informes elaborados).
Según se desprende de las discusiones previas a su adopción formal, Costa Rica fue el único Estado en América Latina en coauspiciar el proyecto de resolución adoptado el 21 de diciembre por la Asamblea General (véase breve nota nuestra al respecto).
En octubre del 2016, la ONG Amnistía Internacional (AI) publicó un informe sobre lo que se denomina oficialmente «efectos colaterales» a operaciones militares en Siria, en el que se lee que:
“It’s high time the US authorities came clean about the full extent of the civilian damage caused by Coalition attacks in Syria. Independent and impartial investigations must be carried out into any potential violations of international humanitarian law and the findings should be made public“ (véase informe de AI).
En un reciente reporte del mes de marzo del 2017 de la ONG Airwars.org, titulado «As claims escalate under Trump, Airwars tracks 1,000th alleged Coalition civilian casualty event» se lee que las cifras de civiles afectados por estas operaciones militares en Siria (y en Irak) van en aumento:
«Recent evidence indicates that in both countries, civilian casualties rose during the last months of the Obama administration and are now accelerating further under the presidency of Donald Trump – suggesting possible key changes in US rules of engagement which are placing civilians at greater risk».
Los denominados «efectos colaterales» en Irak tampoco debieran de ser ignorados o pasados por alto: el pasado 24 de marzo, una operación aérea de la coalición liderada por Estados Unidos causó la muerte de más de 200 civiles en Mosul (véase nota del New York Times).
Bombardeos aéreos en Siria y nacionalidades de las aeronaves
En buena lógica, un mecanismo como el establecido por la Asamblea General el 21 de diciembre del 2016 deberá de interesarse por las exacciones cometidas tanto por las autoridades sirias como por los grupos rebeldes (y quiénes los adiestran y asesoran), así como por otros Estados que se han involucrado en operaciones militares aéreas en Siria. Sobre este último punto, hay que precisar que el involucramiento militar en territorio sirio difiere sensiblemente: mientras que Rusia cuenta con el consentimiento oficial de Siria para bombardear posiciones de ISIS (o Daesh), las operaciones realizadas desde el aire por Estados Unidos, Australia, Canadá, Francia, Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido, Bahrein, Emiratos Arabes Unidos, Turquía (y unos más Estados que forman parte de la denominada «Coalición contra ISIS») adolecen del consentimiento oficial de Siria para bombardear posiciones de ISIS, y la base jurídica invocada para justificarlas (legítima defensa) es altamente cuestionable y cuestionada (Nota 2).
Después de Canadá (febrero del 2016), Dinamarca optó en diciembre del 2016 por suspender toda participación en operaciones aéreas en Siria, luego de una operación en la que sus aviones bombardearan «por error» posiciones del ejército de Siria. Más allá del «error humano», algunos analistas se inclinan a pensar que el «error» fue inducido por los dos otros participantes a esta operación aérea, Estados Unidos y Reino Unido. Se trata del primer Estado europeo en retirar formalmente a sus aeronaves de la denominada «Coalición contra ISIS» (Nota 3).
El pasado 24 de febrero, por vez primera, Irak procedió a bombardeos en territorio sirio (véase nota de prensa), lo cual augura tensiones mayores a las ya existentes entre Siria e Irak.
De manera a tener mayor claridad sobre el funcionamiento de la denominada «coalición», puede resultar de cierto interés conocer la proporción existente entre bombardeos de Estados Unidos y de sus aliados en Siria: la ONG Airwars.org (véase quinto gráfico en este enlace de Airwars.org) reporta que al 2 de abril del 2017, en Siria se efectuaron un total de 7896 bombardeos aéreos, de los cuales 7524 fueron efectuados por Estados Unidos, y 372 por sus aliados.
El régimen de inspección sobre arsenal de armas químicas
Nótese que desde 1997 entró en vigor la Convención sobre las Armas Químicas, otorgando a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPCW en inglés, OPAQ en español: véase sitio oficial) la misión de erradicar el uso de las armas químicas y de verificar su destrucción. Siria es parte a dicha convención desde el 2013 y todos los informes y resultados de misiones de investigación de la OPCW disponibles en este enlace oficial.
Dicha convención cuenta con 192 Estados Partes: al revisar el detalle de quién es parte a dicho convenio y quién aún no entre los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas, Israel se mantiene como el único Estado en no ser parte (véase listado oficial).
En el caso específico de Siria, y en consonancia con lo dispuesto en la resolución 2118 del Consejo de Seguridad precitada del 2013, el equipo de Naciones Unidas a cargo de monitorear la destrucción de armas químicas en suelo sirio (denominado OPCW-UN – veáse sitio oficial), presentó sus respectivos informes a finales del 2014 al cumplirse su mandato en Siria.
A solicitud de Siria, un equipo de Naciones Unidas realizó una nueva investigación en territorio sirio, con relación a varios incidentes en agosto del 2016 en lo que se sospechaba de muertes causadas por sustancias químicas. Los resultados de esta investigación fueron entregados al Consejo de Seguridad en enero del 2017 (véanse carta e informe disponibles en este enlace de Naciones Unidas). En las conclusiones se lee que: «6.3 A partir de las pruebas presentadas por la Autoridad Nacional de la República Árabe Siria, las historias clínicas examinadas, los resultados de los análisis de las muestras y la narración predominante en todas las entrevistas, el grupo de la Misión no puede concluir con certeza si se empleó o no una sustancia química concreta como arma en el incidente investigado. Por el resultado de los análisis de las muestras, el grupo de la Misión considera que probablemente ninguna de las sustancias químicas identificadas sea la causa de la muerte de las víctimas del incidente notificado» (p. 16).
El ataque de Estados Unidos perpetrado contra Siria a modo de represalia
De forma unilateral y sorpresiva, Estados Unidos lanzó un ataque con misiles dos días después contra posiciones del Ejército de Siria, a modo de represalia armada. Esta acción obligó al mismo Secretario General de Naciones Unidas a llamar a evitar una escalada de acciones militares horas después (véase nota oficial de Naciones Unidas).
Como bien se sabe, el uso de la fuerza es terminantemente prohibido por la Carta de las Naciones Unidas, y la única excepción a esta regla está previsa en el Artículo 51 de la misma (caso de legítima defensa). Las represalias que impliquen el uso de la fuerza contra otro Estado son prohibidas, y las únicas acciones militares jurídicamente válidas son las expresamente autorizadas por el Consejo de Seguridad. Por lo tanto, esta acción militar de Estados Unidos se dió en clara violación a la legalidad internacional, y sin que medie autorización previa del Consejo de Seguridad: remitimos al respecto al análisis del Profesor Marko Milanovic (Universidad de Nottingham) titulado «The Clearly Illegal US Missile Strike in Syria» publicado en el EJIL-Talk.
Foto extraída de artículo de prensa sobre el tipo de misil Tomahawk usado por Estados Unidos contra Siria con 59 artefactos lanzados el 6 de abril del 2017 en la provincia de Olms.
En una entrevista al profesor Stefan Talmon de la DW, el universitario precisa el alcance de algunas afirmaciones erróneas circuladas en medios de prensa (véase entrevista). Un reciente artículo publicado el 9 de abril del 2017 en La Nación (Argentina) sobre este sorpresivo ataque de Estados Unidos concluye que: «Todavía no se sabe a ciencia cierta si el gobierno sirio usó armas químicas el 4 de abril. Por ahora, lo concreto es que 59 misiles estadounidenses fueron lanzados contra una instalación oficial de Siria y eso ocasionó un temblor diplomático global y una avalancha de dudas».
Pretextos para justificar guerras: el precendente de Irak (2003)
Con relación a la agresión militar a Irak acaecida en el 2003, se supo en el año 2015 que durante más de un año antes de dicha agresión, las máximas autoridades de Estados Unidos y del Reino Unido intercambiaron opiniones sobre cuál sería el pretexto más convincente para justificar ante la opinión pública internacional una declaración de guerra a Irak (véase interesante reportaje del 2015 al respecto, titulado «Smoking gun emails reveal Blair’s ‘deal in blood’ with George Bush over Iraq war was forged a YEAR before the invasion had even started», que incluye cables confidenciales hechos públicos y los diversos «smoking guns» sugeridos). Como se recordará, Estados Unidos lideró una coalición de Estados en su aventura militar en Irak, los cuales a la fecha no parecieran haberse manifestado ante el ardid encontrado en aquella ocasión por los estrategas de la Casa Blanca para justificar esta acción militar colectiva (la cual no contó nunca con la autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas).
A modo de conclusión: el mundo ante la peculiar manera de tomar decisiones de la actual administración norteamericana
A diferencia del tiempo tomado por la administración del Presidente Georges W. Bush para consultar y definir la mejor estrategia en Irak, la administración del Presidente Donald Trump pareciera esta vez haber reaccionado sin mayor cautela ni consulta y de manera unilateral. No se tiene claro si se han previsto las consecuencias de este ataque militar en Siria y el riesgo de escalada que conlleva.
Con esta acción, se confirma esta muy peculiar manera de tomar decisiones en materia de política exterior del nuevo ocupante de la Casa Blanca. Durante la reunión celebrada el 7 de abril sobre este ataque norteamericano a Siria, se dejó entrever que Estados Unidos cuenta con el respaldo político de varios otros integrantes del Consejo, pero que no hay argumentos jurídicos que sostengan su posición (véase acta o «Proces Verbal» de la sesión). Esta primera sesión posiblemente será objeto de una nueva reunión del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en la que los demás integrantes del máximo órgano de Naciones Unidas deberán tomar posición con respecto a esta decisión unilateral que constituye una violación flagrante a las disposiciones contenidas en la Carta de Naciones Unidas de 1945.
–Notas–
Nota 1: Sobre las negociaciones previas a la resolución 2118, véase CARDOZA ZÚÑIGA R., «El uso de armas químicas en Siria, un desafío para el derecho internacional», ACDI / Anuario Colombiano de Derecho Internacional, Vol.8 (2015), pp.17-40. Texto disponible aquí.
Nota 2: En un llamado inequívoco de los especialistas en derecho internacional publicado en agosto del 2016 en Bélgica, y suscrito por diversos especialistas en derecho internacional y sus mentores (texto disponible aquí en francés, en inglés, en portugués, en español y en árabe) se señala, entre otros puntos que:
«De esta manera, ha sido justificado, en nombre de la legítima defensa, un número importante de intervenciones militares, como aquella contra Al-Qaida, el Levante (EIIL, también conocido como Daesh), o contra grupos afines. Si bien algunos Estados han minimizado dichos precedentes por su carácter excepcional, existe un gran riesgo que el derecho de legítima defensa se transforme rápidamente en una llave que permita justificar de manera sistemática el origen de acciones militares en todas las direcciones y en forma unilateral. Ahora bien, sin oponernos por principio al uso de la fuerza contra los grupos terroristas – particularmente en el actual contexto de la lucha contra Daesh – nosotros, profesores e investigadores en derecho internacional, estimamos que dicha invocación creciente del derecho de legítima defensa es objetable. El derecho internacional prevé en efecto una serie de medidas para luchar contra el terrorismo que deberían ser utilizadas previo a la invocación de la legítima defensa».
Nota 3: Véase con respecto a la decisión de Dinamarca nuestra breve nota: BOEGLIN N., «The decision of Denmark to withdraw from airstrikes on Syria and Iraq», Debate Global, 9 de diciembre del 2016, texto disponible aquí.
