Para entender hay que hablar con hechos y realidades

Parte uno 

Dr. Carlos Araya Leandro. Profesor catedrático

El pasado 16 de agosto, en la sesión plenaria ordinaria número 53, en el espacio de “Control Político”, la diputada Pilar Cisneros Gallo señaló una amplia gama de medias verdades, incoherencias y falsedades, respecto a las cuales quiero hacer referencia. La transparencia debe prevalecer en nuestro sistema democrático y por tanto quiero clarificar a la ciudadanía, sobre todo porque la señora diputada al inicio de su intervención expresó que “para entender hay que hablar con hechos y realidades”. Así las cosas, hablemos con la verdad.

Señala la diputada Cisneros, que la Constitución prevé un solo presupuesto que se debe repartir entre más de cincuenta instituciones, incluido el INA. Para no caer en el mismo error de la diputada, cito textualmente el artículo 78 de la Constitución Política de la República “En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al ocho por ciento (8%) anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 84 y 85 de esta Constitución”.

Efectivamente, la inversión en educación estatal es una sola, pero no se puede dejar de lado lo que señala el artículo 85 constitucional en relación con el financiamiento de la Educación Superior, el cual indica “las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan”. Además, se establece en ese mismo artículo que “el Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, señalada en el plan, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda”. Es decir, la propuesta que defiende la señora diputada de reducir el financiamiento estatal en Educación Superior es contraria a lo establecido en este artículo constitucional.

Señala la señora diputada que entre el presupuesto de la educación estatal se encuentra los recursos del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA). Esta es una afirmación falsa y es realmente lamentable que una diputada de la República demuestre tal desconocimiento de la gestión pública. Según el artículo 15 de la Ley 6868, el financiamiento del INA queda establecido de la siguiente forma: 

“El uno coma cinco por ciento (1,5%) sobre el monto total de las planillas de salarios pagados mensualmente por los patronos particulares de todos los sectores económicos, cuando ocupen en forma permanente por lo menos a cinco trabajadores; los patronos del sector agropecuario pagarán un cero coma cincuenta por ciento (0,50%) de ese monto total de sus planillas, siempre y cuando ocupen un número superior a diez trabajadores en forma permanente; y, el uno coma cinco por ciento (1,5%) sobre el monto total de sus planillas de salarios que deberán pagar mensualmente las instituciones autónomas, semiautónomas y empresas del Estado”.

Se confunde la señora diputada con lo establecido en el artículo 29 del título cuarto de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Lo que este artículo señala es que los recursos presupuestarios del INA se contabilizarán como parte del 8% destinado la educación estatal según los términos del artículo 78 constitucional. Evidentemente, lo anterior no significa que el Gobierno de la República toma recursos del sistema educación estatal –preescolar, primario, secundario y superior — para el financiamiento del INA, pues esta institución ya cuenta con sus propias rentas dadas por ley.

Por otra parte, indica la diputada Cisneros que el Estado no puede cumplir con la asignación del 8% el PIB a la educación, y por tanto avala –como lo ha hecho también la Ministra de Educación— el incumplimiento constitucional del artículo 78, al reducir en un 2% el presupuesto destinado a la educación. En ese sentido, desconoce la diputada el voto de la Sala Constitucional (número 12803-2016, del 7 de setiembre de 2016) que declara inconstitucional el incumplimiento de incorporar en el presupuesto de la República un monto menor al equivalente al 8% del PIB en educación y, además, “se previene al Poder Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa no volver a incurrir en la omisión que dio mérito a acoger esta acción”.

Dando continuidad al posicionamiento discursivo de la señora Ministra de Educación, la diputada Cisneros intenta polarizar a la ciudadanía alrededor de los recursos presupuestarios asignados a la educación de primera infancia, primaria y secundaria en relación con los de la educación superior pública. Esta discusión fue superada en las sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente, que da origen a nuestra Carta Magna. Según el acta número 160 del 4 de octubre de 1949, el diputado constituyente Fernando Baudrit Solera decía: “Se afirma nuevamente que nosotros pretendemos quitarle a la raquítica economía de nuestra educación el 10%. Esto no es cierto. La afirmación carece por completo de validez. (…) Pedimos que el presupuesto general de educación sea adicionado con una partida para la Universidad de Costa Rica, equivalente al diez por ciento del mencionado presupuesto. Esto es, una vez satisfechas todas las necesidades del país en materia educacional que a la Universidad se la dote con una suma básica, que le permita hacer frente a sus múltiples necesidades que aumentan día con día…”.

En consonancia con las palabras del diputado constituyente Baudrit Solera, hoy se puede afirmar que si el Poder Ejecutivo cumple con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política de la República, ratificado por la Sala Constitucional en el fallo 12803- 2016, y se asignara a la educación pública el 8% del PIB, no estaríamos ante los intentos de polarización surgidos en estos últimos días y el sistema educativo como un todo estaría en mucho mejores condiciones, con el consiguiente incremento de oportunidades para la ciudadanía. La polarización no surge entre sectores del sistema educativo, como afirma la diputada Cisneros, sino entre la ciudadanía y el sistema educativo como un todo y los autores del incumplimiento del artículo 78 constitucional.

Muchas de las personas que leen este documento estarán pensando, al igual que la señora diputada, que dar cumplimiento al mandato constitucional implicaría aumentar el déficit de las finanzas públicas. Este es un tema que se tratará en una próxima reflexión sobre la participación de la diputada Cisneros Gallo en el plenario legislativo el pasado 16 de agosto.

 

Compartido con SURCOS por Roberto Salom Echeverría.

Fuente de imagen: UCR