(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Este Viernes 23 de diciembre, por primera vez en varias décadas y por primera vez en los 8 años de la administración del actual Presidente Obama de Estados Unidos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas pudo adoptar una resolución condenando enérgicamente los asentamientos israelíes en territorios palestinos (ver texto oficiales de esta resolución en Inglés y en Español reproducidos al final de esta nota). En la actualidad, además de los cinco Miembros Permanentes (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia), integran el máximo órgano de Naciones Unidas Angola, Egipto, España, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Senegal, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
Asentamientos ilegales y veto norteamericano garantizado en el Consejo de Seguridad
El veto norteamericano usualmente utilizado como una garantía para proteger a las autoridades israelíes, en esta precisa ocasión no se presentó, causando sorpresa en varios círculos (y posiblemente algo de estupor en algunas oficinas). Para muchos, el segundo mandato del Presidente Obama debía de haber permitido reconsiderar este incondicional apoyo norteamericano a las autoridades israelíes, sin que ello se hubiese materializado hasta el momento.
La primera vez que la administración del Presidente Obama recurrió al veto para evitar una resolución sobre Palestina por parte del Consejo de Seguridad fue el 18 de febrero del 2011: se puede leer el texto propuesto S/2011/24, cuyos primeros dos párrafos operativos señalaban que el Consejo de Seguridad:
Reafirma que los asentamientos israelíes establecidos en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, son ilegales y suponen un grave obstáculo para el logro de una paz justa, duradera y general;
Reitera su exigencia de que Israel, la Potencia ocupante, ponga fin inmediata y completamente a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas en tal sentido;
La lectura del acta de la sesión del Consejo de Seguridad S/PV/6484 arroja el siguiente resultado de la votación (ver p. 4): 14 votos a favor y uno en contra (Estados Unidos).
Para varios medios de prensa, la decisión del Consejo de Seguridad de este 23 de diciembre del 2016 es histórica: se leyó por ejemplo en México que «Una poco común pero nutrida ronda de aplausos se produjo en la sala del Consejo de Seguridad tras la aprobación de la iniciativa, la primera en cuatro décadas que condena los asentamientos de Israel en los territorios palestinos ocupados, que son considerados ilegales por el derecho internacional» (ver nota de El Economista).
En diciembre del 2014, ante el cambio de actitud del Presidente Obama para con las autoridades en Cuba, se leyó en el rotativo Haaretz (Israel) un artículo de opinión (ver referencia a texto) titulado precisamente » «Obama, Do Another Cuba: Lift the Perennial American Veto for Israel in the UN».
Cabe recordar que las últimas resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas condenando a Israel fueron la resolución 476 (1980) con fecha del 30 de junio de 1980 (ver texto en español) y la resolución 478 (1980) acordada el 30 de agosto de 1980 (ver texto en español). Ambas son referidas en el preámbulo de la resolución 2334 (2016) adoptada en este mes de diciembre del 2016.
Un momento único en la historia reciente de las Naciones Unidas
No cabe duda que el momento es también histórico para los estudiosos del derecho internacional: después de muchos años pasados sin poder manifestarse, el máximo órgano de Naciones Unidas condena una violación abierta a los principios más básicos contenidos en la misma Carta de Naciones Unidas de 1945, en un sinnúmero de instrumentos internacionales adoptados desde entonces y exige el respeto a varias de sus propias resoluciones pasadas emitidas sobre el conflicto palestino-israelí.
Foto de S.E. Riyad Mansour, Representante Permanente de Palestina en Naciones Unidas, extraída de artículo publicado en Elpais.cr
Consciente del carácter inusual de esta resolución del Consejo de Seguridad, el actual Secretario General de Naciones Unidas externó horas después de su adopción en un comunicado de prensa que:
«The Secretary-General welcomes the adoption by the Security Council of resolution 2334 (2016) on the situation in the Middle East, including the Palestinian question. The resolution is a significant step, demonstrating the Council’s much needed leadership and the international community’s collective efforts to reconfirm that the vision of two States is still achievable. The Secretary-General takes this opportunity to encourage Israeli and Palestinian leaders to work with the international community to create a conducive environment for a return to meaningful negotiations. The United Nations stands ready to support all concerned parties in achieving this goal».
En su explicación de voto (ver texto completo), el representante de Francia inició su alocución señalando que: «L’adoption de la résolution 2334 marque un jour important et à bien des égards historique dans l’histoire récente du Conseil de sécurité. Il s’agit en effet de la première résolution adoptée par ce Conseil sur le règlement du conflit israélo-palestinien depuis huit ans. Et c’est la première fois que le Conseil de sécurité s’exprime ainsi, de manière aussi claire, pour constater ce qui est en réalité une évidence : la colonisation israélienne remet en cause, petit à petit, les chances de voir bâtir un Etat palestinien viable et indépendant, vivant côte à côte dans la paix et la sécurité avec l’Etat d’Israël».
Un texto sujeto a gestiones diplomáticas en su contra de… un Presidente electo
Por 14 votos a favor y una abstención (Estados Unidos), la resolución 2334 del máximo órgano de Naciones Unidas exige poner un alto definitivo a la política israelí de asentamientos ilegales en territorio palestino, «…condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes».
Se lee que la iniciativa de Egipto fue inicialmente frenada por Israel, gracias a llamadas personales solicitadas a Donald Trump al Presidente de Egipto, el cual optó por retirarla, exhibiendo así un lado poco conocido de la diplomacia egipcia con relación a solicitudes de presidentes electos. Retirada la iniciativa originalmente presentada por Egipto, fueron Malasia, Nueva Zelanda, Senegal y Venezuela quiénes optaron por mantenerla y presentar el mismo texto para lograr su adopción definitiva por parte del Consejo de Seguridad. Se lee en esta nota de The Guardian que: «New Zealand, Venezuela, Malaysia, and Senegal – all currently non-veto-wielding members of the security council, have warned Egypt that if it does not clarify by midnight on Friday whether it plans to call a vote, they reserve the right to move ahead with the text».
Esta posición de estos cuatro Estados Miembros del Consejo de Seguridad se mantuvo incólumne durante varias horas, pese a las intensas maniobras de Israel y a las de su aliado de circunstancias, el Presidente electo Donald Trump: sobre este último aspecto, no cabe duda que recurrir a Donald Trump evidencia cierto nerviosismo (cercano a la desesperación) y manifiesta una notable innovación por parte de la diplomacia israelí. No se registran gestiones de un Presidente electo intercediendo en aras de frenar una iniciativa que deba ser examinada por parte del Consejo de Seguridad. Se agradecerá sobre este punto preciso el aporte de nuestros estimables lectores, en particular diplomáticos con muchos años de carrera, para dilucidar la duda siguiente: ¿no se habrá presenciado una verdadera «premiere» en materia de gestiones diplomáticas por parte del aparato diplomático israelí, que lograron su efecto en el Presidente egipcio? La información puede ser enviada al correo: cursodicr@gmail.com y se garantizará total confidencialidad en caso de ser así requerida.
Se leyó en la prensa gala que «A l’origine, le texte avait été présenté mercredi soir par l’Egypte, à la surprise générale. Mais Donald Trump est intervenu pour peser de tout son poids de président élu auprès d’Abdel Fattah Al-Sissi. Il a demandé au président égyptien de renoncer à son initiative. Son interlocuteur n’a pas voulu compromettre ses futures relations avec le président américain, et a donc retiré son texte. Mais le volte-face de l’Egypte n’a pas condamné son initiative. Quatre membres non permanents du Conseil de sécurité – la Nouvelle-Zélande, la Malaisie, le Sénégal et le Venezuela – ont pris le relais du Caire, pour promouvoir la résolution dans une version identique. Vendredi dans l’après-midi, des responsables israéliens sous couvert d’anonymat exprimaient leur amertume – et une certaine panique – dans les médias, en affirmant que Barack Obama et John Kerry se trouvaient derrière ce « coup honteux » et qu’ils « abandonnaient » Israël» (ver nota de prensa de Le Monde).
La misma cadena norteamericana CNN indicó que, a solicitud de Israel, desde el jueves 22 de diciembre, el Presidente electo en Estados Unidos Donald Trump había realizado gestiones y llamadas personales insistentes al Presidente de Egipto para intentar atrasar la votación. Se lee en este mismo cable de la cadena CNN que: «Egypt delayed a potential showdown vote at the Security Council on the resolution after pressure from the Israelis, a Western official said Thursday. That put off a potential standoff between the US and Israel and prompted what some analysts called unprecedented interference from the US President-elect» (ver nota de prensa de CNN). Otros detalles más precisos sobre el tipo de gestiones realizadas por Donald Trump pueden ser consultados en esta nota de El País (España).
En esta nota del New York Times, se indica que la votación dio lugar a la ya usual retórica de Israel cuando pierde una votación en la Asamblea General o en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; a diferencia de estas últimas, la declaración israelí fue esta vez precedida de inéditos aplausos de los asistentes a la sesión del Consejo de Seguridad: «Applause broke out in the 15-member Security Council’s chambers after the vote on the measure, which passed 14-0, with the United States abstaining. Israel’s ambassador, Danny Danon, denounced the measure and castigated the council members who had approved it».
La maniobra norteamericana de diciembre del 2014
En diciembre del 2014, el voto del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas acaecido el 30 de diciembre no permitió que se adoptara una resolución propuesta por Jordania sobre Palestina. A diferencia de otros ejercicios de este tipo, Estados Unidos había aducido en aquel momento “no haber ejercido su derecho a veto”, al no reunirse nueve votos afirmativos dentro del Consejo de Seguridad: en realidad, el cambio sorpresivo de posición de Nigeria, menos de una hora antes del voto, se debió a intensas llamadas a su Presidente por parte del Primer Ministro israelí y del Secretario de Estado norteamericano (ver nota de The Guardian). Sobre esta maniobra diplomática inusual, remitimos al lector a nuestra nota publicada en RIDH, titulada «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas» en la que, entre otros aspectos, se hace el recuento detallado de resoluciones sobre asentamientos israelíes vetadas por Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad. La maniobra israelí y la de su fiel aliado norteamericano en aquellos últimos días del 2014, fue respondida por Palestina con la adhesión a un instrumento internacional particularmente temido por ambos: el Estatuto de Roma de 1998, que crea la Corte Penal Internacional (Nota 1).
La resolución 2334 (2016): un texto vehemente
En su resolución 2334 (2016) el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas se muestra particularmente vehemente en los párrafos operativos 1, 2 y 3 de la resolución (de 13 párrafos operativos) al externar que:
Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;
La misma versión en inglés se lee así: «1.Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;
Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard»;
Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations
Más discretamente colocado, pero no menos importante, el párrafo operativo 11 anuncia acciones posteriores del mismo Consejo de Seguridad si Israel opta por mantener una actitud desafiante e irrespeta la resolución 2334, al precisar que el Consejo de Seguridad «11. Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes /11.Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions»;
A estos párrafos operativos se pueden también añadir los considerandos 4 y 5 de la misma resolución, que abarcan las diversas formas de colonización ilegal realizadas por Israel en detrimento de los derechos del pueblo palestino, y que se leen de la siguiente manera:
«Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,
Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967″,
La versión en inglés de los mismos considerandos se lee así:
«Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,
Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines»,
Las diversas intervenciones de los delegados de los Estados miembros del Consejo de Seguridad reseñadas en el comunicado oficial de Naciones Unidas dan una idea del consenso generalizado existente entre los 14 miembros del Consejo de Seguridad para condenar a Israel sin mayor dilaciones. Resulta no obstante de interés leer la justificación expresada por S.E. Samantha Power, Embajadora Representante Permanente de Estados Unidos en Naciones Unidas, para quien: «Explaining that Israel had been treated differently from other States for as long as it had been a member of the United Nations, she pointed out that in the course of 2016, 18 resolutions had been adopted in the General Assembly and others in the Human Rights Council, all condemning Israel. Because of that bias, and some factors not included in the resolution, the United States had not voted in favour of the resolution, she said, explaining that her delegation would not have let it pass had it not addressed acts of terrorism and incitement to violence».
Foto extraída de artículo publicado en la RIDH titulado «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas».
Una reciente entrevista sobre el tema en Costa Rica
Recientemente en Costa Rica (y al parecer por vez primera en la historia de la televisión costarricense) se transmitió una muy completa entrevista a S.E. Riyad Mansour, Embajador concurrente de Palestina ante Costa Rica y Representante Permanente de Palestina ante las Naciones Unidas, en la que se explica, entre otros aspectos, el objetivo y el alcance de estas colonizaciones decretadas cada cierto tiempo por las autoridades israelíes, con la cómplice anuencia de Estados Unidos (ver emisión Sobre la Mesa, Canal 15 UCR, disponible aquí, Minuto 13:21 a 30:39).
Cabe recordar que el giro de la política exterior de Costa Rica hacia Medio Oriente se dio durante la administración (2006-2010). Antes del año 2006, Costa Rica mantenía una línea bastante peculiar con relación al conflicto palestino-israelí. En un libro editado en el 2013, el que fuera canciller de Costa Rica en el período (2006-2010), Bruno Stagno escribe:
“Recordé dos casos que de una u otra manera reflejaban el intricado, pero aún velado conjunto de intereses que entraban en juego al tratarse el tema de Israel. Como Embajador, Representante Permanente ante las Naciones Unidas, lo había vivido y sufrido. Recordaba como para marcarme en las votaciones sobre la situación en Medio Oriente, el entonces embajador de Costa Rica en Washington DC, Jaime Daremblum, alienaba a algunos miembros del Congreso de Estados Unidos, para que me enviaran cartas instándome o instruyéndome a votar a favor de Israel. El congresista Tom Lantos sería el más insistente, dirigiéndose incluso directamente al Presidente Pacheco de la Espriella. También, recordé la indignación con que la Embajadora Emérita, Emilia Castro de Barish, comentaba cómo en el pasado se había aceptado que un funcionario de la Misión Permanente de Israel se sentara en la segunda fila de asientos, reservados para Costa Rica, con el fin de velar por el voto “correcto” de Costa Rica”(Nota 2).
Recordemos que Costa Rica fue el penúltimo Estado en trasladar a su Embajada de Jerusalén Oriental a Tel Aviv, en agosto del 2006, seguido semanas después por las autoridades de El Salvador (ver nota de prensa de La Nación del 26/08/2006 en la que el canciller de la época, Bruno Stagno, explica el significado de este traslado).
Los asentamientos ilegales: un arma política israelí mantenida en la mayor impunidad
En numerosas ocasiones, Costa Rica mantuvo una solidaridad absoluta con Israel y con Estados Unidos en diversas resoluciones votadas en el seno de Naciones Unidas sobre el conflicto palestino-israelí y sobre las cuestionables actuaciones de Israel. Por ejemplo, cuando en 1997 en el seno del Consejo de Seguridad, Estados Unidos usó su veto contra un texto condenando asentamientos israelíes en Jerusalén Oriental, se lee que el proyecto (S/1997/241 – ver texto) recogió 13 votos a favor, el voto en contra de Estados Unidos y una abstención (Costa Rica) (Nota 3). Pese al giro operado en la administración (2006-2010), la administración siguiente (2010-2014) y la actual (2014-2018) se han mostrado extremadamente cautas. Con relación a la última ofensiva militar de Israel en Gaza del 2014, una muy detallada reseña de las vehementes reacciones de América Latina ante el drama vivido por la población en Gaza evidencia el carácter timorato y hasta ambiguo y confuso de las declaraciones oficiales dadas por las autoridades de Costa Rica (ver a ese respecto el estudio publicado en la revista Al-Kubri del CEMOAN de la Universidad Nacional -UNA- y en particular, en las pp. 4-5, la descripción de la posición costarricense). En esta misma revista tuvimos la oportunidad de detallar desde la perspectiva jurídica las «Reacciones en América latina a la operación “Margen Protector” del ejército israelí en la franja de Gaza» (ver artículo).
En cuanto a la política de colonización israelí, no se registra comunicado o declaración oficial hecha pública por parte de Costa Rica en estos últimos años, condenando lo que, desde la perspectiva del derecho internacional público, constituye una violación flagrante a las reglas más básicas vigentes dentro del ordenamiento jurídico internacional.
De manera a explicar a un lector poco familiarizado con la realidad que viven los palestinos, el sentido de esta política de colonización ilegal, se darán tan solo dos ejemplos recientes (entre muchos más) de cómo son utilizados estos asentamientos ilegales en territorio palestino por parte de las autoridades israelíes:
– a las pocas horas de conocerse el voto abrumador a favor del reconocimiento de Palestina como «Estado Observador No Miembro» por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas, acaecido el 29 de noviembre del 2012 (con 138 votos a favor, 9 en contra – Canadá, Estados Unidos, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau Panamá y República Checa – y 41 abstenciones), Israel autorizaba la construcción de 3.000 nuevos asentamientos ilegales en Cisjordania (véase nota de la BBC con fecha del 30/11/2012). Sobre este reconocimiento de Palestina como Estado por parte de 138 Estados miembros de Naciones Unidas, tuvimos la oportunidad de señalar el papel decisivo que tuvo la decisión costarricense de febrero del 2008 de reconocer a Palestina como Estado en América Latina (Nota 4).
– a inicios de abril del 2014, al anunciar Palestina la ratificación de veinte tratados internacionales (varios de ellos relativos a derechos humanos, al derecho internacional humanitario y a capítulos más clásicos del derecho internacional como por ejemplo la Convención sobre relaciones diplomáticas de 1961, sobre relaciones consulares de 1963 o la misma Convención de Viena sobre derecho de los tratados de 1969), Israel ordenaba la construcción de 708 nuevos asentamientos ilegales y la destrucción de 32 casas habitadas por palestinos (ver nota de prensa de Human Rights Watch del 2 de abril del 2014).
A pocas horas de conocerse esta verdadera debacle diplomática para Israel que le significa la resolución 2334 (2016), se informó que sus autoridades autorizarán 5.600 nuevos asentamientos (ver nota del Middle East Monitor).
En la actualidad, se estima a poco más de 590.000 la población de colonos israelíes y de sus familias ubicados en territorios palestinos.
En una muy esperada – pero pocamente publicitada en medios de prensa – comparecencia ante los miembros del Consejo de Seguridad realizada en octubre del 2016, la activista norteamericana-israelí Lara Friedman de la ONG Americans for Peace Now (APN), aliada de la ONG israelí PeaceNow (ver sitio oficial) declaró lo siguiente:
«Twenty-three years ago, in 1993, Israel and the PLO signed the Declaration of Principles, also known as the Oslo Accords. Back then, the settler population in the West Bank, excluding East Jerusalem, was around 116,000. At the end of 2015, that number was nearly 390,000. Looking just at East Jerusalem, in 1993 the Jewish Israeli population was approximately 146,000. Today it is over 210,000. This population explosion could not have occurred without Israeli government support and encouragement, including, most obviously, the approval and construction of new housing. And that is exactly what happened. During this same period, 1993 to today, over 50,000 settlement units were built in the West Bank, and plus thousands more in East Jerusalem. What about settlement construction just under Prime Minister Netanyahu 2016 figures are still not complete, but looking at 2009 to 2015 – which included the so-called “moratorium” – more than 11,000 settlement units were established in the West Bank with the approval of Israeli authorities. And in 2015 alone, we are talking about almost 2000 new units in West Bank settlements» (ver texto de su alocución del 14 de octubre del 2016 en Nueva York).
En un artículo publicado en Haaretz (Israel) una semana después de esta comparecencia, la misma activista denunció el tipo de presiones recibidas por sus gestiones en Israel, en un artículo de opinión, concluyendo que: «We are proud to have spoken at the Security Council, and we will continue to speak out, wherever and whenever we believe it can make a difference, until Israeli policies cease to prioritize settlements over peace, security, democracy and Israel’s place in the community of nations» (véase artículo del 21/10/2016 titulado «My UN Speech Reflected Love for Israel, Truth About Settlements»).
Una situación desconocida para las autoridades israelíes
Las máximas autoridades de Israel externaron su profunda ira, señalando, entre otras cosas (y sin referirse nunca al tema de los asentamientos ilegales) que se violó un acuerdo tácito con Estados Unidos existente desde los años 80: se lee que en la declaración dada a conocer por parte del Primer Ministro israelí «Tous les présidents américains depuis Carter ont respecté l’engagement américain d’essayer de ne pas dicter les termes d’un accord permanent à Israël devant le Conseil de sécurité. Et hier [vendredi], en opposition totale avec cet engagement, et avec une déclaration explicite du président [Barack] Obama lui-même en 2011, l’administration Obama a mené un complot anti-Israël honteux aux Nations Unies» (ver nota del Times of Israel). Se ignora si el consentir asentamientos ilegales de Israel en territorios palestinos era también parte del susodicho acuerdo, y, como era de esperar, la declaración del Primer Ministro israelí se muestra especialmente evasiva sobre este preciso punto.
Un alto funcionario israelí no identificado, citado por la BBC, fue un poco más explícito: «Este es un abandono a Israel que rompe décadas de política estadounidense de proteger a Israel en la ONU» (ver cable de la BBC).
Posiblemente las gesticulaciones diplomáticas de Israel (llamadas a consulta de sus embajadores, declaraciones oficiales varias, suspensión de programas de cooperación) se concentren en los próximos días en los cuatro Estados que recogieron el texto inicial que Egipto retiró a solicitud de Donald Trump. Dos de ellos no mantienen relaciones diplomáticas con Israel, por lo que las gesticulaciones y represalias se enfocarán muy probablemente en los dos restantes y se oirán algunas declaraciones iracundas (ya usuales) que no impresionan mayormente intentando desacreditar a Naciones Unidas.
A manera de conclusión sobre lo acontencido este 23 de Diciembre en Nueva York
No cabe duda que la sorpresa ha sido total para los diplomáticos de Israel, sus aliados políticos tradicionales, pero también para varios círculos en Estados Unidos y en el mundo, y para muchos especialistas de las mismas Naciones Unidas.
Notemos que la Primer Ministra de Suecia había hace unos días adelantado que, al ejercer la Presidencia del Consejo de Seguridad a partir de Enero del 2017, Suecia – único Estado de la Unión Europea en reconocer a Palestina como Estado – intentaría impulsar un texto en esta misma dirección con relación a los asentamientos israelíes (ver nota de prensa). Como previsible consecuencia del desafío lanzado por Suecia al resto de los Estados miembros de la Unión Europea, al reconocer unilateralmente a Palestina como Estado el 30 de octubre del 2014, el debate sobre el reconocimiento de Palestina dio lugar a importantes resoluciones de los congresos en el Reino Unido, en Irlanda, en Francia, en España y en Bélgica que aún no se han materializado (Nota 5).
No obstante el reciente anuncio sueco, pareciera que el Presidente norteamericano Barack Obama quiso despedirse de la comunidad internacional con un giro histórico con relación a la instrucción tradicionalmente enviada a su representante en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas desde que asumió sus funciones, en enero del 2009.
Este 23 de diciembre del 2016 quedará en la historia como un verdadero viernes negro para la diplomacia israelí, y como una luz esperanzadora para todos los que apoyan la causa del pueblo palestino, contribuyendo además a reforzar la confianza de las actuales autoridades palestinas en las reglas del derecho internacional y en las instituciones encargadas de velar por su debido cumplimiento.
Nota 1: En declaraciones hechas por la actual representante de Estados Unidos en las Naciones Unidas en Nueva York, S.E. Samantha Power, reseñadas en un artículo titulado: “US is ‘absolutely adamant’ that Palestine not go to ICC and wreck the peace process — Power”, la embajadora de Estados Unidos declaró en el 2014: “The ICC is of course something that we have been absolutely adamant about. Secretary Kerry has made it very, very clear to the Palestinians, as has the President. I mean, this is something that really poses a profound threat to Israel” (sic). Véase al respecto nuestro breve análisis, BOEGLIN N., «La reciente accesión de Palestina al Estatuto de Roma y a otros instrumentos internacionales: breve puesta en perspectiva», Revista Pensamiento Penal (Argentina), Enero del 2015, disponible aquí. Notemos que a los pocos días de aprobada la resolución 2334, se leyó en The Jerusalem Post un artículo de opinión en el que algunos expertos israelíes en derecho internacional expresan sus criterios con respecto a las opciones que abre esta resolución: «Libman pointed out that all of the worst language against the settlements in the UNSC resolution is basically word-for-word from three UNSC resolutions from 1979-1980. Saying the settlements have “no legal validity” are “flagrant violations” and are against both international law and “international humanitarian law” are not new. In that sense, if Bensouda wanted to go after the Israeli settlements as war crimes, she had a case based on prior UNSC resolutions as well as the 2004 International Court of Justice opinion declaring the settlements illegal» (véase artículo titulado «Will the UN resolution bring down a full ICC war crimes probe on Israel?»). Durante una conversación con sus homólogos norteamericanbos hecha pública por Wikilealks (ver cable del 23 de febrero del 2010 de la Embajada norteamericana en Tel Aviv) se lee lo siguiente por parte del Coronel Liron Libman: “Libman noted that the ICC was the most dangerous issue for Israel and wondered whether the U.S. could simply state publicly its position that the ICC has no jurisdiction over Israel regarding the Gaza operation”. El Coronel Liron Libman es un alto funcionario israelí conocedor de las reglas que imperan en el derecho internacional, al haber ostentado durante muchos años el cargo de Jefe del Departamento de Derecho Internacional del Ejército de Israel.
Nota 2: Véase STAGNO UGARTE B., Los caminos menos transitados. La administración Arias Sánchez y la redefinición de la política exterior de Costa Rica, 2006-2010, Heredia, Editorial UNA (EUNA), 2013, pp.70-71.
Nota 3: Véase acta S/PV.3756 de la sesión disponible aquí en la que se lee que para el entonces Embajador Fernando Berrocal de Costa Rica, «Las actuales circunstancias obligan a un alto en el camino y a ponderar, con objetividad y visión, las decisiones del Consejo de Seguridad, para que su apoyo al proceso de paz sea realmente efectivo y refleje adecuadamente la voluntad de paz de la comunidad internacional. Lamentablemente, no nos encontramos, por segunda vez, en ese indispensable y necesario escenario de unidad. En ese contexto, he recibido instrucciones de mi Gobierno de votar abstención en este proyecto de resolución» (p. 4). En su artículo sobre la declaración de Balfour, el profesor Jean Salmon indica que la resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 43/176 del 15 de diciembre de 1988 y titulada «Question de Palestine» fue adoptada por 138 votos a favor, 2 en contra (Estados Unidos e Israel) y 2 abstenciones (Canadá y Costa Rica). Véase SALMON J., «La proclamation de l´Etat palestinien», 34, AFDI – Annuaire Francais de Droit International – (1988), pp. 37-62, p. 38.
Nota 4: Sobre esta importante victoria diplomática de Palestina del 2012 y sus alcances desde la perspectiva jurídica, remitimos a nuestros breve estudio publicado en el Boletín Sentinelle de laSociété Francaise pour le Droit International (SFDI), BOEGLIN N.«Le nouveau statut de membre de la Palestine : une perspective latinoaméricaine», Enero del 2013, disponible aquí.
Nota 5: Remitimos a nuestra breve nota – en el caso de España – publicada en LaCelosía y a nuestra nota publicada en DerechoalDia sobre el caso de Francia. Este intenso debate parlamentario de finales del 2014 se trasladó incluso al Parlamento Europeo, el cual adoptó una resolución en el mismo sentido el 17 de Diciembre del 2014 (ver comunicado oficial del Parlamento Europeo).
–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en inglés) –
The Security Council,
Reaffirming its relevant resolutions, including resolutions 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003), and 1850 (2008),
Guided by the purposes and principles of the Charter of the United Nations, and reaffirming, inter alia, the inadmissibility of the acquisition of territory by force,
Reaffirming the obligation of Israel, the occupying Power, to abide scrupulously by its legal obligations and responsibilities under the Fourth Geneva Convention relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War, of 12 August 1949, and recalling the advisory opinion rendered on 9 July 2004 by the International Court of Justice,
Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,
Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines,
Recalling the obligation under the Quartet Roadmap, endorsed by its resolution 1515 (2003), for a freeze by Israel of all settlement activity, including “natural growth”, and the dismantlement of all settlement outposts erected since March 2001,
Recalling also the obligation under the Quartet roadmap for the Palestinian Authority Security Forces to maintain effective operations aimed at confronting all those engaged in terror and dismantling terrorist capabilities, including the confiscation of illegal weapons,
Condemning all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation, incitement and destruction,
Reiterating its vision of a region where two democratic States, Israel and Palestine, live side by side in peace within secure and recognized borders,
Stressing that the status quo is not sustainable and that significant steps, consistent with the transition contemplated by prior agreements, are urgently needed in order to (i) stabilize the situation and to reverse negative trends on the ground, which are steadily eroding the two-State solution and entrenching a one-State reality, and (ii) to create the conditions for successful final status negotiations and for advancing the two-State solution through those negotiations and on the ground,
Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;
Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard;
Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations;
Stresses that the cessation of all Israeli settlement activities is essential for salvaging the two-State solution, and calls for affirmative steps to be taken immediately to reverse the negative trends on the ground that are imperilling the two-State solution;
Calls upon all States, bearing in mind paragraph 1 of this resolution, to distinguish, in their relevant dealings, between the territory of the State of Israel and the territories occupied since 1967;
Calls for immediate steps to prevent all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation and destruction, calls for accountability in this regard, and calls for compliance with obligations under international law for the strengthening of ongoing efforts to combat terrorism, including through existing security coordination, and to clearly condemn all acts of terrorism;
Calls upon both parties to act on the basis of international law, including international humanitarian law, and their previous agreements and obligations, to observe calm and restraint, and to refrain from provocative actions, incitement and inflammatory rhetoric, with the aim, inter alia, of de-escalating the situation on the ground, rebuilding trust and confidence, demonstrating through policies and actions a genuine commitment to the two-State solution, and creating the conditions necessary for promoting peace;
Calls upon all parties to continue, in the interest of the promotion of peace and security, to exert collective efforts to launch credible negotiations on all final status issues in the Middle East peace process and within the time frame specified by the Quartet in its statement of 21 September 2010;
Urges in this regard the intensification and acceleration of international and regional diplomatic efforts and support aimed at achieving, without delay a comprehensive, just and lasting peace in the Middle East on the basis of the relevant United Nations resolutions, the Madrid terms of reference, including the principle of land for peace, the Arab Peace Initiative and the Quartet Roadmap and an end to the Israeli occupation that began in 1967; and underscores in this regard the importance of the ongoing efforts to advance the Arab Peace Initiative, the initiative of France for the convening of an international peace conference, the recent efforts of the Quartet, as well as the efforts of Egypt and the Russian Federation;
Confirms its determination to support the parties throughout the negotiations and in the implementation of an agreement;
Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions;
Requests the Secretary-General to report to the Council every three months on the implementation of the provisions of the present resolution;
Decides to remain seized of the matter.
–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en español)–
Resolución 2334 (2016)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7853a sesión, celebrada el 23 de diciembre de 2016
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando sus resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003) y 1850 (2008),
Guiado por los propósitos y los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando, entre otras cosas, la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza,
Reafirmando la obligación de Israel, la Potencia ocupante, de cumplir escrupulosamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949, y recordando la opinión consultiva emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia,
Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,
Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967,
Recordando la obligación prevista en la hoja de ruta del Cuarteto, que hizo suya en su resolución 1515 (2003), de que Israel paralizara todas las actividades de asentamiento, incluido el “crecimiento natural”, y desmantelara todos los asentamientos de avanzada levantados desde marzo de 2001,
Recordando también la obligación en virtud de la hoja de ruta del Cuarteto de que las fuerzas de seguridad de la Autoridad Palestina mantuvieran un funcionamiento eficaz para hacer frente a todos los que participan en actividades terroristas y desmantelar la capacidad de los terroristas, incluso mediante la confiscación de armas ilegales,
Condenando todos los actos de violencia contra civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación, incitación y destrucción,
Reiterando su visión de una región en que dos Estados democráticos, Israel y Palestina, vivan uno al lado del otro en paz y dentro de fronteras seguras y reconocidas,
Destacando que el statu quo no es sostenible y que es necesario adoptar con urgencia, en consonancia con la transición prevista en acuerdos anteriores, medidas importantes con el fin de i) estabilizar la situación e invertir las tendencias negativas sobre el terreno, que están socavando continuamente la solución biestatal y afianzando la realidad de un solo Estado, y ii) crear las condiciones para el éxito de las negociaciones sobre el estatuto definitivo y para promover la solución biestatal mediante esas negociaciones y sobre el terreno,
Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;
Destaca que la cesación completa de todas las actividades israelíes de asentamiento es fundamental para salvaguardar la solución biestatal, y pide que se adopten de inmediato medidas positivas para invertir las tendencias negativas sobre el terreno que están haciendo peligrar la solución biestatal;
Exhorta a todos los Estados a que, teniendo presente el párrafo 1 de la presente resolución, establezcan una distinción, en sus relaciones pertinentes, entre el territorio del Estado de Israel y los territorios ocupados desde 1967;
Exhorta a que se adopten medidas inmediatas para prevenir todos los actos de violencia contra los civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación y destrucción; exhorta a que se rindan cuentas a este respecto, y a que se cumplan las obligaciones en virtud del derecho internacional con miras al fortalecimiento de los esfuerzos en curso para combatir el terrorismo, en particular mediante la coordinación de las medidas de seguridad existentes, y para condenar claramente todos los actos de terrorismo;
Exhorta a ambas partes a que actúen de conformidad con el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, y sus acuerdos y obligaciones anteriores, a que demuestren serenidad y contención, y a que se abstengan de realizar actos de provocación e incitación y de hacer declaraciones que enardezcan los ánimos, con el fin de, entre otras cosas, distender la situación sobre el terreno, restablecer la confianza, demostrando mediante políticas y medidas un compromiso genuino con la solución biestatal, y crear las condiciones necesarias para promover la paz;
Exhorta a todas las partes a que, en interés de promover la paz y la seguridad, hagan esfuerzos colectivos para iniciar negociaciones creíbles sobre todas las cuestiones relativas al estatuto definitivo en el proceso de paz del Oriente Medio y dentro de los plazos establecidos por el Cuarteto en su declaración de 21 de septiembre de 2010;
Insta a este respecto a que se intensifiquen y aceleren el apoyo y los esfuerzos diplomáticos regionales e internacionales con objeto de lograr sin demora una paz amplia, justa y duradera en el Oriente Medio, sobre la base de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, los principios de referencia de la Conferencia de Madrid, incluido el principio de territorio por paz, la Iniciativa de Paz Árabe y la hoja de ruta del Cuarteto, y de poner fin a la ocupación israelí que se inició en 1967; y subraya a este respecto la importancia de los esfuerzos en curso para impulsar la Iniciativa de Paz Árabe, la iniciativa de Francia para convocar una conferencia internacional de paz, los recientes esfuerzos del Cuarteto, así como las iniciativas de Egipto y la Federación de Rusia;
Confirma su determinación de apoyar a las partes a lo largo de las negociaciones y en la aplicación de un acuerdo;
Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes;
Pide al Secretario General que le presente informes cada tres meses sobre la aplicación de las disposiciones de la presente resolución;
Decide seguir ocupándose de la cuestión.
Publicado por Curso de Derecho Internacional. Costa Rica en 15:38
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
La semana anterior, el resultado de las elecciones presidenciales en los Estados Unidos de América, que colocaron al candidato republicano Donald Trump como ganador, ha generado cierta inquietud acerca de los posibles efectos económicos que esta decisión podría tener sobre nuestro país, considerando los fuertes lazos comerciales y financieros que tenemos con esta nación. Lo cierto del caso, es que la materialización de los eventuales efectos que han identificado varios analistas del tema, estarán en función de, al menos, tres interrogantes:
¿Qué tan cierto? Qué tan cierto es que las medidas propuestas por el candidato republicano se puedan llevar a cabo “al pie de la letra”, teniendo en cuenta que el sistema democrático de los Estados Unidos, como todos los sistemas de este tipo, cuenta con sus propios contrapesos.
¿Qué tan pronto? También existe la duda sobre qué tan pronto podrá el gobierno electo dar inicio con las políticas anunciadas por su candidato en campaña electoral.
¿Qué tan rápido? Y finalmente, qué tan rápido se podrían concretar dichas políticas y hacerse sentir sus primeros efectos.
Evidentemente existe una cuota importante de incertidumbre con respecto a las anteriores inquietudes, pero esto no debe ser excusa para causar una situación de pánico, en su lugar, este acontecimiento debe ser un llamado de atención, una razón más para mejorar ciertos temas claves en el país, dos en particular.
El primero de estos temas es la competitividad; en este sentido cabe indicar que desde hace varias décadas el país como parte de su estrategia de desarrollo apostó por la atracción de inversión extranjera directa, especialmente en productos alta tecnología y más recientemente, en los llamados servicios empresariales de valor agregado.
En relación con lo anterior, el presidente electo de los Estados Unidos ha planteado una serie de medidas (disminución de impuestos, aumento de los aranceles a las importaciones, renegociación de acuerdos comerciales internacionales, y otros incentivos) con el objetivo de que las empresas nacionales con operaciones en el extranjero regresen a su nación.
Por tanto, el país deberá redoblar esfuerzos para que, aún con la eventual aplicación de las anteriores medidas por parte del gobierno entrante en los Estados Unidos, mantenga su encanto para la atracción de este tipo de inversión extranjera directa; en consecuencia resultan fundamentales aspectos tales como la simplificación de trámites para la apertura de nuevas empresas, la reducción del déficit en la infraestructura nacional, un mayor impulso a la formación de personas con capacidades acordes con las necesidades de estas actividades, así como el aprovechamiento de mayores encadenamientos productivos con el resto de la economía, sin perder de vista las oportunidades que puedan existir para diversificar los mercados de destino de nuestras exportaciones.
El segundo tema tiene que ver con los niveles de endeudamiento; en la actualidad, a pesar de la mejora relativa en las finanzas del Gobierno Central (déficit fiscal), el nivel de deuda pública es elevado y sigue creciendo; asimismo la participación del crédito en dólares otorgado al sector privado, continúa siendo importante.
En efecto, buena parte de las medidas anunciadas por el presidente electo (recorte de impuestos y a la vez incremento en el gasto público), si se hacen efectivas, podrían afectar el déficit fiscal en los Estados Unidos, lo que generaría cierta presión inflacionaria y, por tanto, un ajuste al alza en la tasa de referencia de la Reserva Federal; que tarde o temprano impactaría las tasas de interés a nivel nacional, y por qué no, también el comportamiento del tipo de cambio del colón.
Es así, que ante un cambio en el panorama actual en cuanto el comportamiento de las tasas de interés y el tipo de cambio, el Gobierno así como las empresas y personas con cierto nivel de endeudamiento, podrían experimentar dificultades adicionales para hacer frente a sus obligaciones financieras.
Consecuentemente, es necesario continuar con los esfuerzos, tanto por el lado de los ingresos como de los gastos, para reducir el déficit fiscal y el nivel de endeudamiento público; continuar con mayor ahínco en el proceso de diversificación de mercados de exportación de nuestros productos para reducir la fuerte dependencia que actualmente tenemos de Estados Unidos. También, es recomendable que las empresas y personas midan que tan comprometida puede verse su capacidad de pago, ante algún alza en las tasas de interés o bien la depreciación del colón, cuando deciden endeudarse en dólares, aún cuando sus ingresos no son en esa moneda.
En síntesis, en el corto plazo no es tan factible pensar en efectos económicos inmediatos producto del resultado del reciente proceso electoral en los Estados Unidos, sin embargo, sí es preciso que el país “apure” la marcha de ciertas decisiones en los temas previamente identificados, de tal manera que cuando éstos se comiencen a sentir, nos encontremos mejor preparados.
*Observatorio de la Coyuntura Económica y Social, Escuela de Economía UNA.
Después del mensaje de felicitación del Primer Ministro de Canadá, en el hemisferio americano, Colombia fue el primer Estado en circular formalmente un comunicado oficial de felicitaciones al Presidente electo de Estados Unidos. Su Presidente Santos, a muy tempranas horas de la madrugada en Bogotá, envió un mensaje desde su cuenta en twitter al nuevo Presidente electo (ver nota de prensa).
Desde la perspectiva internacional, no existe ninguna obligación de expresarse sobre los resultados de un ejercicio electoral por parte de los Estados. Se trata de un asunto interno a un Estado que, en apariencia, no tiene mayor relevancia. No obstante, algunos asuntos internos dan pie para algún tipo de reacciones:
– los eventos suscitados en Brasil (que culminaron el pasado 12 de mayo con la suspensión de la Presidenta Dilma Rousseff y con el anuncio de las primeras medidas por parte del nuevo gabinete brasileño) dieron lugar a un interesante ejercicio entre las cancillerías de América Latina que tuvimos la oportunidad de analizar brevemente (ver nota publicada en el sitio de Global Research);
– el pasado mes de octubre, fueron dos los comunicados conjuntos suscritos por Estados de la región sobre la situación interna en Venezuela, que reseñamos (ver texto de ambos comunicados reproducidos al final de esta nota del 24 de octubre y en esta otra del 27 de octubre).
En materia electoral propiamente dicho, los aparatos diplomáticos han desarrollado una práctica sostenida en la materia, que permite comparar las diversas formas de manifestarse oficialmente sobre una determinada elección. Las felicitaciones enviadas por parte de un Estado a un candidato electo (que aún no ha asumido oficialmente sus funciones como Jefe de Estado) pueden externar la intención de mejorar sustancialmente las relaciones bilaterales o enviar una señal de agrado por el resultado político de las elecciones. Este gesto puede delegarse a un alto funcionario como a un vicepresidente, a un ministro de relaciones exteriores o a un vocero o a un portavoz oficial si se considera innecesario que lo haga el mismo Jefe de Estado. La ausencia de manifestación también puede enviar algún tipo de señal. En algunos casos, puede manifestar cierta negligencia, o bien algún tipo de desinterés en relación al futuro de las relaciones bilaterales entre ambos Estados. Puede también dejar entrever alguna cautela, e incluso algún tipo de reserva con relación al giro político que significa el resultado electoral obtenido en las urnas. El hecho que Panamá enviara su mensaje formal de felicitaciones al nuevo Presidente electo en Costa Rica en abril del 2014 con varios días de atraso con relación a todos los demás Estados que hicieron llegar sus felicitaciones después del 6 de abril, constituye un interesante caso en la región.
El silencio ante resultados electorales puede también expresar una muy seria reserva ante un ejercicio electoral sumamente dudoso, tal como ocurrió en el caso de Perú con ocasión de las elecciones para el tercer mandato intentado por Alberto Fujimori en el año 2000: al acto de investidura del 28 de julio del 2000 sólo participaron dos delegaciones (Nota 1).
Este tipo de expresiones forman parte de lo que se denomina en la práctica diplomática la «cortesía internacional». Un Estado acepta ser cortés con otro manifestándolo o no manifestándose: el silencio es a veces (como en las relaciones entre personas) una forma muy cortés de expresar algún mensaje entre los Estados. Hace unos años, el jefe de la diplomacia de Costa Rica innovó en la materia, al indicar en declaraciones públicas que «no opinaría» y que «no estamos obligados a emitir ningún comentario sobre asuntos internos de los nicaragüenses» (sic.) con relación al resultado de las elecciones en Nicaragua a finales del 2011 (ver nota de prensa).
En el caso de las elecciones en Estados Unidos del 2000, algunos Estados un tanto urgidos en saludar al nuevo Presidente electo norteamericano enviaron felicitaciones a Georges W. Bush que debieron ser luego objeto de delicadas retractaciones ante la duda sobre el resultado final de las elecciones, y la decisión de proceder a un recuento de votos en Florida (Nota 2). En esta nota de prensa se lee que: «World leaders who rushed to congratulate George W. Bush for his apparent victory in the U.S. presidential election were forced on Wednesday to issue swift retractions or retreat into diplomatic silence».
Las modalidades para externar felicitaciones a un Presidente electo son muy variadas, y en las siguiente líneas se intentará reseñar las felicitaciones recibidas por el Presidente electo Donald Trump por parte de Estados de América Latina únicamente.
MODALIDADES MODERNAS
Algunos jefes de Estado, como el de México, han optado por una vía menos formal enviando desde su cuenta en twitter el siguiente mensaje. “Felicito a EUA por su proceso electoral y le reitero a @realDonaldTrump la disposición de trabajar juntos en favor de la relación bilateral” (ver nota de prensa). De una manera muy similar el presidente de Bolivia recurrió a su cuenta en twitter (ver nota de prensa), así como el Presidente de Argentina (ver nota de prensa). Por su parte, la canciller de Argentina optó por enviar un mensaje desde su cuenta en twitter, en el que hace ver que hubiera deseado que fuese una mujer la ganadora de los comicios celebrados en Estados Unidos (ver nota de prensa). Ninguno de estos tres Estados ha considerado necesario enviar algún comunicado oficial adicional. En cambio, el tempranero mensaje del Presidente de Colombia de las cuatro de la madrugada fue respaldado por un comunicado más formal, circulado por la diplomacia colombiana horas después.
MODALIDADES USUALES
Mucho más tradicional en materia diplomática, en la que la forma tiene más relevancia que en otros ámbitos, la técnica de la declaración oficial o comunicado de prensa permite mayor precisión y darle mayor alcance y realce a ciertos aspectos, recurriendo al arte del verbo (como en todo texto oficial de un Estado hecho público). Los equipos a cargo de redactar este tipo de textos son particularmente cuidadosos con el uso de adjetivos, puntuación, formulación de cada frase, sintaxis y otros detalles, al tratarse de un texto que da a conocer la posición oficial de un Estado. Esta regla, como toda regla, conoce de excepciones: puede ocurrir que lo que se lea sea un texto mal redactado y con serios errores, como uno recientemente elaborado por las autoridades diplomáticas de Costa Rica, titulado «Declaración Oficial sobre decisión de no escuchar mensaje de Michel Temer en Naciones Unidas» (Nota 3).
Algunos Estados de América Latina han manifestado sus felicitaciones al Presidente electo norteamericano mediante comunicados oficiales, cuyo contenido es variable y denota alguna intención o reserva del mismo Estado, o bien algún tipo de preocupación.
En un comunicado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia con fecha del 9 de noviembre, se lee que:
«El Ministerio de Relaciones Exteriores, en nombre del Gobierno de Colombia, felicita al pueblo y al Gobierno de Estados Unidos de América por el espíritu democrático demostrado en la exitosa jornada electoral en la cual se eligió al nuevo Presidente de los Estados Unidos.
El Gobierno de Colombia felicita al candidato Republicano Donald Trump por su victoria en las elecciones y le desea éxito en las funciones que asumirá como nuevo Presidente de los Estados Unidos de América. Así mismo, expresa su voluntad de continuar fortaleciendo los lazos de amistad y de cooperación que han tenido los dos países.
La relación estratégica entre Colombia y Estados Unidos cuenta con el respaldo bipartidista y se ha caracterizado por una exitosa cooperación, un profundo diálogo político, así como una agenda diversificada de impacto positivo para ambos países».
En declaraciones a la prensa, el Presidente Santos de Colombia había hecho saber que el candidato Trump no era de su preferencia (ver nota de El Tiempo y nota de HispanTV).
De igual forma, la cancillería de Panamá ha circulado el siguiente comunicado de prensa:
«Miércoles, 9 de noviembre de 2016
El Gobierno y Pueblo de la República de Panamá felicita al Pueblo de los Estados Unidos de América por su vocación democrática, demostrada una vez más en la celebración de las elecciones presidenciales, y saluda al Presidente electo Donald Trump y al Partido Republicano por la victoria.
A la vez, reitera la disposición por continuar fortaleciendo las históricas relaciones de amistad y cooperación, que como socios estratégicos han desarrollado la República de Panamá y los Estados Unidos de América, especialmente en temas de interés mutuo como el fortalecimiento de nuestras relaciones económicas, la seguridad y la paz».
Por parte de Guatemala, su comunicado oficial incluye una referencia a la preocupación que tiene por la situación de los migrantes radicados en Estados Unidos:
«El Gobierno de la República de Guatemala, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, felicita al Pueblo y Gobierno de los Estados Unidos de América por la celebración de las elecciones presidenciales realizadas el día de ayer y por demostrar una vez más su compromiso con los valores democráticos.
Asimismo, Guatemala felicita al Presidente electo, señor Donald J. Trump, por su victoria en los comicios presidenciales y le desea una exitosa gestión.
Guatemala hace votos porque las acciones que realice su administración, permitan reconocer el valioso aporte que hacen los Migrantes en los Estados Unidos y que sus políticas favorecerán y velarán por el respeto, bienestar y protección de la población migrante radicada en ese país.
El Gobierno de Guatemala manifiesta su deseo de trabajar de manera estrecha con su administración, en todas aquellas prioridades comunes de ambos países y de la región, así como reitera al Gobierno de los Estados Unidos el compromiso por continuar fortaleciendo la relación bilateral, que coadyuve al fortalecimiento e incremento del intercambio comercial, las inversiones y la cooperación para el desarrollo».
Posterior a Colombia, a Panamá y a Guatemala, Costa Rica circuló el siguiente comunicado:
«Costa Rica saluda al pueblo y Gobierno de los Estados Unidos de América por elección de Presidente Donald Trump PUBLICADO EL 09/11/2016 09:26 AM
El Gobierno de la República de Costa Rica expresa su saludo al Honorable Pueblo y al Ilustrado Gobierno de los Estados Unidos de América por las elecciones presidenciales celebradas este 8 de noviembre de 2016, que han dado como resultado la elección del señor Donald Trump como Presidente.
Costa Rica expresa su reconocimiento al pueblo de los Estados Unidos de América que ha dado muestras de su probada vocación democrática y a las instituciones electorales por crear y garantizar las condiciones que permitieron llevar a cabo estos comicios.
«El pueblo de los Estados Unidos ha electo al señor Donald Trump como su Presidente. Felicito al señor Donald Trump y le deseo éxitos en su gestión», aseguró el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto felicita al Presidente Electo Donald Trump por su elección y expresa su convencimiento de que los Estados Unidos de América y Costa Rica –que establecieron relaciones en 1851- continuarán profundizando sus tradicionales relaciones de amistad y cooperación, así como una agenda común de valores y propósitos compartidos en el plano bilateral, regional y mundial».
En declaraciones a la prensa, el Presidente de Costa Rica había externado su preocupación con relación al candidato hoy Presidente electo (ver nota de Prensa Libre). Como detalle específico en la región, notemos que las elecciones realizadas en Nicaragua el pasado 6 de noviembre no han dado lugar a ningún comunicado oficial por parte de Costa Rica.
En el caso de Ecuador, el comunicado oficial de su Ministerio de Relaciones Exteriores es extremadamente corto: «El Gobierno del Ecuador felicita al pueblo estadounidense por la realización de las elecciones presidenciales, legislativas y de gobernadores, del 8 de noviembre de 2016.
El Gobierno del Ecuador espera mantener relaciones basadas en el respeto mutuo con la administración del presidente electo, Donald Trump».
En el caso de El Salvador, su diplomacia indicó, al igual que la de Guatemala, su preocupación por los migrantes salvadoreños, llamando incluso «a la calma» a esta numerosa comunidad en Estados Unidos:
«El Gobierno de El Salvador felicita al pueblo estadounidense por proceso electoral
El Gobierno de El Salvador, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, felicita al pueblo estadounidense por su participación en la jornada democrática que se desarrolló durante el día de ayer en esa nación.
Asimismo, saluda al nuevo Presidente electo de los Estados Unidos de América, Donald Trump, por haber alcanzado el triunfo en dicho proceso electoral.
El Gobierno salvadoreño hace votos por el fortalecimiento de las relaciones entre ambas naciones.
Al mismo tiempo, aprovecha la ocasión para hacer un llamado a la calma a nuestra comunidad en Estados Unidos y a sus familias en El Salvador y reitera a todos los compatriotas su compromiso firme para trabajar junto a ellos en garantizar que sean respetados sus derechos».
A diferencia de Costa Rica, el Salvador emitió un comunicado con relación a las elecciones en Nicaragua, que se lee como sigue y puede ser comparado al texto anterior:
«Lunes, 07 Noviembre 2016 08:28 Gobierno de El Salvador felicita a pueblo nicaragüense por proceso electoral
El Gobierno de El Salvador, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, saluda al pueblo nicaragüense por su participación en la jornada electoral que se llevó a cabo el domingo pasado, que según datos oficiales alcanzó el 65 por ciento.
Asimismo, expresa su felicitación al Presidente Daniel Ortega, quien, de acuerdo a los mismos reportes oficiales, encabeza los resultados con un 71 por ciento de los votos emitidos.
El gobierno conducido por el Presidente Ortega ha alcanzado hasta la fecha significativos avances y logros tanto sociales como económicos, en su búsqueda por el desarrollo y bienestar a favor de su pueblo. Como país miembro del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), El Salvador manifiesta su compromiso de seguir impulsando el fortalecimiento de la unidad regional y continuar trabajando en iniciativas conjuntas con Nicaragua y los demás Estados en beneficio de su pueblo».
Notemos que México también externó sus felicitaciones a Nicaragua, en los siguientes términos, mediantecomunicado de su Secretaría de Relaciones Exteriores: «Comunicado No. 505.- México extiende asimismo su felicitación al Presidente Ortega por su triunfo y reitera su interés en seguir estrechando los lazos de amistad y cooperación que históricamente han caracterizado la relación entre ambos países.
El Gobierno de México felicita al pueblo nicaragüense por la realización, el domingo 6 de noviembre, de una jornada electoral pacífica y ordenada en la que fue reelecto como Presidente de la República Daniel Ortega.
México extiende asimismo su felicitación al Presidente Ortega por su triunfo y reitera su interés en seguir estrechando los lazos de amistad y cooperación que históricamente han caracterizado la relación entre ambos países.
México y Nicaragua establecieron relaciones diplomáticas en 1839 y mantienen una relación dinámica y constructiva. El país es el tercer socio comercial de México en Centroamérica».
Volviendo a las elecciones en Estados Unidos, se lee en medios de prensa que Cuba envío el siguiente comunicado (ver nota de prensa de Jornada): «El presidente de los Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba, Raúl Castro Ruz, envió un mensaje de felicitación al Sr. Donald J. Trump por su elección como Presidente de los Estados Unidos de América». No se ha logrado acceder a la página oficial del sitio del MINREX de Cuba para revisar si el comunicado se limita o no a esta simple frase, y se agradecería a nuestros lectores remitirnos el texto completo de ser factible (al correo electrónico siguiente: cursodicr@gmail.com)
Por su parte, Brasil, desde el Itamaraty, ha circulado la siguiente carta enviada por su Presidente al Presidente electo en Estados Unidos Donald Trump. Al no ser un Presidente electo una autoridad, la diplomacia brasileña se ha cuidado de no remitir una carta usando las formalidades reservadas únicamente a un Jefe de Estado en ejercicio. Se limita a reproducir una carta enviada al Presidente electo.
«Nota 443
Carta al Presidente electo norteamericano
09 de noviembre del 2016 – 11:56
Su Excelencia Señor Donald J. Trump Presidente electo de los Estados Unidos de América
Señor Presidente electo,
Le felicito por su elección como Presidente de los Estados Unidos.
Brasil y Estados Unidos son dos grandes democracias que comparten valores y mantienen, históricamente, fuertes relaciones en los más distintos ámbitos. Estoy seguro de que vamos a trabajar juntos para estrechar aún más los lazos de amistad y cooperación que unen a nuestros pueblos.
Le deseo pleno éxito en el Gobierno de los Estados Unidos.
Michel Temer Presidente de la República Federativa de Brasil».
La misma técnica consistiendo en remitir, desde un Ministerio de Relaciones Exteriores, a una carta personal del Presidente al Presidente electo Donald Trump fue usada por Perú (ver texto de la carta). Su cancillería se limitó a emitir el siguiente texto: «N° 557 – 09/11/2016 Nota Informativa 557 – 16 En la fecha, el Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, envió una Carta de felicitación al Presidente electo de los Estados Unidos de América, Donald J. Trump, quien será el inquilino número 45 de la Casa Blanca. Acceda a la misiva en: http://bit.ly/2eUJaih Lima, 9 de noviembre de 2016″.
Paraguay emitió mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores un texto en el que se puede leer que:
«Comunicado del Gobierno Nacional sobre la Elección Presidencial en los Estados Unidos de América
El Gobierno de la República del Paraguay ha seguido con particular interés el proceso electoral de los Estados Unidos de América, que culminó con la jornada cívica y democrática celebrada el 8 de noviembre pasado, en que resultó electo el candidato del Partido Republicano, Señor Donald Trump.
El Gobierno paraguayo, presidido por el Presidente Horacio Cartes, felicita al Presidente electo, Señor Donald Trump, y a la vez expresa sus mejores deseos de éxito en el ejercicio de la Presidencia de esa Nación hermana.
El Gobierno de la República del Paraguay aspira a mantener y consolidar aún más el excelente nivel de las históricas relaciones de amistad y cooperación existentes, en el ámbito bilateral como multilateral, basadas en principios y valores comunes y compartidos como la democracia, el respeto y la promoción de los derechos humanos, la libertad, la solidaridad y la cooperación internacional».
Uruguay también, mediante sur Ministerio de Relaciones Exteriores emitió el siguiente texto: «COMUNICADO DE PRENSA Nº 114/16
El Gobierno de la República Oriental del Uruguay saluda a los Estados Unidos de América y a su Presidente electo, señor Donald Trump, por su victoria en las elecciones nacionales que tuvieron lugar el pasado 8 de noviembre.
Uruguay ha seguido con particular interés el proceso electoral, y felicita al pueblo estadounidense por su compromiso y apego a los principios y valores democráticos, los cuales son compartidos por ambos Estados.
El Gobierno de la República Oriental del Uruguay aprovecha esta oportunidad para expresar su intención de continuar consolidando la relación de amistad con los Estados Unidos de América tanto en el ámbito bilateral como multilateral, lazos que históricamente han sido de gran beneficio para las dos Naciones».
Finalmente, Venezuela circuló el siguiente comunicado de prensa desde su cancillería: «Venezuela saluda a EE.UU por realización de elecciones y felicita al Presidente electo Donald Trump
La República Bolivariana de Venezuela saluda a los Estados Unidos de Norteamérica por la realización de sus elecciones presidenciales el día 8 de noviembre de 2016.
El Gobierno bolivariano de Venezuela felicita al Presidente electo Donald Trump, y hace votos para que se pueda avanzar en un futuro donde impere el respeto a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, que consagra la igualdad soberana de los Estados y la autodeterminación de los pueblos, entre otros, mediante relaciones políticas y diplomáticas bilaterales respetuosas.
La República Bolivariana de Venezuela anhela que en esta nueva etapa, que comienza para esta nación norteamericana, se puedan establecer nuevos paradigmas con nuestra Región basados en el reconocimiento a las identidades culturales, sociales e históricas de nuestros países, y en el respeto a la no intervención en los asuntos internos, al derecho al desarrollo y a la paz.
De igual forma, esperamos que los Estados Unidos de Norteamérica sepa afrontar los grandes desafíos económicos, sociales y políticos que tiene la humanidad, y en los cuales su actuación es importante para la paz y la estabilidad mundial».
Al momento de redactar esta breve nota, no se registran otros comunicados oficiales de Estados de América Latina, posiblemente más distantes, reservados y cautos sobre el resultado de esta elección, en la que el tema de los migrantes y de la comunidad hispana en Estados Unidos fue objeto de inusuales y provocativas valoraciones por parte del candidato Donald Trump. No obstante, no se descarta que otros Estados de la región envíen comunicados de felicitaciones en los próximos días.
LIBRE COMERCIO EN EL HEMISFERIO AMERICANO
En su campaña, Donald Trump cuestionó los tratados de libre comercio a los que es parte Estados Unidos. El Primer Ministro de Canadá ha declarado estar dispuesto a renegociar el NAFTA que une a Canadá y México con Estados Unidos (ver nota de prensa). En Costa Rica, al estar presidiendo los destinos del país un opositor al Tratado de Libre Commercio (TLC) con Estados Unidos (más conocido como CAFTA-DR), adoptado mediante referendum el 7 de octubre del 2007 por un estrecho margen de 48.844 votos (de un total de 2.654.627 votantes), el tema está cobrando particular interés.
Varios sectores han avanzado la idea de una posible renegociación de dicho instrumento comercial a penas se instale el nuevo ocupante en la Casa Blanca designado en Estados Unidos. Notemos que el actual Embajador de Costa Rica en Estados Unidos, Román Macaya, también propuso en su momento revisar este acuerdo comercial. En la Asamblea Legislativa, el diputado Otton Solis, fundador del Partido Acción Ciudadana (PAC) actualmente en el gobierno, es partidario de renegociar el TLC desde varios años y ha declarado en este día que el momento parece haber llegado para hacerlo (ver nota de La Nación). En el 2010, cuando fue candidato a la presidencia, había indicado que esta renegociación sería una de sus primeras acciones en caso de ser electo Presidente (ver nota de prensa). Como bien se sabe, los tratados comerciales no son normas pétreas y, si así lo disponen las partes, pueden ser modificados o revisados. En caso de que un Estado parte no esté satisfecho con las disposiciones de un tratado y no obtenga de las otras partes su acuerdo para enmendarlo, puede también optar por denunciarlo, recurriendo a una figura (la denuncia) plenamente admitida por el derecho de los tratados consagrado en la Convención de Viena de 1969: remitimos a ese respecto a un estudio sobre la eventual denuncia de República Dominicana al CAFTA-DR, editada por la misma USAID (y que podría ser útilmente completado por uno de un jurista dominicano del sector propiamente académico, quién posiblemente llegaría a otro tipo de conclusiones).
Notemos que desde marzo del 2011, varios cables confidenciales de Wikileaks hechos públicos en Costa Rica, documentan de manera incuestionable la red de información que, desde la Embajada de Estados Unidos en Costa Rica y desde COMEX (Ministerio de Comercio Exterior), logró garantizar la adopción de este tratado comercial en el 2007, en medio de fuertes tensiones y movilizaciones sociales (ver nota de prensa sobre información filtrada desde la misma Sala Constitucional y otra nota sobre estrategias tendientes a deslegitimar a los opositores al TLC). Pese a ser documentos públicos desde marzo del 2011 en Costa Rica, no se ha oído de sanciones o de la apertura de procedimientos administrativos contra funcionarios de la administración 2006-2010. En este artículo del analista Jorge Vargas Cullel, se lee que, además de la red de información privilegiada antes mencionada, los sectores favorables al TLC contaron con otra decisiva herramienta: «El SÍ contó con una evidente ventaja en materia de financiamiento político, lo que le permitió un gasto en publicidad en los medios de comunicación ocho veces superior en relación al gasto del NO: US$ 1,75 millones a US$ 0,21 millones».
Cabe precisar que el tema de la renegociación del CAFTA-DR dio lugar, en octubre del 2016, a una carta de República Dominicana circulada a los demás Estados partes al CAFTA-DR solicitándoles renegociar este instrumento comercial (ver nota de La Extra). No se tiene información a la fecha de redactar esta nota sobre la respuesta dada por las autoridades de Costa Rica a esta solicitud dominicana del pasado mes de octubre, y agradecemos desde ya que nuestros lectores nos proporcionen información al respecto. La renegociación de tratados de libre comercio (TLC) o tratados bilaterales de inversiones (TBI) es un tema sobre el que COMEX se ha mostrado muy discreto en los últimos años. Un reciente análisis (ver nota del Semanario Universidad) sobre la cantidad de dinero que Costa Rica deberá sufragar en el 2017 para enfrentar las demandas y arbitrajes internacionales que arrastra debido a las cláusulas contenidas en estos instrumentos puede explicar – al menos en parte – esta cautela extrema de las autoridades de COMEX.
RESERVA Y CAUTELA EUROPEA ANTE RESULTADOS EN ESTADOS UNIDOS
En Europa, las reacciones han sido muy variadas, desde el entusiasmo de la actual Primer Ministra en Reino Unido y el de su homólogo en Hungría a la extrema reserva de las máximas autoridades en Alemania, las cuales esperan rectificaciones y aclaraciones sobre lo oído durante la campaña electoral por parte de Donald Trump (ver nota del Huffingthon Post). El Presidente de Francia ha indicado ver que la elección de Donald Trump abre un período de «incertidumbre» (ver nota de Le Monde), mientras que la diplomacia alemana ha convocado a una reunión extraordinaria de los 28 Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión Europea (UE) para analizar las consecuencias del resultado de las elecciones en Estados Unidos (ver nota de DW). Durante la campaña electoral, Donald Trump había manifestado su oposición frontal al Tratado de Libre Comercio entre la UE y Estados Unidos.
Cabe recordar que Donald Trump se encontraba en el Reino Unido durante la votación sobre el «Brexit» y que felicitó a los que votaron a favor de la salida del Reino Unido de la UE (ver nota de la BBC del 24 de junio del 2016). Se lee en un comunicado del Foreign Office justificando la ausencia del actual jefe de la diplomacia británica (una de las figuras partidaria del Brexit) a la reunión extraordinaria convocada por Alemania que: «The Foreign Secretary will not attend the meeting convened for Sunday. There is a regular Foreign Affairs Council meeting on Monday where a range of issues can be discussed in the normal way. “We do not see the need for an additional meeting on Sunday because the US election timetable is long established. An act of democracy has taken place, there is a transition period and we will work with the current and future administrations to ensure the best outcomes for Britain» (ver nota de prensa)
En aras de completar la reacción en Europa, es de notar que la Unión Europea como tal envió una carta de felicitaciones suscrita por los Presidentes del Consejo Europeo y de la Comisión de la UE (ver texto completo), la cual concluye indicando que: «We should consolidate the bridges we have been building across the Atlantic. Europeans trust that America, whose democratic ideals have always been a beacon of hope around the globe, will continue to invest in its partnerships with friends and allies, to help make our citizens and the people of the world more secure and more prosperous. We would take this opportunity to invite you to visit Europe for an EU – US Summit at your earliest convenience. This conversation would allow for us to chart the course of our relations for the next four years».
A MODO DE CONCLUSIÓN
Como indicado, no existe ninguna obligación que derive específicamente del derecho internacional público de manifestarse después de cada ejercicio electoral por parte de los Estados. Son criterios de oportunidad política los que usualmente priman en este tipo de decisiones. La embarazosa situación acaecida en relación a las felicitaciones “prematuras” enviadas por algunos Estados urgidos de manifestarse al Presidente electo Georges W. Bush en el 2000 denota además una carrera contra el tiempo de algunos para figurar entre los primeros en enviar sus mensajes. Leemos que en el caso alemán sus autoridades declararon públicamente: “What can we do?» /…/ «It is complicated. One wants to be among the first sending congratulations and warm wishes» (ver declaraciones del representante alemán reproducidas en nota de prensa).
Independientemente del esmero de algunos Estados por ser los primeros en enviar sus mensajes, cuando el resultado es inesperado, las reacciones difieren sensiblemente. La sorpresa causada por la designación de Donald Trump como nuevo Presidente de Estados Unidos puede explicar en parte la cautela de algunos Estados, la reserva de muchos otros, en particular en América Latina. Al no haber sido mayormente abordado el tema de las relaciones entre América Latina y Estados Unidos durante esta última campaña electoral norteamericana (como muchos otros temas), la incógnita sobre el rumbo que desea emprender Donald Trump en la relación con América Latina se irá aclarando con sus primeros gestos y declaraciones como Presidente en ejercicio.
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Nota 1: Se lee al respecto que “L´élection de M. Fujimori au Pérou, pour un troisième mandat, a soulevé de très nombreuses critiques de la part de la communauté internationale et très peu d´Etats se sont rendus a la cérémonie d´investiture (la Bolivie et l´Equateur)”. Véase TOURARD H., La qualité de Chef d´Etat, in SFDI (Société Française pour le Droit International), Le Chef d´Etat et le droit international, Colloque de Clermont-Ferrand, Paris, Pedone, 2002, pp.117-137, p.120.
Nota 2: Un ejercicio totalmente inédito tuvo lugar en el año 2000 con muchos de los telegramas de felicitaciones de varios Estados al Presidente electo de los Estados Unidos Georges W. Bush que debieron ser objeto de incómodas «retractaciones» ante la repentina duda sobre el resultado final de las urnas (en particular un grupo de Estados de Asia autores de «felicitaciones prematuras»). En el caso del Reino de los Países Bajos se lee que su diplomacia externó en aquella oportunidad la necesidad de retractarse en los siguientes términos: «Given the fact that at this moment uncertainty exists about the outcome of the American presidential elections, the earlier statement … has been retracted» (ver nota de prensa de The Guardian).
Nota 3: Remitimos a nuestros lectores al comunicado de prensa emitido el 20 de setiembre del 2016 a las 10:00 de la mañana por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica para intentar explicar la actuación de su Presidente en Naciones Unidas minutos antes en Nueva York. El texto de dicho comunicado titulado «Declaración Oficial» (sin que se tenga claridad sobre las razones para distinguirlo de un comunicado de prensa) es reproducido al final de esta nota. Pese a una comparecencia del titular de esta cartera ministerial ante la Asamblea Legislativa (ver texto integral del acta legislativa del 29 de setiembre del 2016) en el que se intentó explicar semejante actuación presidencial, no se ha logrado conocer con precisión la identidad exacta del (los) autor(es) de este texto. Hay que señalar que, al parecer, se trata de una situación inédita en los anales de Naciones Unidas desde 1945, al nunca haber integrado un Jefe de Estado en ejercicio una comitiva retirándose de la sala de audiencias en señal de reprobación.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica – UCR. Contacto: nboeglin(a)gmail.com
El Centro de Amigos para la Paz estará realizando este próximo 10 de octubre el Conversatorio “Mientras los políticos construye muros, nosotros debemos construir puentes”, esto dentro del marco del Encuentro en la Frontera del Observatorio de la Escuela de las Américas (http://www.soaw.org/border/)
Se estará conversando sobre los siguientes temas:
Fin a las intervenciones destructivas de índole militar, económica y política de los Estados Unidos en las Américas
Desmilitarización de las fronteras. Nos urge construir puentes con nuestros vecinos y vecinas, no muros
La desmantelamiento de los sistemas racistas y sexistas que roban, criminalizan y matan a migrantes, refugiados, indígenas, personas trans y de género no convencional, comunidades de color y a otros a lo largo del hemisferio
Respeto, dignidad, justicia y autodeterminación de todas las comunidades, especialmente las más pobres y vulnerables
¡No más ganancias por encima del pueblo! Ni los ejércitos privados, las cárceles ni las corporaciones petroleras y mineras deberán determinar nuestro futuro o el de la Tierra. ¡El pueblo deberá decidirlo!
Imagen de portada con fines ilustrativos tomada de www.mientrastantoenmexico.mx
Dos hechos recientes considerados “históricos”, cuya trascendencia por sus repercusiones a futuro va mas allá de la conmoción que en lo inmediato provocan, están muy alejados en la geografía y, sobre todo, en su naturaleza. Uno es esperanzador porque abre espacios al diálogo político. El otro es espernible porque manifiesta el lado más oscuro de la política actual. Ambos reflejan dos maneras absolutamente opuestas de hacer política.
En el primer caso me refiero a la visita de Obama a La Habana. Cuba se ha convertido, como dice el Papa Francisco, en un centro mundial de diálogo político ejemplar, haciendo realidad lo que el primer papa en visitarla isla, Juan Pablo II, dijera luego de ser recibido tanto por las máximas autoridades políticas, como por las multitudes, con estas premonitorias palabras:”Que el mundo se abra a Cuba para que Cuba se abra al mundo”. Esta apertura no ha sido fácil, porque implica el reconocimiento del derecho a ser diferente; cosa que la Cuba revolucionaria se ha ganado al demostrar ser un pueblo libre y soberano, que no dialoga sino en condiciones de igualdad y dentro del marco del más absoluto respeto al derecho internacional. Obama lo reconoció al afirmar que el pueblo cubano y solo él tenía el derecho inalienable de decidir su propio destino. Un reconocimiento que la Patria de Martí y Fidel se ha ganado por su indoblegable dignidad que le ha valido el respeto universal. Cuba ha demostrado estar dispuesta a hablar de todo y con todos, pero siempre de pie, sin doblegarse ante nada ni ante nadie. Porque Obama lo ha reconocido, fue recibido no como un enemigo, a pesar de que el Estado que él representa, mantiene el bloqueo que el propio Obama repudia, y las leyes Helms-Burton y Torricelli que, por violar los más elementales principios del derecho internacional, han sido objeto de repudio universal, incluso de sus aliados como Canadá y Europa. Dentro de este contexto, se debe considerar que la visita de Obama a Cuba se inspira en el más elemental realismo político, dado que en las Naciones Unidas el bloqueo ha sido unánime y reiteradamente condenado y en lo propios Estados Unidos más de un 56% de la población aprueba el restablecimiento pleno de las relaciones con la isla. Otro tanto creen un creciente número de políticos de los dos partidos mayoritarios y hombres de empresa de los más diversos sectores de la economía yanqui, como el turismo y las compañías de aviación, la agricultura, la industria farmacéutica, el mundo cultural y deportivo.
Sin embargo, el sesgo imperial del discurso de Obama no puede soslayarse, ya que llama a olvidar el pasado; lo cual nos hace pensar que el apoyo total que su país ha dado a las oprobiosas dictaduras en el mundo entero, incluida la de Batista cuyo rechazo por parte del pueblo cubano dio origen a la revolución, Obama lo ve como una política de presidentes y gobiernos del pasado y no como una política de Estado todavía vigente. Pedirle a las Madres y Abuelas de la Plaza de Mayo en Argentina, que olviden el apoyo irrestricto que la Casa Blanca le dio a la dictadura argentina, es como pedirle al pueblo judío que olvide la responsabilidad de los nazis en el holocausto, o a la población afrodescendiente de Estados Unidos (de donde vienen Obama, Michelle y sus hijas) que olviden la esclavitud y la discriminación de que han sido objeto en la flamante “democracia” gringa. Semejante propuesta de Obama es más que una torpeza: es una aberración. Mientras un presidente de Estados Unidos no pida perdón en su condición de jefe de Estado por estos crímenes y genocidios, hay motivos para seguir considerando a los Estados Unidos como el último y más sangriento imperio de Occidente. Y eso no es de ahora; remonta a los inicios mismos de la Independencia de ese país, cuando Monroe promulgó su tristemente célebre doctrina, lo que se hizo realidad en la generación siguiente, cuando le arrebataron a México, su vecino más inmediato del Sur, la mitad de su territorio (2 millones de kilómetros cuadrados).
La otra noticia que sacudió al mundo, esta vez en forma negativa, han sido los atentados perpetrados por el Estado Islámico en Bruselas. El terror ha puesto en alerta a la humanidad entera. Las causas de esta espeluznante realidad se encuentran en el menosprecio que han hecho las potencias occidentales del derecho internacional por cálculos geopolíticos para explotar el petróleo. Pero Cuba señala el camino a seguir: diálogo político dentro del marco del respeto al derecho internacional. Solo así se logrará una paz duradera para que los pueblos puedan tener sueños de progreso y no pesadillas de horror.
A partir de hoy la Fundación Omar Torrijos Herrera inicia la anunciada recolección de firmas que respaldarán la carta que se entregará al Administrador del Canal de Panamá, solicitando se asigne a una de las dos nuevas esclusas construidas como parte de la ampliación de la vía interoceánica, el nombre “Torrijos Carter”.
Panameños de todos los niveles, y personalidades desde el exterior del país, han expresado ya su complacencia por esta iniciativa y sumarán sus nombres al sitio www.EsclusaTorrijosCarter.com.pa, donde ya se están registrando todos aquellos que, sin reserva alguna, valoran el extraordinario aporte histórico de esos tratados internacionales que extinguieron la antigua Zona del Canal, dieron fin a la presencia militar de los Estados Unidos en nuestro suelo, garantizaron la plena soberanía de Panamá en todo su territorio y devolvieron al Estado: el Canal con todos sus activos, bienes y territorios adyacentes.
La misiva que se entregará al administrador de la ACP reconoce que la construcción de un tercer juego de esclusas, pronto a inaugurarse, es un hecho trascendental para las comunicaciones y el comercio marítimo entre las naciones. Destaca, además, que la modernización de una de las rutas interoceánicas más importantes del mundo, ampliará igualmente los horizontes de Panamá y de los panameños.
Pero, recuerda la carta al regente de la Administración Canalera que todo lo anterior no habría sido posible sin la lucha y el sacrificio de varias generaciones de panameños que dieron lo mejor de sí para que pudiéramos ejercer nuestros derechos sobre la ex Zona del Canal. Hace presente también, que fue la voluntad y la decisión de dos dirigentes de la talla de Jimmy Carter y Omar Torrijos, en el marco de una respetuosa y exitosa negociación, lo que permitió que se concretaran los Tratados Torrijos Carter que integraron territorialmente a la República de Panamá.
Panamá, lunes 28 de marzo de 2016
*Para mayor información: Facebook.com/fundacionomartorrijosherrera/.
Contacto: Lcdo. Carlos Aguilar / 6550-4881(celular en Panamá).
*Imagen tomada de Facebook.com/fundacionomartorrijosherrera/
Información enviada a SURCOS Digital por Nils Castro.
En estos días se ha abierto un debate sobre si los permisos que debe, según la Constitución, dar la Asamblea Legislativa a naves (aéreas o marítimas) equipadas militarmente, pertenecientes a gobiernos extranjeros y que atraviesan espacios bajo jurisdicción del Estado costarricense, puede hacerlo el Ejecutivo si dichas naves no están artilladas. Siendo el nuestro un Estado derecho, debe regirse por los principios generales de la hermenéutica jurídica; en este caso, de los principios del derecho público, en donde no cabe aplicar la norma “In dubio libertas” solo válida en la esfera privada. Todo lo contrario, el derecho público se rige por el principio “odiosa stricte interpretanda sunt”.
Por ende, el derecho del Poder Legislativo es indelegable. Más aun, tratándose de un país que, por mandato constitucional, no tiene ejército y que ha signado la declaración de la II Cumbre de la Celac que declara a toda Nuestra América como territorio de paz; lo cual es aun más relevante en una región como la Cuenca del Caribe, donde el componente geopolítico juega un papel decisivo en la lucha contra el narcotráfico. Es dentro de este contexto que los costarricenses debemos analizar esta delicada situación. El narcotráfico es hoy por hoy, un poder político y, sobre todo, financiero que ha escapado de las manos los Estados nacionales individuales; por lo que solo puede ser derrotado si éstos se comprometen a cumplir fielmente políticas regionales dentro de las normas del derecho internacional. El narcotráfico, al igual que el tráfico de armas, constituye una de las mayores amenazas a la paz y a la convivencia democrática de los países de la región.
¿Qué hacer frente a esta amenaza infernal? Los Estados Unidos solo ofrecen una solución militar. Aunque ellos son los principales responsables de esta situación, pues son los mayores consumidores de droga, nunca han tomado preso a ningún capo de su nacionalidad en su propio territorio teniendo poderosas redes de policía y de inteligencia dotados de enormes presupuestos. Ciertamente sería ingenuo no reconocer que, para enfrentar tan grave problema el componente policíaco es indispensable pero no único ni principal. La lucha contra el narcotráfico se hace combatiendo el negocio del lavado, en el que están involucrados grandes bancos yanquis. El narcotráfico maneja cerca de 650 millones de dólares. Mientras este ubérrimo negocio no se elimine, habrá narcotráfico para rato. Por lo que, aplicar la Constitución, que exige que la presencia en territorio patrio de helicópteros no artillados pero dotados de sofisticados artilugios con fines militares, requiera la aprobación del Primer Poder de la Nación según lo prescribe la nuestra Constitución, no es atentar contra la seguridad nacional, ni cerrar los ojos ante la mayor amenaza a nuestra juventud. Pero tampoco podemos quedarnos cruzados de brazos. Si el problema es internacional, la solución debe inspirarse en acuerdos de los países que conforman la Cuenca del Caribe, desde la Florida hasta el Nordeste brasileño, incluidos los territorios insulares. Su aplicación debe regirse por las normas del derecho internacional y bajo control de Naciones Unidas. Solo así se podrá combatir con posibilidades de éxito y desde sus raíces este infame flagelo. Todo lo demás no son más que paliativos o simple retórica.